Ministerio de Economía

PRESUPUESTO

Resolución 124/2002

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2002 de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos Sociedad Anónima (en liquidación).

Bs. As., 25/6/2002

VISTO el Expediente N° 090-000563/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en el que se tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2002 formulado por la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que en el artículo 64 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) dispone que los procesos liquidatorios de los entes residuales de empresas, organismos o sociedades pertenecientes total o parcialmente al ESTADO NACIONAL, declarados o que se declaren en estado de liquidación por cualquier causa, se desarrollarán sin excepción en el ámbito del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que en el marco de lo establecido por el artículo 1° de la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 777 de fecha 25 de junio de 1999, se ha suscripto con fecha 30 de setiembre de 1999, un acta de transferencia por la que se traspasan los activos, pasivos y la documentación contable y administrativa de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la ex-SECRETARIA DE COMUNICACIONES, actualmente SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a la órbita de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, dependiente de la entonces SECRETARIA DE COORDINACION del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de dicho ente en liquidación para el ejercicio 2002.

Que obra en el expediente del VISTO, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que el artículo 49 de la Ley N° 24.156 y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA, la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2002 de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS NOVECIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS DIEZ ($ 907.910.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS NOVECIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS DIEZ ($ 907.910.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3° — Estímase en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000.-) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 1.280.677.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS UN MILLON CUARENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 1.040.677.-) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4° — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3° de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 2002 en PESOS UN MILLON CUARENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 1.040.677.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).