INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 872/2002

Bs. As., 12/8/2002

VISTO, lo dispuesto por el artículo 3° inciso a) de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3° inciso a) de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios, en tanto el artículo 28 inciso n) de las normas citadas faculta a aplicar sumas del Fondo de Fomento Cinematográfico al cumplimiento de las actividades que, en cumplimiento de la ley aludida deben ejecutarse a fin de desarrollar la cinematografía y las artes audiovisuales argentinas.

Que dadas las experiencias anteriores como los distintos Seminarios de Euromedia, el "Pitching" (Coloquio de promoción de Proyectos) realizado con Francia, y el "Laboratorio" del Sudance Institute; se propone un sistema mixto de selección que consiste en DOS (2) Etapas de Evaluación de proyectos, por el cual se garantiza una mayor participación y oportunidades para cada postulante.

Que en función de ello se considera oportuno llamar a Concurso para Desarrollo de Proyectos de Largometrajes, referidos a la temática socio/cultural sobre la inmigración o emigración de o hacia las comunidades autónomas españolas (Galicia, Cataluña, Rep. Vasca etc.) y/o de otros países; la mencionada temática podrá ser sobre la inmigración a nuestro país de habitantes de dichas comunidades, o la emigración de argentinos a esas regiones y/o historias de vida de miembros de esas comunidades que vivieron en Argentina y/o adaptaciones literarias que correspondan a esta convocatoria.

Que debe dictarse resolución al respecto.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámase a Concurso para Directores, Productores o Directores/Productores, para el otorgamiento de SEIS (6) premios para desarrollo de proyectos de películas de largometraje de ficción, a ser realizadas en coproducción con empresas o entidades de producción pertenecientes a las comunidades autónomas españolas (Galicia, Cataluña, Rep. Vasca etc.) y/o de otros países; cuya temática refleje el aspecto socio/cultural sobre la inmigración o emigración de, o hacia las mencionadas comunidades.

ARTICULO 2° — Los proyectos se evaluarán por el sistema de PRESELECCION y COLOQUIO de promoción, conforme se prevé en el Anexo II de la presente Resolución.

ARTICULO 3° — Las fechas de presentación para el mencionado Concurso serán desde el 16 de septiembre hasta el 1° de noviembre. (Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1014/2002 del INCAA B.O. 13/9/2002).

ARTICULO 4° — El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES entregará a cada uno de los ganadores un premio de PESOS TREINTA MIL (30.000.-). Dicha suma dineraria estará destinada a gastos de investigación temática, elaboración del guión definitivo, etc. y la búsqueda de locaciones viajando a las regiones que correspondan, como así mismo, la búsqueda de financiamiento para la futura producción del proyecto.

ARTICULO 5° — En el Anexo I, que forma parte de la presente Resolución, en donde se describen las diferentes Etapas de Evaluación y requisitos de presentación.

ARTICULO 6° — Los ganadores tendrán un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos a contar desde la liberación de la primera suma que se efectúe en su favor para entregar la carpeta con el proyecto terminado en los términos de lo exigido en el Anexo II. La falta de cumplimiento en término dará derecho al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para que, previa intimación por DIEZ (10) días corridos, declare la caducidad del proyecto de que trate y reclame la devolución de las sumas que se hubieran entregado más los intereses correspondientes. Salvo que la producción no se realizara por motivos ajenos al beneficiario, siempre y cuando lo acredite fehacientemente; en cuyo caso la suma otorgada como premio será no reintegrable. Asimismo el premio será descontado de futuras sumas que pudiera percibir el beneficiario en concepto de préstamo o subsidio por la realización del proyecto ganador.

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1141/2003 del INCAA B.O. 20/5/2003).

ARTICULO 7° — El Director Nacional del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES designará un Jurado de Preselección que estará integrado por TRES (3) miembros; los fines de la selección de los proyectos a premiar. Vencido el plazo de presentación de proyectos, el Jurado hará la evaluación correspondiente en el período comprendido entre los días 4 de noviembre al 4 de diciembre de 2002. (Fecha para la evaluación, de los proyectos presentados, por parte del Jurado sustituida por art. 2° de la Resolución N° 1014/2002 del INCAA B.O. 13/9/2002).

Las decisiones se tomarán por simple mayoría de votos. La Dirección de Fomento, Difusión y Acción Federal dará a conocer los resultados de los proyectos seleccionados comunicando a los interesados inmediatamente dicha selección. La actuación del Jurado se ajustará a lo dispuesto por la Resolución N° 338/02/INCAA. Los resultados del Concurso serán dados a conocer mediante publicación de la respectiva Resolución en el Boletín Oficial.

ARTICULO 8° — La participación en el concurso al que se llama por la presente Resolución implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en la misma.

ARTICULO 9° — La liberación de los fondos a favor de los beneficiarios se efectuará teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — JORGE COSCIA, Director Nacional, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

RESOLUCION N°: 00872

ETAPA 1: "REQUISITOS DE PRESENTACION"

1. Los postulantes deberán presentar las carpetas conteniendo los elementos básicos, para desarrollar dicho proyecto y ser evaluados por un Jurado de Preselección. Dichas carpetas tendrán que contener los siguientes requisitos:

a) TITULO DEL PROYECTO.

b) SINTESIS ARGUMENTAL, entre CINCO (5) y VEINTE (20) páginas. Se tendrá que tener en cuenta que es un requisito indispensable que las Locaciones del Rodaje del proyecto deberán ser un OCHENTA POR CIENTO (80%) en nuestro país y el resto en alguna de las Comunidades Autónomas españolas y/o regiones de otros países.

c) NOMBRE DE POSIBLES GUIONISTAS PARA ELABORAR EL GUION DEFINITIVO.

d) Fotocopia del Certificado de depósito en la Dirección Nacional de Derecho de Autor de la síntesis.

e) Autorización por escrito y con firma certificada por Escribano Público o entidad bancaria extendida por el autor de la síntesis argumental en el caso de no ser el mismo el presentante del proyecto.

f) CURRICULUM DEL PRESENTANTE.

g) DECLARACION JURADA DEL PRESENTANTE, SEÑALANDO QUE NO EXISTE ALGUN PROYECTO ANTERIOR SIMILAR YA PRESENTADO AL INCAA Y QUE ESTA PRESENTACION NO SE FUNDA EN OTRO PROYECTO.

h) EN EL CASO DE ADAPTACION LITERARIA CONSIGNAR LA OBRA ORIGINAL, AUTORIZACION DEL AUTOR Y DEL TITULAR DE LOS DERECHOS AUDIOVISUALES DE LA OBRA.

2. La evaluación de esta Etapa la realizará el Jurado de Preselección, según lo dispuesto en el artículo 7° de la presente Resolución; y se llevará a cabo entre los días 4 de noviembre al 4 de diciembre de 2002. (Fecha para la evaluación, de los proyectos presentados, por parte del Jurado sustituida por art. 2° de la Resolución N° 1014/2002 del INCAA B.O. 13/9/2002).

3. De todos los proyectos presentados el Jurado de Preselección seleccionará VEINTE (20) Postulantes.

ANEXO II

RESOLUCION N°: 00872

ETAPA 2: "COLOQUIO DE PROMOCION DE PROYECTOS"

1. Los VEINTE (20) Postulantes que resulten seleccionados en la Etapa 1, participarán de una nueva instancia de participación activa en donde deberán defender su proyecto ante el Jurado y analizar profundamente su propuesta e incorporar sugerencias y correcciones propuestas por el mismo.

2. Los postulantes serán citados en la semana del 6 al 10 de enero de 2003, para el coloquio correspondiente. (Punto sustituido por art. 2° de la Resolución N° 1014/2002 del INCAA B.O. 13/9/2002 y luego por el art. 2° de la Resolución N°1847/2002 del INCAA B.O. 7/1/2003).

3. El Jurado seleccionará la cantidad de SEIS (6) Desarrollos de Proyectos ganadores, siendo su fallo inapelable.

4. El premio que reciban los ganadores, establecido en el Artículo 4° de la presente Resolución, deberá ser utilizado en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) para pagos de honorarios profesionales y el otro CINCUENTA POR CIENTO (50%) para gastos de producción.

5. El mencionado premio se liquidará de la siguiente forma: el SESENTA POR CIENTO (60%) a la firma del convenio para el desarrollo del guión y el CUARENTA POR CIENTO (40%) al entregar el desarrollo del proyecto definitivo, para su aprobación, presentando los siguientes:

a) INVESTIGACION TEMATICA, SINTESIS ARGUMENTAL DEFINITIVA Y GUION COMPLETO

b) COPIA DEL CERTIFICADO DEL DEPOSITO EN EL REGISTRO PROPIEDAD INTELECTUAL

c) ELENCO TENTATIVO

d) TECNICOS SUGERIDOS

e) LOCACIONES SUGERIDAS

f) PRESUPUESTO RUBRO POR RUBRO SEGUN RESOLUCION 1534/97

g) CRONOGRAMA DE PRODUCCION

h) PLAN ECONOMICO Y FINANCIERO

i) Acreditación fehaciente de los aportes de la Coproducción en el marco de los acuerdos bilaterales que pudieran corresponder y de acuerdo a convenio de Coproducción iberoamericano, salvo que por motivos ajenos al ganador y demuestre fehacientemente que no pueda cumplir con esta instancia. (Punto sustituido por art. 2° de la Resolución N° 1141/2003 del INCAA B.O. 20/5/2003).

j) ELABORACION DE UN PLAN DE MARKETING, DISTRIBUCION Y BUSQUEDA DE FINANCIAMIENTO.

k) CURRICULUM DEL PRESENTANTE, DIRECTOR, PRODUCTOR Y PRODUCTOR EJECUTIVO

l) CERTIFICADO DE PRODUCTOR ANTE EL INCAA.

m) RENDICION DE GASTOS (teniendo en cuenta los porcentajes detallados en el punto 4° del presente Anexo).

6. Dichos Desarrollos de Proyectos completos deberán ser presentados a la Dirección de Fomento del INCAA, a través de Mesa de Entradas.

e. 16/8 Nº 390.364 v. 16/8/2002