EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 1531/2002

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el evento "37° Exposición Agrícola, Ganadera, Comercial, Industrial y de Servicios" a realizarse en la Provincia de Tucumán.

Bs. As., 20/8/2002

VISTO el Expediente N° S01:0160147/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la SOCIEDAD RURAL DE TUCUMAN, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos y ropa típica de cada país, originarios y procedentes de los países participantes en el evento "37° EXPOSICION AGRICOLA, GANADERA, COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", a realizarse en la Sociedad Rural, Provincia de TUCUMAN (REPUBLICA ARGENTINA), del 13 al 29 de setiembre de 2002.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, ropa típica de cada país y folletos impresos ingresarán al país, constituyen materiales de apoyo portantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5°, inciso s), de la Ley N° 20.545 incorporado por su similar N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley N° 22.792.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, folletos impresos y ropa típica de cada país, originarios y procedentes de los países participantes en el evento "37° EXPOSICION AGRICOLA, GANADERA, COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", a realizarse en la Sociedad Rural de Tucumán, Provincia de TUCUMAN (REPUBLICA ARGENTINA), del 13 al 29 de setiembre de 2002, para su exhibición, y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna.