ESPECIALIDADES MEDICINALES
Ley 25.627
Inclúyense todas las especialidades de uso y aplicación en medicina humana que contengan esteroides anabólicos entre los medicamentos de venta bajo receta archivada.
Sancionada: Julio 31 de 2002
Promulgada: Agosto 22 de 2002
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Inclúyese entre los medicamentos de venta bajo receta archivada, en los términos del artículo 9ş inciso 2) de la Ley 17.565, a todas las especialidades de uso y aplicación en medicina humana que contengan esteroides anabólicos.
ARTICULO 2ş Todas las especialidades medicinales incluidas en el artículo anterior deben consignar obligatoriamente en su envase y rotulado la leyenda: "Venta bajo receta archivada En farmacias únicamente". La venta o dispensación de las mismas fuera de los establecimientos farmacéuticos configura ejercicio ilegal de la farmacia, en los términos del artículo 1ş de la Ley 17.565.
ARTICULO 3ş El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los TREINTA (30) días de su publicación.
ARTICULO 4ş Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 31 JUL. 2002.
REGISTRADO BAJO EL Nş 25.627
EDUARDO O. CAMAÑO. JUAN C. MAQUEDA. Juan Estrada. Juan C. Oyarzún.