MERCOSUR/GMC/RES. N° 37/02

FINALIZACION DE ACTIVIDADES DEL COMITE DE SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL Y DEL COMITE DE DIRECTORES DE ADUANAS

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones 22/00, 57/00 y 59/00 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 87/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que los Comités de Sanidad Animal y Vegetal y de Directores de Aduanas fueron creados a los efectos de facilitar el comercio en la región y con ese fin el Grupo Mercado Común les instruyó a examinar y proponer cursos de acción para las medidas identificadas en el marco de la Dec. CMC N° 22/00.

Que en consideración al carácter bilateral de las medidas identificadas al amparo de la Dec. CMC N° 22/00, el Comité de Sanidad Animal y Vegetal encomendó el tratamiento de las mismas a las reuniones que se lleven a cabo entre los organismos sanitarios de los Estados Parte.

Que el Comité de Directores de Aduana acordó cursos de acción para las medidas identificadas en el marco de la Dec. CMC N° 22/00 y la existencia de foros técnicos dedicados a la temática aduanera dentro de la estructura institucional del MERCOSUR.

Que se han cumplido algunos de los objetivos previstos para la creación de ambos Comités y que se considera que los temas relativos a Acceso a Mercado que aún persiste deben ser tratados otros por foros competentes del MERCOSUR.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art.1. — Dar por finalizadas las actividades del Comité de Sanidad Animal y Vegetal del MERCOSUR y del Comité de Directores de Aduanas del MERCOSUR.

Art. 2. — Las tareas asignadas al Comité de Sanidad Animal y Vegetal y al Comité de Directores de Aduana respectivamente serán derivadas al SGT N° 8 "Agricultura" y al CT N° 2 "Asuntos Aduaneros" a los efectos de que esos foros realicen un informe sobre la conveniencia de incorporarlas a sus planes de trabajo.

Art. 3. — Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XLVI GMC - Buenos Aires, 20/VI/02