INMUEBLES

Ley 25.653

Transfiérese al Municipio de Río Mayo, Provincia del Chubut, el dominio de un inmueble propiedad del Estado Nacional, que se afectará al desarrollo de proyectos destinados a actividades comunitarias en beneficio de los pobladores de la región.

Sancionada: Septiembre 18 de 2002.

Promulgada de Hecho: Octubre 15 de 2002.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Transfiérese a título gratuito al Municipio de Río Mayo, Provincia del Chubut, el dominio del inmueble propiedad del Estado nacional, designado como: Lote C de la manzana 28 de Río Mayo, inscripto en el Tomo 192, Folio 76 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chubut.

ARTICULO 2º — El inmueble cuya transferencia se dispone en el artículo 1° se destinará, exclusivamente, para el desarrollo de proyectos destinados a actividades comunitarias en beneficio de los pobladores de la región.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 18 SEP 2002.

— REGISTRADO BAJO EL N° 25.653 —

EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS. — Eduardo D. Rollano. — Juan J. Canals.