Administración Federal de Ingresos Públicos

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución General 1358

Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº 369-AFIP. Expediente Nº 253.247/2002.

Bs. As., 15/10/2002

VISTO el Expediente AFIP Nº 253.247/02 y las actuaciones ADGA Nos 432.850/00, 406.015/01, 410.701/01, 412.862/01 y 414.812/01 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación Nos 67 al 71/02 por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 1/5 del Expediente mencionado en el VISTO, los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8424.90.90 a la siguiente mercadería: Dispositivo plástico con orificio de pulverización, de los tipos utilizados en válvulas tipo aerosol, montado sobre pulsador con tapa del mismo material, conforme Criterio de Clasificación N° 67/02 recaído en la actuación ADGA N° 432.850/00.

Art. 2° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8424.89.00 a la siguiente mercadería: Aparato de pulverización, constituido por pulsador, tobera, pistón, resorte, junta de estanqueidad, tubo pescador y tapa, ensamblados sobre un cuerpo con rosca, de los tipos utilizados para ser montados en el cuello de envases, para proyectar líquidos, polvos o espumas, conforme Criterio de Clasificación N° 68/02 recaído en la actuación ADGA N° 406.015/01.

Art. 3° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8424.89.00 a la siguiente mercadería: Pulverizador manual de productos líquidos, de uso doméstico, adaptable por roscado a recipientes, con mecanismo de émbolo para bombeo y dispositivo para la dispersión del líquido en forma de rocío, accionado por gatillo, conforme Criterio de Clasificación N° 69/02 recaído en la actuación ADGA N° 410.701/01.

Art. 4° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8481.80.19 a la siguiente mercadería: Válvula para admisión de aire, de los tipos utilizados en tuberías de ventilación de drenajes de baños o cocinas, conforme Criterio de Clasificación N° 70/02 recaído en la actuación ADGA N° 412.862/01.

Art. 5° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8424.90.90 a la siguiente mercadería: Dispositivo plástico con orificio de pulverización, montado en contenedor con tapa y placa adhesiva del mismo material, de los tipos utilizados para alojar recipientes con válvula tipo aerosol, conforme Criterio de Clasificación N° 71/02 recaído en la actuación ADGA N° 414.812/01.

Art. 6° — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al COMITE TECNICO N° 1, ARANCELES, NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y dése al autoarchivo por la División Clasificación Arancelaria hasta la publicación de la Resolución General que incorpore a la normativa aduanera la pertinente directiva emanada de la citada Comisión. — Alberto R. Abad.