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CONVOCATORIA ELECTORAL

Decreto 2200/2002

Fíjase el día 30 de marzo de 2003 como fecha para la elección de Senadores Nacionales para el período 2003-2009.

Bs. As., 30/10/2002

VISTO los artículos 54, 56 y concordantes de la Constitución de la Nación Argentina y la Ley N° 25.658, modificatoria del artículo 156 del Código Electoral Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde llevar a cabo elecciones para la renovación parcial del HONORABLE SENADO DE LA NACION, a fin de elegir a los Senadores que reemplazarán a aquellos cuyos mandatos concluyen el día 10 de diciembre de 2003.

Que la Ley N° 25.658 permite que dicha elección pueda cumplirse en la misma fecha en que se realicen las Elecciones Presidenciales y de renovación de Diputados Nacionales.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Fíjase el día 30 de marzo de 2003 como fecha para la elección de Senadores Nacionales, para el período 2003-2009.

Art. 2º — Las Elecciones de Senadores Nacionales se realizarán de acuerdo con el sistema electoral establecido en el Título VII, Capítulo II del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Art. 3º — Las convocatorias en los distintos distritos electorales deberán realizarse conforme lo dispuesto por los artículos 53 y 54 del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Art. 4º — Por el MINISTERIO DEL INTERIOR se adoptarán las providencias que sean necesarias para la organización y realización de los comicios que se efectúen en la fecha establecida en el artículo 1° del presente decreto.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Jorge R. Matzkin.