XLVII REUNION ORDINARIA DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/XLVII GMC/RES. N° 39/02

MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN.

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 7/94 y 22/94 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones N° 65/01, 17/02 y 36/02 del Grupo Mercado Común y la Fe de Errata a la Versión única en Español del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías presentada por la ALADI en el marco del Convenio Multilateral de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario incorporar a la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) la Fe de Erratas a la Versión única en Español del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, así como también mantener alineado dicho instrumento arancelario en sus versiones en español y portugués, con las versiones NALADISA/NALADI/SH.

Que en la XLV Reunión de la CCM se acordó que las modificaciones de la Nomenclatura en español no implican necesariamente modificaciones en la versión en portugués por lo cual no cabe la traducción en los dos idiomas.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar las "Modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común", que consta en el Anexo I para la versión en español y en el Anexo II para la versión en portugués de la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 01/01/03.

XLVII GMC - Brasilia, 11/X/02