Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

POLITICA LECHERA

Resolución 320/2002

Apruébase el Programa Nacional de Política Lechera.

Bs. As., 10/12/2002

VISTO el expediente N° 0225519/2002 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto se propicia la creación de un PROGRAMA NACIONAL DE POLITICA LECHERA.

Que el sector lácteo argentino se desarrolla en diversas Provincias del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, es por ello que resulta conveniente la creación de un Programa Nacional para unificar y complementar los objetivos tendientes a una mayor y mejor producción de la leche y sus derivados.

Que asimismo, mediante una política nacional lechera será factible lograr un mayor valor agregado y desarrollo de las exportaciones de los productos lácteos en el ámbito regional (MERCOSUR) y extraregional.

Que tales objetivos se lograrán más fácilmente mediante la participación de los diversos sectores intervinientes, privados y oficiales.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002 y la Disposición DGAJ N° 13 de fecha 11 de abril de 2002.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 475 del 8 de marzo de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el PROGRAMA NACIONAL DE POLITICA LECHERA que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Art. 2° — Comuniquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Haroldo A. Lebed.

ANEXO

PROGRAMA NACIONAL DE POLITICA LECHERA

A. OBJETIVOS:

Crear un ámbito jerarquizado de gestión capaz de generar respuestas adecuadas a la problemática técnico-económica que caracteriza al sector lácteo argentino, reconociéndole al mismo el nivel que le corresponde dentro del concierto productivo nacional en atención a su importancia como generador de inversión, empleo y desarrollo tecnológico.

Promover la integración armónica de los distintos sectores que componen la cadena láctea, con el objeto de asegurar el desarrollo de la lechería en función del mercado interno y de la exportación dentro del ámbito regional (Mercosur) y extra-regional.

B. AREAS DE COMPETENCIA

1. Sistema de información permanente en materia de producción de leche cruda, precios al productor y comercialización interna y externa.

2. Coordinación y complementación de los sistemas de fiscalización higiénico-sanitaria y comercial entre organismos provinciales y nacionales.

3. Sistemas de comercialización y formación de precios en la cadena láctea.

4. Análisis de los márgenes de comercialización en la cadena láctea.

5. Instrumentos de financiamiento para el sector primario e industrial.

6. Costos de producción por cuenca lechera.

7. Legislación específica para el sector.

8. Coordinación de programas de capacitación para el sector con organismos públicos y privados.

9. Programas de apoyo para las pequeñas y medianas empresas lácteas.

10. Información y propuestas alternativas para las compras de leche destinada a planes sociales por parte del Estado.

11. Promoción de actividades con terceros países u organismos internacionales de carácter público o privado relacionados con el sector lácteo.

C. FOROS INSTITUCIONALES PARA LA DISCUSION DE LA POLITICA LECHERA

1. LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, como organismo rector de la política lechera nacional, aportará todos los elementos necesarios para el desarrollo del Programa, poniendo a su disposición los recursos humanos y materiales que permitan alcanzar los objetivos propuestos.

2. MESA NACIONAL DE POLITICA LECHERA: ámbito conformado a partir de las mesas de política lechera provinciales, integradas por los representantes de la producción, la industria y los respectivos gobiernos de las Provincias de SANTA FE, CORDOBA, BUENOS AIRES, ENTRE RIOS y LA PAMPA, con la participación activa y permanente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION. Los mecanismos para designar a los representantes del sector privado —producción e industria— en la Mesa, serán resueltos e instrumentados por los sectores mencionados de acuerdo con su propio criterio. La Mesa podrá integrar en el futuro a representantes de otras provincias y/u Organismos del sector público o privado. (Punto sustituido por art. 1° de la Resolución N° 335/2003 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos B.O. 30/4/2003.)

3. COMITE FEDERAL DE LECHERIA: se promoverá el normal funcionamiento de este organismo integrado por los representantes de los gobiernos provinciales y la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, en cuyo seno se deben debatir todos los temas que hacen a la situación del sector lácteo en cada una de las provincias lecheras en función de la política lechera nacional.