INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 1713/2002

Bs. As., 9/12/2002

VISTO la Resolución N° 1593/02

CONSIDERANDO

Que la citada Resolución establece las fechas de inicio del expendio de Boletos Oficiales Cinematográficos provistos por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales en todo el país.

Que cuestiones operativas podrían impedir el cumplimiento de los plazos previstos en la norma aludida.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha emitido opinión al respecto.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE

ARTICULO 1° — Modifícase el artículo 2° de la Resolución N° 1593/02, el que quedará redactado de la siguiente forma: Dispónese que a partir del 15 de enero de 2003, cesará lo dispuesto por el artículo 3° de la Resolución N° 2031/01 para las salas cinematográficas ubicadas en las localidades de: Carlos Paz, Cosquín y La Falda en la Provincia de Córdoba, San Clemente del Tuyú, Santa Teresita, Mar del Tuyú, Las Toninas, Mar de Ajó, San Bernardo, Villa Gesell, Pinamar, Mar del Plata, Miramar y Necochea en la Provincia de Buenos Aires y toda otra localidad en la zona de las Sierras de Córdoba y la Costa Atlántica de la Provincia de Buenos Aires en que se produzca la apertura de salas o lugares de exhibición pública de películas; debiendo a partir de dicha fecha utilizarse el Boleto Oficial Cinematográfico que provea el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales como único medio de ingreso para presenciar la exhibición de películas.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivase. — JORGE COSCIA, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 23/12 N° 402.881 v. 23/12/2002