Administración Federal de Ingresos Públicos

OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución General 1407

Procedimiento. Vencimientos producidos los días 18 y 19 de noviembre de 2002. Presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

Bs. As., 30/12/2002

VISTO el vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, establecidos por las disposiciones vigentes, y

CONSIDERANDO:

Que los acontecimientos que son de dominio público pueden haber imposibilitado a los contribuyentes y responsables inscritos en jurisdicción de la Región Mar del Plata y en el Distrito Dolores dependiente de la Región La Plata, cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de presentación de las declaraciones juradas, y/o pago, cuyos vencimientos operaron los días 18 y 19 de noviembre de 2002.

Que en consecuencia, se entiende razonable contemplar la situación descrita, disponiendo la fecha hasta la cual las mencionadas obligaciones se considerarán cumplidas en término.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y/o de pago, a cargo de los contribuyentes y responsables inscritos en jurisdicción de la Región Mar del Plata y en el Distrito Dolores dependiente de la Región La Plata, correspondientes a los impuestos y recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados los días 18 y 19 de noviembre de 2002, se considerarán cumplidas en término siempre que se hayan efectivizado hasta el día 21 de noviembre de 2002, inclusive.

Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.