Comisión Nacional de Trabajo Agrario

TRABAJO AGRARIO

Resolución 1/2003

Establécese una asignación no remunerativa de carácter alimentario para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario.

Bs. As., 29/1/2003

VISTO la Ley Nº 22.248, el Decreto Nº 2641/2002, y

CONSIDERANDO:

QUE el Decreto Nº 2641/2002 establece una asignación no remunerativa de carácter alimentario de PESOS CIENTO TREINTA ($ 130.-) mensuales, a partir del 1º de Enero y hasta el 28 de Febrero de 2003 y una asignación no remunerativa de carácter alimentario de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150.-) mensuales, a partir del 1º de Marzo y hasta el 30 de Junio de 2003, para todos los trabajadores del sector privado, en relación de dependencia, que se encuentren comprendidos en el régimen de negociación colectiva.

QUE, no obstante encontrarse excluidos los trabajadores agrarios de dicha asignación no remunerativa en virtud al párrafo 1º del, art. 2º del decreto de referencia, el párrafo 2º de dicho artículo dispone que la Comisión Nacional de Trabajo Agrario podrá instrumentar medidas tendientes a contemplar la situación de dichos trabajadores.

QUE, CONINAGRO y Confederaciones Rurales Argentinas consideran que la asignación no remunerativa en cuestión debería ser evaluada en cada Comisión Asesora Regional, teniendo en cuenta las economías regionales.

QUE, la Sociedad Rural Argentina considera razonable generar el tratamiento de la asignación no remunerativa en tanto y en cuanto se revean ciertos aspectos de la jornada limitada de trabajo en el ámbito de las provincias de Buenos Aires y La Pampa.

QUE, la Federación Agraria Argentina, la Unión de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social han coincidido en cuanto a la necesidad de extender la aplicación de la disposición del decreto mencionado a los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario, en el ámbito de todo el país.

QUE por lo tanto, debe procederse a su determinación y, en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el art. 86 de la Ley 22.248.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer una asignación no remunerativa de carácter alimentario de PESOS CIENTO TREINTA ($ 130.-) mensuales, desde el 1º de Enero hasta el 28 de Febrero de 2003 y una asignación no remunerativa de carácter alimentario de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150.-) mensuales, a partir del 1º de Marzo y hasta el 30 de Junio de 2003, para todos los trabajadores comprendidos por el Régimen Nacional de Trabajo Agrario (Ley Nº 22.248) que presten sus servicios en el ámbito de todo el país.

Art. 2º — La aplicación de dicha asignación se regirá por las disposiciones del Decreto Nº 2641/ 2002 y las normas que lo complementen en el futuro.

Art. 3º — Registrar, comunicar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a efectos de su remisión a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archivar. — Mario E. Burgueño Hoese. — José R. Rey. — Ricardo Grether. — Miguel A. Giraudo. — Jorge Herrera. — Orcar H. Gil. — Guillermo Giannasi. — Abel F. Guerrieri.