Secretaría de la Pequeña y la Mediana Empresa y Desarrollo Regional

PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 70/2003

Apruébase el acceso al Régimen de Crédito Fiscal de empresas beneficiarias, para la ejecución de proyectos presentados bajo las modalidades A, B, C, y D.

Bs. As., 14/2/2003

VISTO el Expediente Nº EXP-S01:0241651/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nº 22.317, Nº 25.565 y Nº 25.725, los Decretos Nº 819 de fecha 17 de julio de 1998, Nº 434 de fecha 29 de abril de 1999 y las Resoluciones de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL Nº 109 de fecha 30 de mayo de 2002, Nº 635 de fecha 10 de octubre de 2002 y Nº 804 de fecha 27 de diciembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las pequeñas y medianas empresas.

Que mediante el artículo 36 de la Ley Nº 25.565, se estableció que el monto de crédito fiscal a que se refiere la Ley Nº 22.317, será administrado por la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y fijó dicho cupo en la suma de PESOS DOCE MILLONES ($ 12.000.000).

Que mediante el artículo 31 de la Ley 25.725, se estableció que el monto del crédito fiscal será administrado de manera independiente por el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA en UN TERCIO (1/3) y por la SECRETARIA DE LA MEDIANA Y PEQUEÑA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, los DOS TERCIOS (2/3) restantes y fijó dicho cupo en la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES ($ 18.000.000).

Que por los Decretos Nº 819/98 y Nº 434/99, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal y en virtud de la Resolución SEPyME Nº 83/99 se asignó a la Unidad de Coordinación del Régimen de Crédito Fiscal, la coordinación, ejecución, seguimiento y control del Régimen de Crédito Fiscal para las pequeñas y medianas empresas.

Que mediante la Resolución SEPyMEyDR Nº 109/2002 se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación de Proyectos y Ejecución de Proyectos Año-2002.

Que en virtud de lo dispuesto en el citado Decreto Nº 819/98, se permitió el ingreso al Régimen de Crédito Fiscal a grandes empresas en la medida en que cedieran su cupo a Pymes.

Que dicho criterio está reflejado en el Reglamento del Llamado a Presentación de Proyectos y Ejecución de Proyectos Año-2002, donde se estableció que los proyectos que requiriesen un componente de capacitación podrían presentarse bajo las Modalidades A, B, C y D.

Que la Modalidad A establece la Cesión de cupo de crédito fiscal para capacitación de una o varias Grandes Empresas o Pymes a favor de Pymes que propongan capacitarse para implementar en forma conjunta una iniciativa asociativa.

Que la Modalidad B establece la Cesión de cupo de crédito fiscal por parte de una o varias Grandes Empresas o Pymes a favor de Pymes con el objetivo de capacitarse para mejorar y/o desarrollar la cadena de valor conformada por la/s Cedentes y/o Beneficiarias.

Que la Modalidad C establece la presentación del proyecto de capacitación por propia solicitud de cupo y/o de Cesión de cupo por parte de una o varias Grandes Empresas o Pymes a favor de una Pyme en situación de crisis o que haya surgido de una situación de crisis que se proponga reconvertir o superar la misma.

Que la Modalidad D establece la presentación del proyecto por propia solicitud de una o más Pymes que requiera un componente de capacitación para el desarrollo productivo.

Que mediante la Resolución SEPyMEyDR Nº 635/2002 se aprobó el acceso al Régimen de Crédito Fiscal a las empresas que se mencionan en el anexo de la misma.

Que asimismo, por el artículo 4º de la Resolución mencionada en el considerando anterior, se transfirió a la segunda CONVOCATORIA los proyectos evaluados no asignados, los que serían priorizados según la normativa vigente junto con los nuevos proyectos que se presenten.

Que por el artículo 3º de la Resolución SEPyMEyDR Nº 635/2002, se transfirió para la segunda CONVOCATORIA la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS ( $ 1.671,19).

Que para la segunda CONVOCATORIA se puso a disposición de las empresas la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000), según lo establecido en el artículo 1º de la Resolución SEPyMEyDR Nº 109/2002, más el remanente de la primera CONVOCATORIA, cuyo monto total ascendió a la suma PESOS CUATRO MILLONES UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 4.001.671,19).

Que mediante la Resolución SEPyMEyDR Nº 804/2002 se aprobó el acceso al Régimen de Crédito Fiscal a las empresas que se mencionan en el anexo I de la misma.

Que asimismo, por el artículo 2º de la Resolución mencionada en el considerando anterior, los proyectos que figuran en su Anexo II quedaron pendientes de asignación a la espera de un nuevo presupuesto y de la respectiva resolución que apruebe su acceso al Régimen. Dichos proyectos han obtenido un puntaje mayor a 3,10 y menor a 8,90 para la MODALIDAD A, mayor a 2,80 y menor a 7,20 para la MODALIDAD B, mayor a 7,60 y menor a 11 para la MODALIDAD C y mayor a 7 y menor a 11 para la MODALIDAD D.

Que existiendo nuevo presupuesto establecido por la Ley Nº 25.725, corresponde aprobar el acceso al Régimen de Crédito Fiscal a las empresas mencionadas en el considerando anterior.

Que corresponde ampliar el plazo establecido en el artículo 45 de la Resolución SEPyMEyDR 109/2002, a fin posibilitar la adhesión al régimen de las empresas asignadas.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 819 de fecha 17 de julio de 1998.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el acceso al REGIMEN DE CREDITO FISCAL, a las empresas beneficiarias que se detallan en el Anexo I de la presente resolución, por un monto de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 6.344.860,76), correspondiendo a la MODALIDAD A, un monto de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VEINTE UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 1.221.556,57); a la MODALIDAD B, un monto de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE CON CUATRO CENTAVOS ($ 868.277,04); a la MODALIDAD C, un monto de OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 82.580,00) y a la MODALIDAD D, un monto de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON QUINCE CENTAVOS ($ 4.172.447,15).

Art. 2º — El certificado de crédito fiscal se emitirá cuando la empresa que ingresa al REGIMEN DE CREDITO FISCAL haya ejecutado el proyecto aprobado por esta SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, en los términos y condiciones establecidos en la normativa aplicable.

Art. 3º — Amplíase a CUARENTA (40) días el plazo mencionado en el artículo 45 de la Resolución SEPYMEYDR 109/02.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.— Julio E. Massara.

(Nota Infoleg: El Anexo I parte integrante de la presente, detalla la nómina de empresas beneficiarias del Régimen de Crédito Fiscal. Si desea información respecto a algunas de las referidas empresas, puede solicitarla vía telefónica, correo electrónico o personalmente en Hipólito Yrigoyen 250, piso2°, oficina 224.También puede adquirir el ejemplar del Boletín Oficial de este día en Suipacha 767, Capital Federal)