MINISTERIO DE LA PRODUCCION

Resolución 69/2003

Unidad Ejecutora Central de Programas Federales de Producción. Programa global para la emisión de valores representativos de deuda y/o certificados de participación en fideicomisos financieros bajo la Ley N° 24.441. Información que deberán presentar las entidades autorizadas.

Bs. As., 20/2/2003

VISTO: Lo dispuesto por la resolución N° 112 del 17 de Diciembre de 2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada en el visto se creó el PROGRAMA GLOBAL para la emisión de Valores Representativos de Deuda y/o Certificados de Participación en Fideicomisos Financieros bajo la Ley N° 24.441, constituidos para la Titulización de activos por un monto máximo en circulación de hasta TRESCIENTOS MILLONES DE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 300.000.000) denominado «FIDEICOMISOS PRODUCTIVOS », en el cual el Ministerio actúa como organizador de los mismos.

Que el objeto del programa prevé que con el producido de la suscripción de los Valores Representativos de Deuda y/o Certificados de Participación, se financiarán proyectos de inversión de Pequeñas y medianas empresas cuyo repago generará el flujo de fondos para la cancelación de los derechos correspondientes a los Valores Representativos de Deuda y/o Certificados de Participación.

Que la financiación canalizada a través del Programa deberá estar destinada al desarrollo y expansión de exportaciones, recomposición de capital de trabajo, reconversión productiva, incorporación de tecnología, adaptación de procesos productivos, incorporación de bienes de capital, localizaciones y relocalizaciones industriales.

Que a los efectos de la designación de las entidades financieras que se desempeñarán como fiduciarios, deviene necesario y conveniente la creación de un Registro de Entidades Financieras con capacidad y experiencia en fideicomisos financieros y financiamiento a Pequeñas y Medianas empresas, interesadas en participar en las distintas series del Programa.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete conforme la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, modificado por el Decreto N° 475 de fecha 8 de Marzo de 2002, la Ley de Ministerios (T.O por Decreto N° 438/92) modificada por las Leyes 24.190 y N° 25.233 y por Decreto N° 185 de fecha 24 de enero de 2002.

Por ello,

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1° — Créase en el ámbito del MINISTERIO DE LA PRODUCCION el Registro de Entidades Financieras interesadas en participar como fiduciarios del Programa Global para la emisión de Valores Representativos de Deuda y/o Certificados de Participación en Fideicomisos Financieros bajo la Ley N° 24.441, constituidos para la Titulización de activos por un monto máximo en circulación de hasta TRESCIENTOS MILLONES DE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 300.000.000) denominado "FIDEICOMISOS PRODUCTIVOS", creado por Resolución N° 112 DEL 17 DE Diciembre de 2002 del Registro del Ministerio de la Producción.

Art. 2° — A los efectos de la inscripción en el Registro creado en el artículo precedente, las entidades autorizadas deberán presentar la siguiente información:

a) Denominación social de la entidad.

b) Estatuto y acta de designación de autoridades.

c) Designación de un responsable operativo ante el Ministerio.

d) Listado de programas o series de fideicomisos financieros aprobados por la Comisión Nacional de Valores donde la entidad ha actuado como fiduciaria, organizador, colocador o asesor financiero.

e) Memoria descriptiva de su participación en el financiamiento de pequeñas y medianas empresas.

Art. 3° — El Registro estará a cargo de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL DE PROGRAMAS FEDERALES DE PRODUCCION —UEC— creada por resolución N° 27 del 30 de Octubre de 2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.