MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

MERCOSUR/CMC/DEC.N° 26/02

ACUERDOS EMANADOS DE LA XXIII REUNION DE MINISTROS DE EDUCACION DEL MERCOSUR, DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA Y DE LA REPUBLICA DE CHILE

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 7/91, 04/94, 08/96, 09/96, 14/96 y 12/97 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que en los términos del Artículo 8, inciso VI del Protocolo de Ouro Preto, compete al Consejo pronunciarse sobre los Acuerdos remitidos por las Reuniones de Ministros;

Que la armonización en el área educacional constituye un importante instrumento para la integración en la Región.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

ARTICULO 1 — Aprobar la firma de los siguientes acuerdos emanados de la XXIII Reunión de Ministros de Educación del MERCOSUR, de la República de Bolivia y de la República de Chile.

— Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile.

— Protocolo de Integración Educativa para la Formación de Recursos Humanos a Nivel de Post- Grado entre los Estados Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia.

— Protocolo de Integración Educativa para la Prosecución de Estudios de Post-Grado en las Universidades de los Estados Partes del MERCOSUR y de la República de Bolivia.

ARTICULO 2 — Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXIII CMC - Brasilia, 06/XII/02