PRESIDENCIA DE LA NACION

COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Resolución 241/2003

Bs. As., 28/2/2003

Visto el Expediente N° 2-COMFER/03, y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de la convocatoria dispuesta por Resolución N° 897-COMFER/02, modificada y prorrogada por sus similares Nros. 977-COMFER/02 y 44-COMFER/03, se han incoado numerosas peticiones efectuadas por particulares, tendientes a que se les reconozca, a fin de comprar el Pliego aprobado por Resolución N° 124-SG/02, contenido en su Anexo III, el valor abonado, en su oportunidad, en concepto de adquisición del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por Resolución N° 16-COMFER/99, en virtud de los llamados efectuados por Resolución N° 76-COMFER/99.

Que el primero de los actos administrativos aludido en el considerando precedente, y sus modificatorios, dispuso que entre los días 3 y 7 de marzo de 2003 se efectuaría la recepción de las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para las diferentes localidades de la provincia de ENTRE RIOS, con exclusión de aquéllas para las cuales el referido acto resolutivo dispuso llamados a concurso público, para la adjudicación de licencias correspondientes a emisoras con Categorías E, F y G y de la ciudad de Paraná y su zona de influencia (en un radio de 50 kilómetros desde la coordenada L.S. 31° 44’ L.O. 60° 32’).

Que, ello así, este COMITE FEDERAL ha propiciado por ante la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la exención del pago del pliego, para aquellas personas físicas y jurídicas que se encuadren en la situación antes descripta, cuanto así también, la reducción del importe a abonar (PESOS QUINIENTOS) para aquéllas que pretendan prestar el servicio de radiodifusión, en las localidades emplazadas en las denominadas Zonas de Frontera, definidas por el Decreto N° 887/94.

Que, a la fecha, la aludida SECRETARIA GENERAL se encuentra tramitando el acto oportunamente propiciado por este Organismo, no habiendo sido publicada a la fecha la disposición en el sentido indicado.

Que consecuentemente es menester establecer una nueva fecha en la cual deberán formalizarse las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Categorías E, F y G, en las localidades abarcadas en el Anexo II de la Resolución N° 897-COMFER/02, y sus modificatorias Nros. 977-COMFER/02 y 44-COMFER/03.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18, inciso a) del Decreto N° 310/98, modificado por su similar N° 883/01 y por el Decreto N° 94, de fecha 14 de enero de 2002.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establécese como fecha para la recepción de solicitudes de adjudicación directa de licencias, para la instalación, funcionamiento y explotaciones de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con Categorías E, F y G, contenidas en el Anexo II de la Resolución N° 897-COMFER/02, modificada por sus similares Nros. 977-COMFER/02 y 44-COMFER/03, únicamente para aquellas personas que pretendan que se les reconozca, el pago efectuado en oportunidad de adquirir el Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por Resolución N° 16-COMFER/99, en virtud de los llamados efectuados por Resolución N° 76-COMFER/99 o para aquellas que pretendan emplazar las emisoras en las localidades ubicadas en las Zonas de Frontera, definidas por el Decreto N° 887/94, el día 10 de marzo de 2003, en el horario de 10 a 17 horas, en la sede del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, sita en la calle Suipacha N° 765, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese (PERMANENTE). — Sr. CARLOS E. CATERBETTI, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 3/3 N° 408.204 v. 3/3/2003