MINISTERIO DE ECONOMIA

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición N° 97/2003

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 26/2/2003

VISTO, la Disposición N° 587 (AFIP) del 27 de diciembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho acto administrativo se modificó el nivel jerárquico de las Regiones Impositivas, Aduaneras y de los Departamentos Aduana Buenos Aires y Ezeiza.

Que tras la puesta en funcionamiento de la nueva organización se advierte la conveniencia de modificar la ubicación de la Sección "Servicios Extraordinarios", dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires.

Que en tal sentido la Dirección General de Aduanas formula la propuesta pertinente.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Sección denominada "Servicios Extraordinarios" dependiente de la Dirección Aduana de Buenos Aires, pase a depender del Departamento Operacional Aduanero.

ARTICULO 2° — Reemplazar en la estructura organizativa vigente el Anexo A15 y en la parte pertinente los Anexos B14 y B15, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal,

ANEXO B14

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

ACCION

Entender en la substanciación de los sumarios administrativos y substanciados a auxiliares del comercio y del servicio aduanero e importadores y exportadores y a los procedimientos de impugnación y repetición. Entender en la substanciación de los sumarios contenciosos.

TAREAS

1. Dirigir los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos, como así también intervenir en las impugnaciones que se presenten.

2. Dirigir la substanciación de los sumarios contenciosos, desestimaciones de denuncias y sobreseimientos.

3. Disponer la ejecución de sus pronunciamientos firmes.

4. Disponer de las mercaderías afectadas a los sumarios a su cargo.

5. Reasignar las competencias de las Secretarías de Actuación en función de las necesidades del servicio.

6. Disponer los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos, como así también entender en primera instancia en las impugnaciones que se presenten.

DIVISION SUMARIAL Y REPETICIONES

ACCION

Entender en los juzgamientos de inconductas disciplinarias de auxiliares del comercio y del servicio aduanero.

Entender en los pedidos de repetición de tributos de importación y exportación.

TAREAS

1. Disponer la ejecución de sus pronunciamientos firmes.

2. Efectuar los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos, como así también intervenir en las impugnaciones que se presenten.

3. Efectuar los estudios de pedido de repetición de tributos a la importación y exportación de acuerdo a lo establecido por el Código Aduanero.

4. Solicitar la acreditación de la personería, constitución de domicilio, aplicación de apercibimientos, de acuerdo a lo establecido por el Código Aduanero.

5. Proyectar la apertura, substanciar y concluir los sumarios disciplinarios a los auxiliares de comercio y del servicio, importadores y exportadores, proponiendo y aplicando la sanción.

6. Registrar en el sistema correspondiente las sanciones impuestas a los importadores, agentes auxiliares del comercio y del servicio.

DIRECCION ADUANA DE BUENOS AIRES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir, entender y coordinar las tareas que desarrollan el Departamento Operativa y el Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de Buenos Aires, supervisando el cumplimiento de las normas legales y del plan de acción aprobado.

Entender en los procedimientos de repetición.

Entender en la aplicación de la normativa vigente para el control del tráfico internacional de mercaderías, regímenes especiales y en el control de la recaudación.

ACCIONES

1. Diseñar el plan de acción anual para los Departamentos que le dependen y controlar su cumplimiento.

2. Actuar preventivamente en los casos de infracciones y/o delitos aduaneros, efectuando las diligencias que las circunstancias impongan.

3. Definir los indicadores de gestión y efectuar su seguimiento, informando mensualmente a la Subdirección General.

4. Suscribir los actos administrativos en los recursos interpuestos, conforme el marco de competencia.

5. Supervisar las operaciones de recaudación del área y del pago de los estímulos.

6. Supervisar el cobro de deudas a favor del Organismo.

7. Entender en la tramitación de garantías y registro de la recaudación tributaria y por subastas.

8. Autorizar las importaciones que los Entes Públicos y/o Privados soliciten en el marco de los regímenes de excepción vigentes.

9. Ejercer el poder de policía, la fuerza pública y las atribuciones jurisdiccionales que le confieren las normas vigentes, tendientes a prevenir y reprimir las infracciones y delitos aduaneros.

10. Entender en la habilitación de zonas operativas –en forma precaria– cuando las exigencias de fuerza mayor lo requieran, ajustándose a la normativa correspondiente.

11. Entender en las altas, bajas y modificación de usuarios del Sistema Informático María.

12. Disponer los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos.

13. Intervenir en el régimen de servicios extraordinarios.

14. Organizar internamente el servicio, en el marco de la estructura orgánica y ejercer la potestad disciplinaria en su Jurisdicción.

15. Entender en la venta de mercadería de rezago y la destrucción de mercaderías peligrosas, mercaderías perecederas no aptas para el consumo humano, de corresponder con previa certificación al respecto emanada de la autoridad sanitaria pertinente.

DIRECCION ADUANA DE EZEIZA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir, entender y coordinar las tareas que se desarrollan dentro del ámbito de su competencia, supervisando el cumplimiento de las normas legales y del plan de acción aprobado.

Entender en los procedimientos de repetición.

Entender en la aplicación de la normativa vigente para el control del tráfico internacional de mercaderías, regímenes especiales y en el control de la recaudación.

ACCIONES

1. Diseñar el plan de acción anual de las áreas que le dependen y controlar su cumplimiento.

2. Actuar preventivamente en los casos de infracciones y/o delitos aduaneros, efectuando las diligencias que las circunstancias impongan.

3. Definir los indicadores de gestión y efectuar su seguimiento, informando mensualmente a la Subdirección General.

4. Suscribir los actos administrativos en los recursos interpuestos, conforme el marco de competencia.

5. Supervisar las operaciones de recaudación del área y del pago de los estímulos.

6. Supervisar el cobro de deudas a favor del Organismo.

7. Entender en la tramitación de garantías y registro de la recaudación tributaria y por subastas.

8. Autorizar las importaciones que los Entes Públicos y/o Privados soliciten en el marco de los regímenes de excepción vigentes.

9. Ejercer el poder de policía, la fuerza pública y las atribuciones jurisdiccionales que le confieren las normas vigentes, tendientes a prevenir y reprimir las infracciones y delitos aduaneros.

10. Entender en la aprobación de estímulos a la exportación como así también en lo inherente a las devoluciones y repeticiones.

11. Entender en la habilitación de zonas operativas –en forma precaria– cuando las exigencias de fuerza mayor lo requieran, ajustándose a la normativa correspondiente.

12. Entender en las altas, bajas y modificación de usuarios del Sistema Informático María.

13. Disponer los sumarios administrativos a los auxiliares del comercio y del servicio aduanero y otros sujetos vinculados a los mismos.

14. Intervenir en el régimen de servicios extraordinarios.

15. Organizar internamente el servicio, en el marco de la estructura orgánica y ejercer la potestad disciplinaria en su Jurisdicción.

16. Entender en la venta de mercadería de rezago y la destrucción de mercaderías peligrosas, mercaderías perecederas no aptas para el consumo humano, de corresponder con previa certificación al respecto emanada de la autoridad sanitaria pertinente.

17. Resolver en caso fortuito o fuerza mayor cuando las circunstancias así lo exijan, mediante acto suficientemente motivado, elevando su resolución a conocimiento y aprobación de instancia superior.

ANEXO B15

DIRECCION ADUANA DE BUENOS AIRES

DEPARTAMENTO OPERACIONAL ADUANERO

ACCION

Entender en la aplicación de la normativa vigente para el control del tráfico internacional de mercaderías y los regímenes especiales en el ámbito de su competencia.

TAREAS

1. Supervisar la aplicación de la normativa vigente en materia de operaciones y regímenes aduaneros, medios de transporte, clasificación arancelaria, valoración y restricciones a la importación y exportación.

2. Ejercer el poder de policía, la fuerza pública y las atribuciones jurisdiccionales que le confieren las normas vigentes, tendientes a prevenir y reprimir las infracciones y delitos aduaneros.

3. Resolver en caso fortuito o fuerza mayor cuando las circunstancias así lo exijan, mediante acto suficientemente motivado, elevando su resolución a conocimiento y aprobación de instancia superior.

4. Autorizar en la habilitación de zonas operativas –en forma precaria– cuando las exigencias de fuerza mayor lo requieran, ajustándose a la normativa correspondiente.

5. Organizar internamente el servicio en el marco de la estructura orgánica y ejercer la potestad disciplinaria en su jurisdicción.

6. Gestionar las altas, bajas y modificaciones de usuarios del Sistema Informático María.

7. Intervenir en el régimen de servicios extraordinarios.

8. Actuar preventivamente ante los casos de infracciones y/o delitos aduaneros, efectuando las diligencias previas que las circunstancias impongan.

9. Coordinar las verificaciones de las distintas destinaciones de importación y exportación y de los reembarcos.

10. Intervenir en la asignación de personal aduanero para atender la operatoria vinculada al régimen de aduana domiciliaria y supervisar su funcionamiento.

SECCION SERVICIOS EXTRAORDINARIOS

ACCION

Atender la asignación de personal para la realización de servicios extraordinarios de las diversas operaciones aduaneras.

TAREAS

1. Tramitar las solicitudes de habilitación de servicios extraordinarios.

2. Entender en la distribución del personal habilitado para el cumplimiento de los servicios extraordinarios.

3. Habilitar usuarios y su asociación informática para el cumplimiento de sus tareas.

DIVISION VERIFICACION

ACCION

Planear y supervisar la acción operativa del control documental y de la verificación física de las mercaderías para las distintas destinaciones de exportación e importación y de las tareas inherentes al funcionamiento de la misma.

TAREAS

1. Entender en la verificación de los rezagos en el ámbito de su jurisdicción.

2. Entender en los controles documentales y verificación física de las mercaderías conforme los canales asignados en virtud de la selectividad.

3. Coordinar el sistema de selectividad, en lo relativo al cumplimiento de las declaraciones presentadas.

4. Determinar la viabilidad económica de comercializar las mercaderías a favor del fisco.

5. Intervenir en las destinaciones de importación que requieran la presentación de certificados de desgravación total o parcial.

6. Impulsar las denuncias pertinentes derivadas del cumplimiento de su función específica.

DIVISION RESGUARDO I

ACCION

Entender en las operaciones de los regímenes aduaneros relativos a medios de transporte, pasajeros, equipajes, envíos postales, mercaderías sólidas, líquidas y a granel y en el desaduanamiento de las mercaderías que ingresen o egresen en los establecimientos y/o depósitos fiscales de las empresas comprendidas en el régimen de aduanas domiciliarias.

TAREAS

1. Intervenir en las operaciones y regímenes aduaneros relativos a los medios de transporte y a las mercaderías conforme a las normas en vigencia.

2. Intervenir en el control sobre el tráfico internacional de pasajeros, tripulantes, equipajes y envíos postales.

3. Llevar el registro de entrada y salida temporaria de vehículos de su jurisdicción.

4. Intervenir en la planificación y giro de personal para atención de operaciones requeridas por los usuarios.

5. Supervisar los balances de movimientos y existencia de mercaderías en los depósitos de su competencia.

6. Autorizar las solicitudes particulares, la inscripción de proveedores de a bordo y sus renovaciones, las prórrogas de permanencia de automotores ingresados por turistas y la permanencia de mercaderías.

7. Atender la habilitación con carácter precario y transitorio de lugares para la realización de operaciones aduaneras.

8. Efectuar las presentaciones de los manifiestos de carga de los medios de transporte y sus rectificaciones.

9. Controlar la documentación correspondiente a las destinaciones y operaciones aduaneras.

e. 4/3 N° 408.239 v. 4/3/2003