MINISTERIO DE ECONOMIA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición N° 103/2003

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 28/2/2003

VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997, 62 del 29 de enero de 1999, 1231 del 2 de octubre de 2001 y 1647 del 13 de diciembre de 2001 y la Disposición Nº 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 (t.o. por Disposición Nº 37 (AFIP) del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 582 (AFIP) del 19 de diciembre de 2002, se aprobó el programa de revisión de los procedimientos vigentes en materia de juicios universales y transferencias de fondos de comercio en el área metropolitana.

Que asimismo en el Anexo I de la citada disposición se establece en su Punto 7) la revisión de la estructura organizativa vigente en la materia.

Que en tal sentido es necesario optimizar y unificar criterios que permitan una mayor eficiencia en la defensa de los intereses del Organismo en materia de concursos y quiebras y transferencias de fondo de comercio y a su vez, obtener un mayor y más adecuado aprovechamiento de los recursos humanos e informáticos, asignados actualmente a dichas funciones en cada una de las Direcciones Regionales de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.

Que en consecuencia corresponde modificar la estructura organizativa centralizando las acciones y tareas que tienen competencia en la materia, en un Departamento con dependencia directa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas antes citada.

Que la presente se formula a propuesta de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I y cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Crear una (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Concursos y Quiebras", dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.

ARTICULO 2° — Crear dos (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Coordinación y Planificación Administrativa" y "Coordinación y Representación Judicial", dependientes del Departamento Concursos y Quiebras.

ARTICULO 3° — Crear cinco (5) cargos de Jefe de Sección en el Departamento Concursos y Quiebras.

ARTICULO 4° — Eliminar un (1) cargo de Jefe de Sección del cupo de cada una de las Direcciones Regionales: Norte, Sur, Oeste, Palermo, Centro y Microcentro.

ARTICULO 5° — Reemplazar en la estructura organizativa vigente el Anexo A06 y en la parte pertinente los Anexos B03, B06 y C por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 6° — La presente Disposición tendrá vigencia a partir del 10 de marzo de 2003.

ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.

ANEXO A06

ANEXO B 03

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS I

DIRECCIONES REGIONALES

(Tipo)

(Corresponde a 6 unidades: Sur, Centro, Oeste, Microcentro, Norte y Palermo)

ACCION

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la percepción y fiscalización de los tributos y accesorios impositivos, a los recursos de la seguridad social, y a la aplicación de las normas técnico-tributarias, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Superioridad.

Entender en la evaluación del funcionamiento de las distintas áreas de la Dirección Regional, respecto del cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes, efectuando el control y seguimiento de las tareas realizadas.

Entender en todos los asuntos de la Dirección Regional vinculados con los recursos humanos y su capacitación; en el adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los bienes materiales, en la asignación de espacios y en la locación de inmuebles, de corresponder y en la administración de las erogaciones que deben efectuarse con cargo al presupuesto y con el movimiento de fondos y valores.

TAREAS

1. Entender en el control, evaluación y ejecución de las tareas necesarias para la verificación del cumplimiento dado por los contribuyentes de su jurisdicción a los tributos y a las obligaciones emergentes de los recursos de la seguridad social.

2. Entender en la investigación y selección de los contribuyentes de acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas con facultades para su dictado, para proceder a su posterior fiscalización.

3. Entender en la fiscalización de los contribuyentes y responsables de su jurisdicción de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.

4. Entender en el trámite de determinaciones de tributos y de recursos de la seguridad social, accesorios, multas, sumarios y recursos vinculados, reconocimiento de exenciones impositivas y otras de su competencia.

5. Entender en la resolución de impugnaciones de deudas por recursos de la seguridad social, conforme a la normativa vigente.

6. Interponer denuncias, promover y tramitar querellas por los delitos tipificados en la Ley Penal Tributaria o comunes, originados en la actividad cumplida por sus dependencias.

7. Coordinar la representación y patrocinio del Fisco Nacional en los juicios de ejecución fiscal, en las causas de percepción de créditos fiscales y demás juicios contenciosos en que el Estado sea parte.

8. Entender en la elaboración de las normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas, a fin de evitar que se produzcan situaciones no previstas.

9. Promover y colaborar en la planificación de las acciones de capacitación, orientadas al desarrollo de los recursos humanos, optimizando su eficiencia operativa.

10. Entender en la obtención del adecuado suministro, equipamiento, mantenimiento y conservación de los recursos humanos, materiales y financieros de la Dirección Regional.

11. Supervisar el uso, mantenimiento y conservación de los bienes que integran el patrimonio de la Repartición en las dependencias de su jurisdicción.

12. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.

DIVISION JURIDICA

(Tipo)

ACCION

Entender en el procedimiento de aplicación de sanciones y en la representación y patrocinio jurídico del Fisco Nacional en los juicios contenciosos de su jurisdicción, en la confección de dictámenes, proyectos de resolución y recursos sobre asuntos de su competencia; asesorar a la Dirección Regional y a sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica e instruir los sumarios por infracciones a las normas legales según corresponda y efectuar la actividad administrativa y judicial de aquellos casos que, por su índole, se encuadren como probables delitos penal tributarios o comunes.

TAREAS

1. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales y materiales por infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que rigen la aplicación de los distintos impuestos a cargo del Organismo en el ámbito de la Dirección Regional, excepto en la instrucción y resolución de sumarios por infracciones formales originados en el ámbito de las Agencias Sede, Agencias y Distritos.

2. Entender en el procedimiento de clausura de establecimientos comerciales e industriales de contribuyentes y/o responsables que incurran en los hechos u omisiones previstos por la ley, en la jurisdicción antes citada.

3. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos y proyectos de resolución en los casos determinados por normas legales o por necesidades de servicio.

4. Participar en la consideración de la conducta fiscal de contribuyentes y/o responsables en actuaciones con determinación de oficio en curso.

5. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos de reconsideración interpuestos en la sustanciación de sumarios materiales, formales y de clausura.

6. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones correspondientes a los recursos administrativos, en lo atinente a su competencia.

7. Intervenir en las elevaciones de carácter jurídico y en la contestación de oficios que deba efectuar la Dirección Regional.

8. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción y asesorar a la Dirección Regional y sus dependencias en asuntos de naturaleza jurídica.

9. Intervenir en la preparación de informes destinados a la Dirección de Contencioso sobre asuntos tramitados en el área que hayan sido motivo de recursos ante la Justicia o el Tribunal Fiscal de la Nación, en lo atinente a su competencia.

10. Entender en las tareas relacionadas con la actividad administrativa y/o jurídica vinculada con los procedimientos originados en delitos penal tributarios o comunes.

11. Intervenir en las comunicaciones judiciales y en las denuncias de los casos susceptibles de configurar delitos penal tributarios y de derecho penal común, dentro de su jurisdicción; e intervenir en la contestación de informes judiciales vinculados con la materia penal tributaria.

12. Intervenir en las querellas por los asuntos tipificados en la Ley Penal Tributaria o por delitos comunes.

13. Intervenir en la tramitación de otras denuncias que resulten de su competencia.

14. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios de contenido penal tributario, penal común, impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquéllos sin contenido tributario en que la Repartición sea o no parte.

15. Controlar y supervisar la tramitación y el desempeño de los representantes del Fisco, en materia de juicios con contenido impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquéllos sin contenido tributario ante los tribunales respectivos.

16. Intervenir en el cumplimiento de las sentencias firmes contrarias al Fisco Nacional dictadas en las causas o juicios en que represente al Organismo.

17. Entender en cuestiones o procedimientos jurídicos no mencionados ni aludidos precedentemente, que resulten de competencia de la Dirección Regional.

ANEXO B 06

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS I

Departamento Concursos y Quiebras

ACCION

Entender en la representación y patrocinio del Fisco Nacional en los juicios universales y transferencias de fondos de comercio, correspondientes a la jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.

TAREAS

1. Coordinar y supervisar la representación y patrocinio del Fisco Nacional en los juicios universales de la jurisdicción y en la transferencia de fondos de comercio.

2. Entender en la conveniencia de prestar conformidad a las propuestas de acuerdo preventivo.

3. Supervisar el desempeño de los representantes del Fisco Nacional en materia de juicios universales.

4. Supervisar la observancia de los términos procesales y/o administrativos de verificación de los créditos.

5. Supervisar los acuerdos homologados en los concursos preventivos y el ingreso de las cuotas concursales.

6. Analizar la procedencia de la concesión de regímenes de facilidades de pago para concursados y fallidos, formulando la opinión respectiva.

7. Supervisar los pedidos de quiebra, conforme a sus competencias.

DIVISION COORDINACION Y PLANIFICACION ADMINISTRATIVA

ACCION

Entender en el registro y control administrativo de los juicios universales y las transferencias de fondos de comercio.

TAREAS

1. Efectuar la extracción de los edictos publicados en los Boletines Oficiales referidos a juicios universales y transferencias de fondos de comercio que involucren a contribuyentes de la jurisdicción.

2. Efectuar la notificación a los letrados a cargo de las carteras judiciales de los vencimientos para la presentación de las cartas a las sindicaturas.

3. Confeccionar y enviar cartas a las sindicaturas.

4. Requerir los informes de deuda de gestión judicial y/o administrativa a las distintas dependencias, a fin de proceder a su verificación en los juicios universales.

5. Efectuar las oposiciones que correspondan en caso de transferencia de fondos de comercio.

6. Efectuar el control técnico de los montos a verificar.

7. Tramitar los oficios judiciales relacionados con concursados y fallidos.

8. Tramitar el pago de los honorarios correspondientes.

9. Verificar las registraciones y demás constancias administrativas que posibiliten el control de las actuaciones.

DIVISION COORDINACION Y REPRESENTACION JUDICIAL

ACCION

Asumir la representación y defensa en juicio de la Administración Federal de Ingresos Públicos en los concursos y quiebras, en los Tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y área metropolitana.

TAREAS

1. Controlar el desempeño de los representantes del fisco de la jurisdicción en materia de juicios universales.

2. Proponer los abogados que deberán actuar en las distintas causas judiciales a su cargo e impartirles las instrucciones que fueran pertinentes.

3. Organizar y coordinar la gestión judicial del Departamento, procurando el apoyo administrativo necesario para facilitar la labor profesional de sus letrados.

4. Controlar la observancia de los términos procesales y/o administrativos tendientes a la verificación de los créditos en los concursos y quiebras.

5. Redactar los escritos procesales pertinentes, a efectos de la verificación de los créditos.

6. Interponer incidentes de revisión, previa ratificación de la deuda por parte de las áreas generadoras, en caso de ser rechazado el crédito insinuado.

7. Controlar los acuerdos homologados en los concursos preventivos, verificando asimismo, el ingreso de las cuotas concursales.

8. Iniciar, de ser necesario, incidentes de verificación tardía.

9. Promover los pedidos de quiebra, dentro de las competencias del Departamento.

10. Realizar el control de las distribuciones de fondos en las quiebras.

11. Evaluar la procedencia de la concesión de regímenes de facilidades de pago para concursados y fallidos, elaborando los dictámenes pertinentes.

12. Analizar la conveniencia de prestar conformidad a las propuestas de acuerdo preventivo, en los casos que así se solicite.

13. Efectuar la carga de información a los sistemas relacionados con la gestión de los juicios universales y las transferencias de fondos de comercio.

14. Mantener depuradas en forma permanente las carteras judiciales, dando estricto cumplimiento a las normas vigentes en la materia.

e. 4/3 N° 408.361 v. 4/3/2003