Dirección Nacional de Comercio Interior

ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES

Disposición 218/2003

Modifícase el calendario establecido por la Disposición N° 170/2003, en relación con la presentación de proyectos y el período de evaluación y eventual aprobación de los mismos

Bs. As., 5/3/2003

VISTO el Expediente N° S01:0033015/2003 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se ha solicitado prórroga de los plazos establecidos por el Artículo 6° de la Disposición DNCI N° 170 del 17 de Febrero de 2003, para la presentación de proyectos por las asociaciones de consumidores inscriptos en el registro respectivo.

Que deviene procedente acceder a tal solicitud a fin de que los proyectos a presentarse conlleven una elaboración que redunde en beneficio de su efectiva concreción.

Que a fin de mantener una necesaria ecuanimidad frente a los eventuales postulantes resulta conveniente que la prórroga se otorgue con carácter general, respecto de la totalidad de las presentaciones a efectuarse, y un término de diez (10) días hábiles se presenta como adecuado al fin que se persigue.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 62 de la Ley N° 24.240, la Resolución ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA N° 461 del 2 de julio de 1999 y la Resolución SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR N° 13 de fecha 6 de febrero de 2003.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

Artículo 1° — Modifícase el calendario establecido por el Artículo 6° de la Disposición DNCI N° 170/2003, de la siguiente manera:

- Presentación de proyectos: hasta el 21 de marzo de 2003.

- Período de evaluación y eventual aprobación: del 24 de marzo al 14 de abril de 2003.

La ejecución de los proyectos, como máximo, demandará un plazo de DOCE (12) meses desde su aprobación por el Comité de Evaluación.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Karina M. Prieto.