MINISTERIO DEL INTERIOR

Decisión Administrativa 23/2003

Transfiérese de la Unidad de Auditoría Interna de la citada Jurisdicción, determinadas unidades a la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, con sus respectivas acciones y dotaciones asignadas.

Bs. As., 24/3/2003

VISTO el Expediente NΊ 134.836/02 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, el Decreto NΊ 1210 del 10 de julio de 2002, la Resolución Conjunta MI NΊ 4/SSI NΊ 163 del 23 de abril de 2002 y lo solicitado por el señor Auditor Interno de dicha Jurisdicción, y

CONSIDERANDO

Que por el Decreto NΊ 1210/02 se sustituyó la denominación del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS por la de MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, atribuyéndole en su artículo 4Ί las competencias correspondientes a la ex-SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el artículo 6Ί de dicha norma se dispuso la transferencia de la GENDARMERIA NACIONAL y la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA del ámbito de la ex-SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que a partir del dictado del Decreto NΊ 1210/02 dejó de tener vigencia la Resolución Conjunta MI NΊ 4/SSI NΊ 163/02, que en su artículo 4Ί disponía que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DEL INTERIOR prestaría los servicios de auditoría a la referida ex-SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que en la estructura organizativa de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DEL INTERIOR aprobada por Resolución Conjunta MI-SFP-SH NΊ 112 del 23 de junio de 1997, se encuentran previstas, respectivamente, unidades de RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA GENDARMERIA NACIONAL y SUPERVISION DE AUDITORIA DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD, para la Auditoría de Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional y Programas de Seguridad, cuya transferencia a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS resulta necesario efectivizar.

Que asimismo resulta necesario disponer la transferencia de los cargos asignados a las referidas unidades como así también del personal que se desempeña en las mismas, a la planta permanente de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que en atención a estrictas razones de justicia y toda vez que los cargos a transferir conservarán idénticas funciones a las asignadas originariamente, corresponde que los mismos, en los casos que así corresponda, mantengan el nivel de Funciones Ejecutivas fijado oportunamente en el respectivo nomenclador y que los funcionarios que las ejerzan mantengan el suplemento por dicho concepto.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para los agentes involucrados, quienes mantendrán sus respectivas remuneraciones, niveles escalafonarios y la índole de las funciones profesionales y técnicas que actualmente desempeñan.

Que han tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DEL INTERIOR y su similar del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley NΊ 25.725

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1Ί — Transfiérense de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE INTERIOR, las unidades de RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA GENDARMERIA NACIONAL y SUPERVISION DE AUDITORIA DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD correspondientes, respectivamente, a la Auditoría de la Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Programas de Seguridad, a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, con sus respectivas acciones y dotaciones asignadas, conforme al detalle obrante en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

Art. 2Ί — A partir del dictado de la presente los cargos con funciones ejecutivas transferidos por el artículo anterior deberán considerarse incluidos en el Nomenclador de Cargos con Funciones Ejecutivas de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 3Ί — Transfiérense a los agentes de planta permanente, titulares de los cargos transferidos por el artículo 1Ί de la presente decisión administrativa, de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DEL INTERIOR a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, los que mantendrán sus niveles, grados de revista y suplementos por función ejecutiva, conforme el detalle obrante en la planilla que como Anexo II forma parte integrante de la presente medida.

Art. 4Ί — Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional —Recursos Humanos— de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR y de la Jurisdicción 40 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.

Art. 5Ί — Dentro de los TREINTA (30) días de dictada la presente medida deberán efectuarse las modificaciones presupuestarias que correspondan en las Jurisdicciones involucradas. Hasta tanto se instrumenten dichas modificaciones, el gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con los créditos asignados para tal fin en la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR - S.A.F. 325.

Art. 6Ί — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alfredo N. Atanasof. — Jorge R. Matzkin. — Juan J. Alvarez.

ANEXO I

Detalle de las unidades de Auditoría de Programas de Seguridad. Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina que se transfieren a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DEL INTERIOR a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, con sus respectivas acciones y dotaciones.

NIVEL

A

B

C

D

E

F

Subtotal

UNIDAD SUPERVISION DE AUDITORIA DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD

-

1 (*)

1

-

-

-

2

RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA GENDARMERIA NACIONAL

-

1 (*)

2

-

-

-

3

RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

-

1 (*)

2

-

-

-

3

Totales

-

3

5

-

-

-

8

(*) Cargo con F.E. Nivel IV - Resolución Conjunta S.F.P. (J.G.M.) / S.H. (M.E.O. y S.P.) NΊ 159/97.

ANEXO II

Detalle de los agentes de planta permanente que se transfieren de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DEL INTERIOR a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

APELLIDO Y NOMBRE

DOCUMENTO NΊ

NIVEL Y GRADO SINAPA

FUNCION

FUNCION EJECUTIVA NIVEL

UNIDAD: RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA GENDARMERIA NACIONAL

BARAS, Beatriz R.

DNI 13.597.186

B-2

Responsable de Auditoría de la Gendarmería Nacional

IV

ZUBLENA, Nora

DNI 16.710.025

C-3

Auditor

-

HEIMBERG, Claudia B

DNI 20.497.507

C-4

Auditor

-.

UNIDAD: RESPONSABLE DE AUDITORIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

LANOSA, Cristina M.

DNI 14.157.172

B-4

Responsable de Auditoría de la Prefectura Naval Argentina

IV

VERGARA, Karina I.

DNI 16.207.086

C-2

Auditor

-

ABEIJON, Viviana A.

DNI 14.232.443

C-5

Auditor

-

Planilla anexa al artículo 4Ί

JURISDICCION: 30 MINISTERIO DEL INTERIOR

PROGRAMA: 01 Actividades Centrales

ACTIVIDAD: 01 Conducción de las Relaciones Interiores

CARGO

CANTIDAD DE CARGOS

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SINAPA DECRETO NΊ 993/91

B

-3

C

-5

JURISDICCION: 40 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

PROGRAMA: 01 Actividades Centrales

ACTIVIDAD: 02 Servicios de Auditoría

 

CARGO

CANTIDAD DE CARGOS

–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SINAPA DECRETO NΊ 993/91

B

+3

C

+5