Ministerio de Economía y Secretaría de Obras Públicas

OBRAS PUBLICAS

Resolución Conjunta 238/2003 y 147/2003

Extiéndese el plazo establecido en el Artículo 12 del Anexo del Decreto N° 1295/2002 para la firma de los contratos correspondientes a las licitaciones en curso en relación con una obra destinada a preservar la transitabilidad de los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al formar parte del sistema de Desagües pluviales del Acceso Norte y de la Avenida General Paz.

Bs. As., 3/4/2003

VISTO el Expediente N° S01:0010043/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto N° 1295 de fecha 19 de julio de 2002, la Resolución Conjunta N° 396 del MINISTERIO DE ECONOMIA y N° 107 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 16 de septiembre de 2002 y la Resolución Conjunta N° 633 del MINISTERIO DE ECONOMIA y N° 191 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION del 20 de noviembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1295 de fecha 19 de julio de 2002 se establecieron los mecanismos para la redeterminación de precios de los contratos de obra pública.

Que por la Resolución Conjunta N° 396 del MINISTERIO DE ECONOMIA y N° 107 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha del 16 de septiembre de 2002 se estableció que la Comisión de Seguimiento del Sector de la Construcción asesorará a los organismos intervinientes respecto de cuestiones vinculadas a la interpretación del citado decreto y a su aplicación directa o supletoria en contratos específicos.

Que el plazo fijado para la firma de contratos alcanzados por el Artículo 12 del Anexo al Decreto N° 1295/02 debió ser extendido mediante el Artículo 11 del Anexo de la Resolución Conjunta N° 396/02 del MINISTERIO DE ECONOMIA y N° 107/02 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por la Resolución Conjunta N° 633 del MINISTERIO DE ECONOMIA y N° 191 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 20 de noviembre de 2002 se extendió la ampliación del plazo hasta la finalización del Ejercicio Presupuestario del año 2002 ya que diversas jurisdicciones no habían podido cumplimentar la tramitación administrativa para la firma de los contratos.

Que la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION solicita una prórroga en forma excepcional para un caso particular de su área de incumbencia.

Que dicho organismo ha argumentado el perjuicio económico que significaría para el ESTADO NACIONAL los mayores costos que surgirían de la realización de un nuevo llamado a licitación si el adjudicatario desistiera de su oferta al no poder aplicarse la redeterminación excepcional al CIEN POR CIENTO (100%) prevista en el Decreto N° 1295/02, dado que la oferta de la firma adjudicataria es sensiblemente menor a las otras ofertas recibidas, resultando el valor ofertado un UNO CON SETENTA Y SIETE POR CIENTO (1,77%) menor que el presupuesto oficial, mientras que el resto de las ofertas lo superan entre un CUARENTA Y SIETE POR CIENTO (47%) y un SETENTA Y UNO POR CIENTO (71 %).

Que asimismo, la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION resalta el carácter crítico de la obra para preservar la transitabilidad de los accesos a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, al formar parte del sistema de Desagües Pluviales del Acceso Norte a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de la Avenida General Paz, resultando por ello necesario la ejecución de las obras en el menor tiempo posible.

Que habida cuenta de que otras jurisdicciones se encuentran en similares condiciones en el sentido de no haber podido cumplir con el plazo determinado para la firma de los contratos, la Comisión de Seguimiento del Sector de la Construcción en su reunión habitual del día 22 de enero de 2003 consideró oportuno propiciar una nueva ampliación de plazo de carácter general con el fin de establecer condiciones de igualdad para todas las jurisdicciones que se encuentren en las mismas dificultades operativas para aplicar en todo su alcance lo normado por el Decreto N° 1295/02.

Que la Comisión de Seguimiento del Sector de la Construcción ha producido el Informe N° 24 de fecha 3 de febrero de 2003 que recomienda el dictado de la presente resolución conjunta.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta al amparo de las facultades delegadas en el MINISTERIO DE ECONOMIA y la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION por el Artículo 10 del Decreto N° 1295/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

Y

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVEN:

Artículo 1° — Extiéndese en CIENTO VEINTE (120) días contados a partir del 1 de enero de 2003, el plazo establecido en el Artículo 12 del Anexo del Decreto N° 1295 de fecha 19 de julio de 2002 para la firma de los contratos correspondientes a las licitaciones en curso alcanzadas y ampliado por el Artículo 11 del Anexo de la Resolución Conjunta N° 396 del MINISTERIO DE ECONOMIA y N° 107 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 16 de septiembre de 2002 y el Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 633 del MINISTERIO DE ECONOMIA y N° 191 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 20 de noviembre de 2002, cuando medie acuerdo entre el comitente y el adjudicatario.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Roberto Lavagna. — Jorge A. Desimoni.