MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 863/2003

Facúltase a la citada Jurisdicción a contratar en forma directa con el Banco de la Nación Argentina el servicio para el pago de haberes de su personal.

Bs. As., 14/4/2003

VISTO el Expediente Nº 012348/2002, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y los Decretos Nº 1180 del 15 de julio de 1994 y Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado se gestiona la pertinente autorización para que el personal del MINISTERIO DEL INTERIOR pueda percibir sus haberes por intermedio del BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

Que mediante el Decreto Nº 1180/94 se estableció un mecanismo para el pago de los salarios a los agentes de la Administración Pública Nacional.

Que mediante su similar Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 se aprobó el régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA otorga una serie de beneficios adicionales a los agentes de la Administración Pública Nacional que actualmente perciben sus salarios en la mencionada entidad crediticia; careciendo, el servicio ofrecido, de costo alguno para el MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que, asimismo, la propuesta del mecionado banco supera en calidad de servicios a los que hoy recibe el MINISTERIO DEL INTERIOR de su actual prestatario, cuya contratación se halla finalizada.

Que existen antecedentes similares al presente por los cuales se otorgaron excepciones a lo dispuesto por el primero de los decretos citados en el Visto, por lo que corresponde disponer lo propio con relación al MINISTERIO DEL INTERIOR respecto del cumplimiento de las disposiciones del artículo 2º del Decreto Nº 1180/1994, facultándolo a contratar en forma directa la prestación del aludido servicio con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

Que, por otra parte, debe tenerse presente que la nombrada entidad financiera cuenta con una vasta red de sucursales en el interior del país, circunstancia que gravita a favor de la medida que se dicta, en virtud de la existencia de dependencias del MINISTERIO DEL INTERIOR en diversas provincias.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 25, inciso d), apartado 8 del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Exceptúase al MINISTERIO DEL INTERIOR del cumplimiento de las disposiciones del artículo 2º del Decreto Nº 1180/94, facultándolo a contratar en forma directa con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA el servicio para el pago de haberes de su personal.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— DUHALDE. — Jorge R. Matzkin. — Roberto Lavagna.