MINISTERIO DE ECONOMIA

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Síntesis Resolución Conjunta N° 29.225 SSN y 0004/2003 SAFJP del 24 de abril 2003.

VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Y EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Prorrógase por el término de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución Conjunta SAFJP N° 1/2003 y SSN N° 29.092.

ARTICULO 2° — La presente Resolución Conjunta entrará en vigencia a partir del 24 de abril de 2003.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín Oficial. — Fdo.: CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros. — Dr. ENRIQUE HORACIO PICADO, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

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NOTA: La versión completa de la presente Resolución, se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721, P.B. y en Tucumán 480 Capital Federal.

e. 30/4 N° 413.473 v. 30/4/2003