MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución N° 211/2003

Bs. As., 23/4/2003

VISTO el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO SRT. Nº 0747/02, la Ley N° 24.557, el Decreto Nº 491 de fecha 29 de mayo de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 33 apartado 1 de la Ley Nº 24.557, dispone la creación del Fondo de Garantía, con cuyos recursos se abonarán las prestaciones en caso de insuficiencia patrimonial del empleador, declarada judicialmente.

Que el artículo 10 del Decreto 491/97, establece que el Fondo de Garantía creado por la Ley Nº 24.557 se determinará por períodos anuales que comenzarán el día 1° de julio de cada año y finalizará el 30 de junio del año siguiente, debiendo cuantificarse asimismo los excedentes de dicho fondo conforme la fórmula prevista en la misma norma.

Que con el objeto de dar cumplimiento al imperativo legal, resulta necesario establecer el monto del Fondo de Garantía correspondiente al período comprendido entre el 1º de julio del 2002 y el 30 de junio del 2003, y los excedentes correspondientes.

Que el Departamento de Estudios y Estadísticas de la Coordinación de Sistemas de este Organismo, ha estimado el monto del aludido Fondo para el ejercicio en cuestión, resultando de ello los excedentes a los que alude la normativa citada precedentemente.

Que la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION ha examinado y emitido Dictamen sobre los Estados Contables del Fondo de Garantía —art. 33 de la Ley 24.557— por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2002.

Que el artículo 10 apartado f) del Decreto Nº 491/97, establece que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO debe publicar el estado de resultados respecto de la aplicación del Fondo de Garantía.

Que la Subgerencia de Asuntos Legales del Organismo ha intervenido en el área de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades atribuidas por la Ley Nº 24.557 y el Decreto Nº 491/97.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar los Estados Contables que contienen el estado de resultados de la aplicación del Fondo de Garantía correspondiente al período Nº 6, comprendido entre el 1º de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002, que se acompaña como ANEXO de la presente Resolución.

ARTICULO 2º — Determinar, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Decreto Nº 491/97, el Fondo de Garantía para el período comprendido entre el 1º de julio de 2002 y el 30 de junio del 2003, en la suma de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 6.850.000).

ARTICULO 3º — Determinar, de acuerdo a lo normado en el inciso d) del artículo 10 del Decreto Nº 491/97, los excedentes del Fondo de Garantía al 30 de junio de 2002, en la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 18.275.731,80).

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Dr. JOSE MARIA PODESTA, a/c Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Superintendencia de Riesgos del Trabajo

Estados Contables - Fondo de Garantía Ley 24.557 art. 33. Decreto 491/97 art. 10

Correspondientes al período finalizado el 30 de junio de 2002

BALANCE GENERAL AJUSTADO

(EN PESOS)

ACTIVO

AL 30/06/02

AL 30/06/01

Activo corriente

 

 

 

.

.

Disponibilidades (Nota 3.1. )

 

 

Bancos

3.498.627,98

3.653.216,47

Valores a Depositar

 

 

 

 

 

Inversiones financieras

 

 

Inversiones temporarias (Nota 3.2.)

22.072.975,24

29.644.445,66

 

 

 

Créditos

 

 

Cuentas a cobrar (Nota 3.3 - Anexo III)

1.615.397,56

15.396.445,91 Nota 8

 

 

 

Previsión para incobrables (Nota 3.5. - Anexo III)

 

 

Previsión por ratif. Sentencia por cuentas a cobrar

 

 -3.206.755,03

Previsión para incobrables por cuentas a cobrar

-705.531,89

-1.865.987,67

 

 

 

Intereses a Devengar

 

 

Intereses a Devengar Acuerdos de pago (Nota 3.6.)

-7.616,76

 

 

 

 

Anticipos (Nota 3.7.)

2.794.630,62

1.406.919,53 Nota 8

 

 

 

.

AL 30/06/02

AL 30/06/01

Otros créditos (Nota 3.8.)

2.905,02

 

 

 

 

Total del activo corriente

29.271.387,77

45.028.284,88

Activo no corriente

 

 

 

 

 

 

 

Créditos

 

 

 

Cuentas a cobrar

(Nota 3.3 - Anexo III)

78.525.175,54

61.724.959,07 Nota 8

 

 

 

 

Previsión para incobrables (Nota 3.5. - Anexo III)

 

 

 

Previsión por ratif. sentencia por cuentas a cobrar

 

-1.047.514,79

-791.766,74

Previsión para incobrables por cuentas a cobrar

 

-46.914.456,54

-30.200.018,58 Nota 8

 

 

 

 

Intereses a Devengar

 

 

 

Intereses a Devengar Acuerdos de pago

(Nota 3.6.)

-403,00

 

 

 

 

 

Bienes de uso

 

 

 

Bienes de uso

(ver Anexo I)

58.470,98

75.633,40

 

 

 

 

Bienes inmateriales

 

 

 

Bienes Intangibles

(ver Anexo III)

365,34

730,68

 

 

 

 

Total del activo no corriente .

 

30.621.637,53

30.809.537,82

 

 

 

 

TOTAL DEL ACTIVO

.

59.893.025,30

75.837.822,70

 

 

 

 

PASIVO

 

 

 

 

 

 

 

Pasivo corriente

.

 

65.279,12

Deudas

 

 

 

Proveedores

(nota 4.1.)

56.226,44 -

 

Acuerdos a Pagar

(nota 4.2.)

1.055.949,00

 

Acuerdos a Devengar

(nota 4.2.)

-934.529,00

 

Otras deudas

(nota 4.3.)

207.962,91

9.128,12 Nota 8

 

 

 

 

Provisiones

(nota 4.4.)

 

 

 

 

 

 

Provisión Publicidad y propaganda

 

206.124,26

 

 

 

 

 

Total del pasivo corriente

591.733,61

74.407,24

 

 

 

TOTAL DEL PASIVO

591.733,61

74.407,24

 

 

 

PATRIMONIO

 

 

 

 

 

Patrimonio Institucional

59.301.291,69

75.763.415,46 Nota 8

 

 

 

Según Cuadro Evolución Patrimonio Neto

59.301.291,69

75.763.415,46

 

 

 

TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO

59.893.025,30

75.837.822,70

ESTADO DE RECURSOS Y GASTOS AJUSTADOS

(EN PESOS)

.

AL 30/06/02

AL 30/06/01

 

 

 

RECURSOS

 

 

 

 

 

Ingresos corrientes (Nota 5)

 

 

 

 

 

Ingresos no tributarios

75.575.351,23

56.425.607,79 Nota 8

 

 

 

Rentas de la propiedad

6.179.236,24

2.574.879,02

 

 

 

Otros ingresos

3.536.453,81

261.840,41

 

 

 

TOTAL DE RECURSOS

85.291.041,28

59.262.327,22

GASTOS

Gastos corrientes (Nota 6)

Gastos de Consumo

7.096.496,51

6.719.607,53 Nota 8

 

 

 

Transferencias Otorgadas

2.471.413,91

347.395,24

 

 

 

Otras Pérdidas

65.472,01

0,00

 

 

 

Amortizaciones

28.711,00

64.806,83

 

 

 

Incobrables

30.181.899,41

30.338.940,65

 

 

 

TOTAL DE GASTOS

39.843.992,84

37.470.750,24

 

 

 

RESULTADO EXPOSICION A LA INFLACION

-61.879.805,12

 

 

 

 

Déficit del Ejercicio

-16.432.756,68

21.791.576,98

ESTADO DE ORIGEN Y APLICACION DE FONDOS AJUSTADOS

(EN PESOS)

SALDO INICIAL DE DISPONIBILIDADES

.

1.986.687,16

 

 

 

ORIGEN DE LOS FONDOS

 

 

 

 

 

FLUJO ANUAL – AHORRO DE LA GESTION .

 

 48.461.919,36

Ahorro de la Gestión

-16.432.756,68

 

Variación de previsiones y reservas técnicas

29.073.234,13

 

Amortizaciones del Ejercicio

28.711,00

 

Rei

35.792.730,91

 

PATRIMONIO .

 

-2.985.714,46

Incremento de Capital Fiscal

 

 

Transf. De Capital del Sector Público Nacional

 

 

Ajuste de Resultados de Ejercicios Anteriores

-3.125.813,02

 

Rei

140.098,56

 

VARIACION DE ACTIVOS

 

 

Disminución de Activos Corrientes

 

 

Financieros

.

-1.164.937,43

Inversiones Financieras

-5.951.773,55

 

Créditos

4.786.836,12

 

Otros Activos

 

 

Reales

 

 

Bienes de Cambio

 

 

Disminución de Activos No Corrientes

 

 

Financieros

.

-43.349.366,82

Inversiones Financieras

 

 

Créditos

-43.349.366,82

 

Aportes y participaciones de Capital

 

 

Reales

.

-6.111,54

Bienes de Uso

-11.183,24

 

Bienes Inmateriales

0,00

 

Otros Activos a largo Plazo

5.071,70

 

REI

 

 

VARIACION DE PASIVOS

 

 

 

 

 

Incremento de pasivos Corrientes

.

556.151,71

Deudas

556.151,71

 

Fondos de Terceros y en Garantía

 

 

Pasivos diferidos

 

 

Previsiones

 

 

Otros pasivos

 

 

Incremento de pasivos No Corrientes

 

 

Deudas

 

 

Pasivos diferidos a largo plazo

 

 

Previsiones

 

 

 

 

 

TOTAL ORIGEN DE FONDOS

 

3.498.627,98

BALANCE GENERAL HISTORICO

(EN PESOS)

.

AL 30/06/02

AL 30/06/01

ACTIVO

Activo corriente

Caja y Bancos (Nota 3.1. ) 

 

Bancos

3.498.627,98

1.986.687,16

Valores a Depositar

 

 

 

 

 

Inversiones financieras

 

 

Inversiones temporarias (Nota 3.2.)

22.072.975,24

16.121.201,69

 

 

 

Créditos

 

 

Cuentas a cobrar (Nota 3.3 - Anexo III)

1.615.397,56

8.372.874,05 Nota 8

 

 

 

Previsión para incobrables (Nota 3.5. - Anexo III)

 

 

Previsión por ratif. sentencia por cuentas a cobrar

.

-1.743.893,11

Previsión para incobrables por cuentas a cobrar

-705.531,89

-1.014.758,85

 

 

 

Intereses a Devengar

 

 

Intereses a Devengar Acuerdos de pago (Nota 3.6.)

-7.616,76

 

 

 

 

Anticipos (Nota 3.7.)

2.794.630,62

864.123,86 Nota 8

Otros créditos (Nota 3.8.)

2.905,02

 

Total del activo corriente

29.271.387,77

24.586.234,80

 

 

 

Activo no corriente

 

 

 

 

 

Créditos

 

 

Cuentas a cobrar (Nota 3.3 - Anexo III)

78.525.175,54

32.377.664,92 Nota 8

 

 

 

Previsión para incobrables (Nota 3.5. - Anexo III)

 

 

Previsión por ratif. sentencia por cuentas a cobrar

-1.047.514,79

-430.577,50

Previsión para incobrables por cuentas a cobrar

-46.914.456,54

-16.423.332,60 Nota 8

 

 

 

Intereses a Devengar

 

 

Intereses a Devengar Acuerdos de pago (Nota 3.6.)

-403,00

 

 

 

 

Bienes de uso

 

 

 

 

 

Bienes de uso (ver Anexo I)

31.821,50

41.130,85

 

 

 

Bienes inmateriales

 

 

Bienes Intangibles (ver Anexo III)

198,68

397,36

 

 

 

Total del activo no corriente

30.594.821,39

15.565.283,03

 

 

 

TOTAL DEL ACTIVO

59.866.209,16

40.151.517,83

PASIVO

Pasivo corriente

.

.

35.500,00

 

 

 

Deudas

 

 

Proveedores (nota 4.1.)

56.226,44

 

Acuerdos a Pagar (nota 4.2.)

1.055.949,00

 

Acuerdos a Devengar (nota 4.2.)

-934.529,00

 

Otras deudas (nota 4.3.)

207.962,91

3.460,26 Nota 8

 

 

 

Provisiones (nota 4.4.)

 

 

Provisión Publicidad y propaganda

206.124,26

 

 

 

 

Total del pasivo corriente

591.733,61

38.960,26

TOTAL DEL PASIVO

591.733,61

38.960,26

 

 

 

PATRIMONIO

 

 

 

 

 

Patrimonio Institucional

59.274.475,55

40.112.557,57

 

 

 

Según Cuadro Evolución Patrimonio Neto

59.274.475,55

40.112.557,57

 

 

 

TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO

59.866.209,16

40.151.517,83

ESTADO DE RECURSOS Y GASTOS HISTORICOS

(EN PESOS)

.

AL 30/06/02

AL 30/06/01

RECURSOS

Ingresos corrientes (Nota 5)

Ingresos no tributarios

48.272.938,03

30.685.296,47 Nota 8

 

 

 

Rentas de la propiedad

4.392.407,51

1.400.267,17

 

 

 

Otros ingresos

2.756.490,42

142.393,69

 

 

 

TOTAL DE RECURSOS

55.421.835,96

32.227.957,33

GASTOS

Gastos corrientes (Nota 6)

Gastos de Consumo

4.256.897,70

3.654.247,73 Nota 8

 

 

 

Transferencias Otorgadas

1.563.073,23

188.920,00

 

 

 

Otras Pérdidas

31.280,39

35.243,16

 

 

 

Amortizaciones

15.619,57

0,00

 

 

 

Incobrables

30.181.899,41

16.498.881,00

 

 

 

TOTAL DE GASTOS

36.048.770,30

20.377.291,89

 

 

 

CUENTAS DE CIERRE

 

 

 

 

 

Superávit del Ejercicio

19.373.065,66

11.850.665,44

 

ANEXO III – BIENES INTANGIBLES – AJUSTADO

(En pesos)

ANEXO I – BIENES DE USO – AJUSTADO

(En pesos)

ANEXO III – PREVISIONES – AJUSTADO

(En pesos)

ANEXO II – BIENES INTANGIBLES – HISTORICO

(En pesos)

ANEXO I – BIENES DE USO- HISTÓRICO

(En pesos)

ANEXO III – PREVISIONES – HISTÓRICO

(En pesos)

 

 

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES

NOTA 1 - NATURALEZA Y OBJETO DEL FONDO DE GARANTIA

La ley de Riesgos del Trabajo (LRT) crea el Fondo de Garantía (FG) con el espíritu y propósito de garantizar a todos los trabajadores las prestaciones y beneficios del nuevo sistema legal en vigencia, independientemente de las vicisitudes patrimoniales y del cumplimiento de los deberes de afiliación o autoseguro previstos por la Ley 24.557 por parte del empleador.

El decreto nro. 491/97 en su artículo 10, reglamentario de la LRT, establece:

a) La administración del FG y sus excedentes será gestionada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), para lo cual podrá invertir los mismos en depósitos a plazos en bancos habilitados a recibir inversiones de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, y en títulos públicos nacionales

b) El FG se determinará por períodos anuales que comenzarán el día 1 de julio de cada año y finalizarán el día 30 de junio del año siguiente,

c) A los efectos de la determinación del FG, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo podrá:

I. Fijarlo en base a experiencias previas de ejecución del mismo y/o mediante la contratación de estudios a entidades especializadas de reconocida trayectoria.

II. Fijarlo mediante el resultado de un proceso de licitación entre las Aseguradoras habilitadas, en el cual la adjudicataria se obligue a brindar las prestaciones durante el período determinado.

d) Al 30 de junio de cada año se determinarán los excedentes del FG como diferencia entre el total de fondos acumulados a esa fecha y el monto determinado conforme a lo estipulado en el apartado c) precedente.

e) La SRT podrá otorgar las prestaciones por sí misma o licitar su ejecución entre las Aseguradoras.

Asimismo el artículo 11 del decreto que reglamenta la LRT estipula:

a) Los excedentes que se determinen al finalizar cada período, así como los recursos provenientes de donaciones y legados, deberán destinarse a financiar las siguientes actividades:

I. Desarrollo de campañas publicitarias en medios masivos de comunicación, pudiendo solventar publicaciones y otros modos de comunicación sobre los beneficios de la prevención de accidentes de trabajo.

II. Desarrollo de actividades de capacitación, general y particular, sobre la temática de los riesgos y prevención de los accidentes de trabajo.

III Financiación de actividades y proyectos de investigación sobre riesgos derivados del trabajo y su prevención, desarrollo de sistemas de información derivados del trabajo y su prevención, desarrollo de sistemas de información sobre las contingencias producidas, fortalecimiento institucional de los organismos de control y supervisión del sistema.

b) La ejecución de las actividades financiadas por los excedentes del FG podrá efectuarse en forma directa o mediante convenios que la SRT realice con las instituciones especializadas, nacionales o internacionales, públicas o privadas, especializadas en la materia y con reconocida trayectoria.

c) Los excedentes no utilizados en el curso de un ejercicio podrán ser ejecutados en ejercicios posteriores.

El FG contará con los siguientes recursos:

- El valor de cuotas originadas por aquellos empleadores no incluidos en el régimen de autoseguro que omitiera afiliarse a una ART, como así también de aquellos trabajadores que omitieran declarar su obligación de pago o la contratación de un trabajador y el importe de las multas por incumplimiento de las normas sobre daños del trabajo y de las normas de higiene y seguridad;

- Una contribución a cargo de los empleadores privados autoasegurados,

- Las cantidades recuperadas por la SRT de los empleadores en situación de insuficiencia patrimonial;

- Las rentas producidas por los recursos del FG y las sumas que le transfiera la SRT;

- Donaciones y legados

NOTA 2 - NORMAS CONTABLES

Las principales normas contables aplicadas son las siguientes:

2.1 Modelo de presentación

Los estados contables básicos han sido preparados de acuerdo con lo establecido por la Resolución N° 1397/93 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos modificada por la Resolución N° 473/96 de la Secretaría de Hacienda, la Resolución Nro. 47/97 de la Secretaría de Hacienda y la Disposición Nro. 20/99 de la Contaduría General de la Nación, y sus modificaciones. En forma supletoria se han aplicado las normas de exposición establecidas a través de las Resoluciones Técnicas de la F.A.C.P.C.E. 8, 11 y sus modificatorias.

Los Estados Contables se componen de acuerdo al siguiente detalle:

- Balance General

- Estado de Recursos y Gastos

- Estado de Origen y Aplicación de Fondos

- Estado de Evolución del Patrimonio Neto Institucional

- Anexo I - Bienes de Uso

- Anexo II - Bienes Intangibles

- Anexo III - Previsiones

- Notas 1 a 17 a los Estados Contables

2.2 Consideración de los efectos de la inflación

Los estados contables están reexpresados por el I.P.I.M., de manera que se expresan en moneda constante, de acuerdo a lo establecido por el FACPCE y el CPCECF en la Resolución Técnica Nro. 6 y sus modificaciones. Cabe destacar que si bien el Ministerio de Economía se encuentra abocado en reglamentar los efectos inflacionarios en la contabilidad pública, aún no ha publicado ninguna normativa al respecto.

2.3. Criterios de valuación

Las normas aplicadas responden a los criterios expuestos a continuación:

2.3.1. ACTIVOS

2.3.1.1. CAJA Y BANCOS: Se encuentra valuado a su valor nominal

2.3.1.2. INVERSIONES FINANCIERAS: Se encuentra valuado a su valor nominal, agregando los intereses devengados al cierre del ejercicio.

2.3.1.3. CREDITOS: Se ha valuado a su valor nominal, deduciendo, según corresponda, las previsiones por posibilidad de ratificación de sentencias y por incobrabilidad.

2.3.1.4 BIENES DE USO: Se encuentran valuados a su costo original ajustado por inflación, detraídas las amortizaciones acumuladas hasta el cierre del período, computadas sobre el valor contable de tales bienes. Se aplicó el criterio de depreciación de año de alta completo.

2.3.1.5. BIENES INTANGIBLES: Se encuentran valuados a su costo original ajustado por inflación, detraídas las amortizaciones acumuladas hasta el cierre del período, computadas sobre el valor contable de tales bienes.

2.3.2. PASIVOS: A su valor nominal.

2.4. Comparabilidad de la informacion contable

En cumplimiento de normas contables vigentes se adecuaron las cifras correspondientes al ejercicio precedente "al solo efecto de su presentación comparativa con las del ejercicio presente", no implicando esas adecuaciones modificaciones a los Estados Contables del ejercicio anterior ni a las decisiones tomadas en base a ellos.

Asimismo en cumplimiento de normas contables vigentes se reexpresaron, por medio del I.P.I.M. (índice de Precios Internos al por Mayor), los saldos correspondientes a los Estados Contables finalizados el 30 de junio de 2001, al solo efecto de su presentación comparativa con los del presente ejercicio, no implicando esas adecuaciones modificaciones a los Estados Contables del Ejercicio anterior ni a las decisiones tomadas en base a ellos.

NOTA 3 - COMPOSICION DE LOS RUBROS DEL ACTIVO AL 30 DE JUNIO DE 2002

3.1 CAJA Y BANCOS:

Bancos:

 

Banco de la Nación Argentina Cta. Cte. N° 2820/76 Fdo. Gtía.

3.498.627,98

 

 

Total Caja y Bancos

3.498.627,98

 

 

3.2 Inversiones financieras:

 

 

 

Inversiones Temporarias:

 

 

 

Plazo Fijo – Banco Nación Argentina

22.136.176,82

 

 

Intereses a devengar

( 63. 201,58)

 

 

Total inversiones financieras

22.072.975,24

 

 

3.3. Créditos :

 

 

 

CUENTAS A COBRAR

 

 

 

CUOTAS OMITIDAS

 

 

…………………

A cobrar

38.800.565,28

 

 

Previsión por incobrabilidad

(24.410.119,87)

 

 

En gestión judicial

29.923.257,26

 

 

Previsión por incobrabilidad

( 20.684.815,23)

 

 

Con Acuerdo de Pago

162.532,09

 

 

Total Cuotas omitidas

23.791.419,53

 

 

MULTAS

 

 

 

En gestión judicial – Aseguradoras Riesgo de Trabajo

9.492.800,00

Previsión por ratificación de sentencia

(1.046.296,80)

Previsión por Deudores Incobrables

( 1.115.030,32)

Saldo neto de previsiones – A.R.T.

7 .331.472,88

 

………………..

En gestión judicial – Empleadores

1.759.635,46

 

 

Con acuerdo de pago

1.783,00

Previsión por ratificación de sentencia

(1.217,99)

Previsión por Deudores Incobrables

(1.410.023,01)

Saldo neto de previsiones – Empleadores

350.177.46

Total Multas

7.681.650,34

Total Cuentas a cobrar

31.473.069,87

3.4. Prevision por ratif. de sentencias

La presente previsión fue constituida por la Sub-Gerencia de Asuntos Legales sobre las multas recursadas ante la Cámara de Apelaciones, en virtud de información empírica existente en el área, referente a la probabilidad de obtener una sentencia favorable, como así también la probabilidad de que se ratifique o no el monto reclamado. Con relación a los recursos presentados por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo la probabilidad de cobro se estima en 86,95 %, en tanto que la de empleadores asciende a 92,67 %. Ver Anexo III – Previsiones

3.5. Previsión para incobrables:

Se constituyó en base a la probabilidad de cobro de las multas a empleadores y ART, como así también sobre las cuotas omitidas a cobrar. Con respecto a la deuda por intimaciones de cuota omitida se aplicó por analogía las mismas probabilidades que a la deuda en gestión judicial. La probabilidad de cobro del sector privado respecto de multas a empleadores y cuotas omitidas, fue estimada por la Subgerencia de Asuntos Legales en un 15 %, disminuyéndose a un 7.50 % para las empresas concursadas; mientras que para las multas a las ART se estimó una probabilidad de cobro del 90%, disminuyendo a un 7.50 % para concursadas. Con respecto a las deudas de la Administración Pública Nacional se estima que las mismas serán cobradas en su totalidad, pero reduciéndose el importe en una tercera parte, de acuerdo a la jurisprudencia predominante en sus dictámenes por la Procuración del Tesoro de la Nación. Las probabilidades de cobro fueron establecidas por la Sub-Gerencia de Asuntos Legales. Ver Anexo III – Previsiones.

3.6. ACUERDOS DE PAGO

CTA OMITIDA

ORG. PUBLICOS

CORRIENTE

NO CTE.

TOTAL

INT.A DEV.

NETO

MIN. REL. EXT.

97.222,98 .

97.222,98

.

97.222,98

 

.

97.222,98

-

97.222,98

.

97.222,98

EMP. PRIVADOS

SANAT. MET.

4.019,58

.

4.019,58

.

4.019,58

CIRCULO DE ARMAS

3.316,90

.

3.316,90

935,45

2.381,45

A. LALOR Y HNOS.

336,63

.

336,63

61,31

275,32

OSBA

34.581,60

23.054,40

57.636,00

6.620,00

51.016,00

42.254,71

23.054,40

65.309,11

7.616,76

57.692,35

MULTAS

PAZ CARLOS DELFIN 1.783,00 . 1.783,00 403,00 1.380,00

3.7. ANTICIPOS

3.7.1 - PROGRAMA DE APOYO INSTITUCIONAL AL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO (PNUD)

En virtud del Acuerdo suscripto entre el Gobierno de la Nación Argentina y el PNUD (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo), firmado el 26 de febrero de 1985 y aprobado por Ley N° 23.396 de octubre de 1986, en este proyecto se adopta la modalidad de ejecución nacional parcial.

Los documentos del Proyecto, como extensión de un Tratado Internacional, son suscriptos por el PNUD y la Dirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

El Programa será financiado por el excedente del Fondo de Garantía, cuya ejecución estaría a cargo del Gobierno de la República Argentina a través de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, bajo la Dirección Nacional del Superintendente. La administración centralizada estaría a cargo del PNUD. Las normas y procedimientos de tipo operacional, ejecutivo y/o administrativo, se detallan en el Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados a ser cumplimentado por el Gobierno de la Nación Argentina.

A continuación se exponen las fuentes y aplicaciones de fondos cuyo saldo se encuentra registrado en "Anticipos a Organismos Internacionales".

PROGRAMA PARA LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO – PNUD

.

U$S

$

FUENTE DE FONDOS AL 01/07/01

601.275

600.072,45

TRANSFERENCIAS DE FONDOS

1.097.000

1.329.040,00

DIFERENCIA DE CAMBIO X TENENCIA

.

1.806.769,79

.

1.698.275,00

3.735.882,24

COSTOS

42.196,27

52.474,10

GASTOS PERSONAL

823.493

1.170.658,71

GASTOS CAPACITACION

12.997

14.311,00

BS. USO

104.623

139.052,99

APLICACIONES DE FONDOS

983.309,27

1.376.496,80

SALDO AL 30/06/02

714.965,73

2.359.385,44

El PNUD ha presentado la información en U$S informando los siguientes Tipos de Cambio de acuerdo al período correspondiente:

01/07/01

31/12/01

0,998

01/01/02

08/01/02

1,00

09/01/02

14/02/02

1,40

15/02/02

28/02/02

1,85

01/03/02

01/04/02

2,00

02/04/02

02/06/02

3,00

03/06/02

15/07/02

3,30

3.7.2. ANTICIPO A PROVEEDORES

TELAM

.

.

$ 308.621,61

 

 

 

 

O/P

000000000710

0,56

 

O/P

000000000719

0,05

 

O/P

000000001075

134234,26

 

O/P

000000001080

65484,00

 

O/P

000000001081

108902,74

 

3.7.3. ANTICIPO CONVENIO CON PROVINCIAS

CORDOBA

21.676,39

STA. FE

30.267,11

LA RIOJA

4.048,29

NEUQUEN

2.894,25

ENTRE RIOS

7.758,22

LA PAMPA

2.159,25

CORRIENTES

3.099,31

MISIONES

1.704,33

CHACO

6.500,00

JUJUY

1.500,00

SALTA

2.018,93

CHUBUT

5.000,00

STA. CRUZ

5.500,00

T.DEL FUEGO

2.762,49

SAN JUAN

6.500,00

RIO NEGRO

7.500,00

TUCUMAN

2.735,00

FORMOSA

6.000,00

MENDOZA

7.000,00

TOTAL

126.623,57

3.8. OTROS CREDITOS

Deposito en Garantía Edesur

24,00

 

 

AFIP – Saldo a favor retención IVA

1.207,59

 

 

La Caja x pago de la Dirección Nacional de Vialidad

1.673,43

 

 

Total otros créditos

2.905,02

NOTA 4 - Composición del Pasivo

4.1 cuentas a pagar:

CONVENIOS CON PROVINCIAS

 

Córdoba

10.000,00

Santa Fe

20.000,00

La Rioja

3.000,00

.

33.000,00

 

 

PROVEEDORES COMUNES

 

A.B.L.

1.082,69

.

1.082,69

 

 

CONTRATADOS

22.143,75

 

 

Total Cuentas a Pagar

56.226,44

4.2 ACUERDOS A PAGAR

BENEFICIARIO DEL ACUERDO

TOTAL

A DEVENGAR

NETO A PAGAR

UNIV. Bs.As. FAC. CS. ECON.

142.978,00

142.978,00

-

UNIV. Bs.As. FAC. DERECHO

112.761,00

112.761,00

-

UNIV. TRES DE FEBRERO

55.500,00

37.000,00

18.500,00

COEMA

694.710,00

591.790,00

102.920,00

FATLYF

50.000,00

50.000,00

 .

TOTAL

1.055.949,00

934.529,00

121.420,00

4.3. OTRAS DEUDAS

4.3.1. DISPOSICION 38/01 del MINISTERIO DE ECONOMIA.

SENTENCIAS FIRMES

76.899,40

PREV. SENT. ADVERSAS DE CAM. Y EN TRAM. DE APELACION

122.456,16

PREV. SENT. ADVERSAS EN PRIMERA INSTANCIA

3.811,59

TOTAL

203.167,15

4.3.2. DEPOSITOS PENDIENTES DE IMPUTACION

El saldo corresponde a depósitos cuyo destino no ha podido determinarse al 30/06/02. Esto se debe a una decisión tomada unilateralmente por el Banco Nación, quien en el último trimestre del ejercicio ha modificado su operatoria, enviando sólo el extracto sin el detalle de los depósitos efectuados, dificultando en gran manera la tarea de identificación de los depósitos recibidos. Se ha solicitado al Banco que se retorne al sistema anterior, no recibiendo respuesta hasta el momento de cierre del Balance. El importe al 30/06/02 asciende a $ 4.795,76.

4.4. PROVISION PUBLICIDAD Y PROPAGANDA

LEGAJO 73371/1/2 73370/2 05/02

41.995,19

LEGAJO 73371/03/04 05/02 06/02

14.235,66

LEGAJO 73370/03 05/02 06/02

11.388,52

LEGAJO 73370/02 06/02

19.929,91

LEGAJO 73370/01 06/02

35.589,10

LEGAJO 73371/01 06/02

43.418,73

LEGAJO 73371/02 06/02

29.183,08

LEGAJO 100210/ CC13 AL 32

5.158,47

LEGAJO 100210/12/12

2.835,60

LEGAJO 100211/03/03

2.390,00

TOTAL

206.124,26

NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS RECURSOS

Ingresos no tributarios:

AJUSTADO

HISTORICO

Cuotas Omitidas

 

 

DGI – Cuota omitida

7.230.218,95

4.437.862,70

Aseguradoras – Días omitidos

936.524,95

606.533,32

Empleadores – Cuotas Omitidas

61.385.256,64

39.721.578,26

Contribución Empleadores Autoasegurados

76.017,20

41.339,57

Multa – pago voluntario Inc. Norm. Hig. Y Seg.

427.997,94

299.420,75

Multa – incumplimiento normas Hig. y Seg – ART

4.677.931,26

2.655.917,00

Multa – incumplimiento normas Hig. y Seg. – EMP

841.404,29

510.286,43

Total Ingresos no tributarios

75.575.351,23

48.272.938,03

 

 

 

Rentas de la propiedad:

 

 

Intereses Bco. de la Nación Argentina Plazo Fijo

6.100.928,59

4.318.811,81

Renta de Títulos

78.307,65

73.595,70

 

 

 

Total Rentas de la Propiedad

6.179.236,24

4.392.407,51

Otros Ingresos

 

 

Otros Ingresos

7.934,86

3.533,77

Recupero Previsión Ratificación Sentencias

926.955,82

926.955,82

Diferencia de Cambio

2.567.924,74

1.806.769,79

Otros Intereses

33.638,39

19.231,04

Total Otros Ingresos

3.536.453,81

2.756.490,42

Total recursos

85.291.041,28

55.421.835,96

NOTA 6 - COMPOSICION DE LOS GASTOS

.

AJUSTADO

HISTORICO

Bienes y Servicios

 

 

 

 

 

Gastos de Consumo

 

 

Utiles de Escritorio, oficina

1.046,11

883,23

Utiles y materiales Eléctricos

221,98

221,98

Alimentos para personas

1.341,71

739,78

Otros prod. Alim., Agrop. y Forestales

253,61

137,92

Otros prod. Papel, Cartón e impresos

4.381,71

2.896,70

Otros productos no especificados

1.830,11

1.002,94

Total Bienes de Consumo

9.075,23

5.882,55

 

 

 

Servicios No personales

 

 

 

 

 

Energía Eléctrica

9.779,94

6.231,30

Agua

7.279,71

4369,04

Gas

110,36

66,82

Teléfonos

106.204,70

68.633,16

Alquiler de Edificios y locales

101.433,56

64,400,42

Alquiler de Maquinaria y equipos

1.416,23

912,86

Otros alquileres y Derechos

7.654,80

4.494,14

Expensas y Mantenimiento Edificio

54.170,94

33.751,86

Limpieza, Aseo y Fumigación

412,46

380,00

Estudios, Investigación y Desarrollo

304.251,76

245.961,00

Contabilidad y Auditoria

64.156,85

45.000,00

Capacitación

227.172,92

216.477,40

Otros Servicios Técnicos

5.072.55

3.188,02

Imprenta, publicaciones y reproducciones

43.825,82

26.299,15

Publicidad y Propaganda

5.480.610.66

3110,273,62

Derechos y Tasas

13.477,41

8.212,71

Otros Servicios

734,25

399,30

Pasajes

113.285,95

67.307,42

Viáticos

172.487,37

105.329,93

Otros Pasajes y viáticos

9.005,14

6.052,41

Jornadas SRT

35.365,44

19.587,18

Total Servicios No Personales

6.757.908,82

4.037.327,74

Total Servicios Comerciales y Financieros

70.709,78

41.689,01

Total Servicios Personales

258.802,68

171.998,40

 

 

 

Transferencias Otorgadas Exterior

 

 

Gastos PNUD – Consultores

1.845.969,91

1.170.658,71

Gastos PNUD - Capacitación

25.153,15

14.311,00

Gastos PNUD - Equipo No fungible

84.035,02

52.474,10

Gastos PNUD - Administración

226.501,68

139.052,99

Total Transferencias PNUD

2.181.659,76

1.376.496,80

 

 

 

Transferencias Otorgadas Provincias

 

 

Elementos de Seguridad

2.840,62

1.544,78

Viáticos

38.716,90

25.198,51

Movilidad

16.792,34

10.797,34

Pasajes

7.679,85

4.800,78

Equipamiento informático

43.706,68

25,241,91

Capacitación

8.103,97

4.782,28

Gastos Generales

23.090,61

13.443,86

Alquiler

2.482,45

1.350,00

Muebles y Utiles

40.856,47

22.247,19

Honorarios Profesionales

74.869,81

51.920,00

Otros Servicios no Personales

4.369,06

4.000,56

Insumos computación y arts. Librería

16.245,39

11.249,22

Convenios anteriores con Provincias

10.000,00

10.000,00

Total Transferencias Provincias

289.754,15

186.576.43

TOTAL TRANSFERENCIAS

2.471.413.91

1.563.073,23

Otras pérdidas

Sentencias Judic. Art 10 Disp. CGN 38/1

65.472,01

31.280,39

 

 

 

Amortizaciones

28.711,00

15.619,57

 

 

 

Incobrables

 

 

 

 

 

Deudores incobrables (Nota 2.5)

30.181.899,41

30.181.899,41

 

 

 

 

 

 

TOTAL GASTOS

39.773.283,06

36.048.770,30

 

 

 

R.E.I.

(61.879.805,12) –

 

NOTA 7 - Aplicación del excedente

Como consecuencia de lo expuesto en Nota 1 apartado d) la aplicación del excedente del FG al inicio fue aplicado según se describe a continuación:

CALCULO EXCEDENTE FDO. GTIA 30/06/01

.

Excedente determinado por Resolución

13.671.888,85

Gastos (Nota 6)

- 36.048.770,30

Publicidad efectivamente abonada a TELAM

-2.995.719,56

Convenios efectivamente abonados a las Provincias

-264.700,00

Transferencias al PNUD (nota 3.7.1,6)

-1.329.040,00

Aplicación de Fondos

574.865,81

Publicidad según rendición TELAM (Nota 6)

3.084.649,44

Amortiz. De bienes de uso e Intangibles(Anexo I y II)

15.619,57

Deudores incobrables (Nota 3.5 – anexo III – nota 6)

30.181.899,41

Convenios Rendidos (nota 6)

176.576,43

Rendición PNUD (Nota 6)

1.376.496,80

SALDO AL 30/06/02

8.443.766,45

NOTA 8 - AJUSTE DE RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

Se procedió a ajustar saldos duplicados de cuentas a cobrar en intimaciones y certificados de cuota omitida, como intimaciones correspondientes a ejercicios anteriores omitidas de informar en el ejercicio anterior. Asimismo se ajustaron las cuentas de multas ART y empleadores, en virtud del relevamiento que realizo la Subgerencia de Asuntos Legales de juicios por tal concepto y que en base a conciliaciones periódicas realizadas con el área contable originaron ajustes.

Finalmente se modificó el criterio de contabilización de las transferencias a las provincias de los convenios firmados en el año 2001, optándose por su contabilización como anticipo a rendir, lo que originó ajustes de aquellas cuotas que fueron abonadas con anterioridad a dicha fecha.

CONCEPTO DEL AJUSTE

HISTORICO

(30/06/01)

AJUSTADO

(30/06/02)

INTIMACIONES CTA. OMITIDA

3.118.846.29

3.487.358,56

LIQUIDACIONES CTA. OMITIDA

229,84

702,00

CERTIFICADOS CTA. OMITIDA

(8.076,19)

(9.038,93)

PREV. CERTIF. CTA. OMITIDA

988,42

1.817,55

ACUERDOS CTA. OMITIDA

2.154,65

3.962.07

MULTAS ART

(284.000,00)

(465.191,25)

MULTAS EMPLEADORES

(29.259,14)

(56.551,61)

PREV.INTIM.CTA.OMITIDA

17.304,55

31.820,44

ANTICIPO CON PROVINCIAS

(47.000,00)

(86.425,87)

OTROS PASIVOS

3.378,36

6.202.29

TOTAL

2.774.566,78

2.914.665,34

R.E.I.

140.098,56

—,—

TOTAL AJUSTADO

2.914.665,34

2.914.665,34

NOTA 9 - REMANENTE DE LA PRIMA NETA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO DE EJERCICIOS CERRADOS A PARTIR DE 07/99.

La Superintendencia de Seguros de la Nación informó por nota, que en un todo de acuerdo con el Decreto 577/96, no correspondía transferir fondos por el balance cerrado al 30/06/2001, dejando constancia en Nota a los Estados Contables Nro. 6, donde establece que se procedió a comparar el cálculo de la reserva, con el saldo de la Reserva resultante no correspondiendo distribuir remanentes al presente Fondo de Garantía.

NOTA 10 - SITUACION DE LAS PROVINCIAS FRENTE A LA LRT

Existen controversias con las provincias sobre la aplicabilidad de la LRT en virtud del rechazo de las mismas a su inclusión, en carácter de empleador, dentro del sistema de riesgos de trabajo de la ley 24.557, en el marco del Consejo Federal del Trabajo de la República Argentina, argumentando que "es potestad de las provincias normar la relación con los agentes públicos provinciales, en especial en lo que hace a la salud, higiene y seguridad y lo relativo al tratamiento de la prevención y reparación de los infortunios laborales". Con respecto a la situación actual de las provincias, la Subgerencia de Operaciones informó sobre la existencia de 10 provincias que se encuentran afiliadas o autoaseguradas al sistema, mientras que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otras 13 provincias no se encuentran afiliadas. A la fecha no se registran pagos por cuotas omitidas.

Los presentes estados contables no registran importe alguno por estos conceptos.

NOTA 11 - UNIVERSO TOTAL DEUDA PRIVADA

El sistema de cálculo de deuda al Fondo de Garantía está operativo para la intimación, confección de la liquidación, confección del certificado y creación de planes de pago a nivel de CUIT; no obstante se sigue trabajando en el mismo a efectos de desarrollar nuevos módulos y perfeccionar los que se encuentran operativos. Asimismo el sistema no emite el Universo de las intimaciones de deuda, dado que el área de procesos selecciona en base a rangos determinados previamente. En cuanto a la información que remite la AFIP, para determinar la base de los deudores del Fondo de Garantía, la misma presenta inconsistencias tales como atraso en el envío de la información, desactualización de la base de domicilio, diferencias entre las remuneraciones comparadas con la cantidad de trabajadores, falta de presentación de declaración jurada o presentación alternada de las mismas, etc.

Con respecto a la metodología empleada para el cálculo de cuota omitida correspondiente a aquellos créditos liquidados bajo los lineamientos de la Resolución SRT 490/99, se ha sancionado la Resolución SRT 312/02 de fecha 11/09/02 donde se aprueban las alícuotas promedio para cada una de las actividades presentes en el Clasificador Internacional, Industrial, Uniforme (CIIU) correspondientes a los años calendarios 1996 a 2001.

NOTA 12 - FONDO DE REZAGO

"Se considera rezago a los fondos ingresados en concepto de recursos de la Seguridad Social que no se han distribuido por no poder individualizarse la Aseguradora de Riesgos del Trabajo a la que le corresponden".

Al respecto, no se encuentran registrados en los presentes Estados Contables los fondos depositados en la cuenta denominada "Fondo de Rezago", de titularidad del Instituto Nacional de los Recursos de la Seguridad Social (INARSS), que al cierre del ejercicio asciende a $ 10.461.063,33 (pesos diez millones cuatrocientos sesenta y un mil sesenta y tres con 33/100). De acuerdo a los datos existentes existen $ 7.946.221,36 (pesos siete millones novecientos cuarenta y seis mil doscientos veintiuno con 36/100) que corresponderían al Fondo de Garantía.

Oportunamente se inició el Expediente SRT nro. 773/99 con el fin de dictar una Resolución definiendo la transferencia de dichos fondos al Fondo de Garantía por tratarse de pagos imputados a períodos en los que los empleadores que los habían realizado no tenían afiliación, lo que los constituía en deudores de cuotas omitidas.

No obstante, con fecha 19 de noviembre de 2002, la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social emitió un instructivo sobre el tratamiento y distribución de los recursos de la Seguridad Social en condiciones de Rezago. En relación con la Cuenta "Ley sobre Riesgos del Trabajo" estableció que los pagos realizados por empleadores no afiliados cuya imputación corresponde a períodos posteriores a la extinción por falta de pago de su contrato, se distribuirán conforme el criterio que fijará más adelante; y con respecto a los pagos ingresados bajo otros supuestos se transferirán al Fondo de Garantía. Esta metodología a que se hace referencia regirá para los fondos de rezago acumulados hasta la fecha de la presente instrucción y, para aquellos que encuentren la misma imposibilidad de ser distribuidos en el futuro.

NOTA 13 – CONTINGENCIAS

A la fecha de los estados contables, existe un juicio sobre "malversación de fondos" (eventual utilización del FG para erogaciones por $ 1.998.930,57, que no encuadrarían en las autorizadas por el Dto. 491/97 art. 11), que tramita ante el Juzgado Federal Nro 8 en la Causa 4587/00, cuya resolución podrá originar ajustes a los presentes estados contables. Se encuentra en término la pericia ampliatoria requerida por una de las partes imputadas. Asimismo tramita en causa nro.1766/01 ante el Juzgado Federal nro.7 Secretaría Nro. 14, un juicio con carátula "NN s/delito de acción pública" y en la cual se investigan irregularidades producidas durante el año 1999, referidas a los gastos realizados durante dicho año encausados en el Decreto Nro. 491/97 art. 10 inc. 4.

Existen demandas contra el FG por un total de $ 1.067.343,89 que se encuadran el inc. D del art. 10 de la Disposición 38/01 de MEOYSP, estimándose alta la probabilidad de ocurrencia.

NOTA 14 - HECHOS POSTERIORES AL CIERRE

El 17 de setiembre de 2002 se ha publicado en B.O. el decreto nro. 1848/02 que ha establecido un monto mínimo de $ 5.000,- para la procedencia de las reclamaciones interadministrativas pecunarias —importe que debe considerarse respecto del capital por el que se efectuó la pertinente liquidación —, a raíz del cual, la Procuración del Tesoro de la Nación ha dictaminado que se ha tornado incompetente para intervenir en los reclamos en curso por monto inferiores a ese importe —considerado el capital de la liquidación pertinente—, motivo por el cual los reclamos en curso o a iniciarse por montos inferiores a los pesos cinco mil ($ 5.000,-) deberán ser considerados en el próximo ejercicio como incobrables y por ende iniciar las actuaciones administrativas correspondientes para cumplir con la normativa vigente en dicha materia.

El 07 de noviembre de 2002 se ha publicado en el B.O. el Decreto nro. 2239/02 que aprueba el plan de inclusión de empleadores (PIE), que afectará la registración de las cuotas omitidas. Dicho plan consiste básicamente en la posibilidad que se le brinda a los empleadores privados, autoasegurados y las jurisdicciones del Estado Nacional, las provincias y los municipios, que adeuden cuota omitida, de suscribir un acuerdo-compromiso con la SRT, dentro de los seis meses contados de la publicación, mediante el cual se suspenden todos los procesos administrativos y los términos procesales correspondientes y se da un plazo de gracia de un año para pagar la deuda, pagando a partir de dicho momento la misma en 60 cuotas como máximo. A partir de la suscripción los empleadores podrán realizar inversiones en el marco de un programa Adicional de Prevención de Riesgos Laborales, las que le serán mensuradas económicamente, certificadas y tomadas como pago a cuenta de la cancelación de la deuda reconocida. Asimismo deberán garantizar las condiciones de permanencia en el régimen de autoseguro sin perjuicio de poder realizar las inversiones antes mencionadas. Cabe destacar que la SRT aún no ha dictado las disposiciones complementarias y aclaratorias relativas al procedimiento que se establece en la presente medida, resultando imposible a la fecha valorizar el impacto económico que representará.

NOTA 15 - RESERVA DEL FONDO DE GARANTIA

La Resolución SRT 109/02 de fecha 18 de Abril de 2002 determinó el FG para el período comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002, en pesos cuatro millones cuatrocientos treinta y seis mil pesos ( $ 4.436.000), determinado el excedente para el mismo período antes mencionado en pesos trece millones seiscientos setenta y un mil ochocientos ochenta y ocho con 85/100 ( $ 13.671.888,85). Asimismo establece que para el período 2001-2002 fue necesaria la aplicación del FG para la atención de insuficiencias patrimoniales de empleadores por un total de pesos treinta mil ciento cincuenta y cinco con 32/100. ($ 30.155,32) correspondiente a dos casos de acuerdo al siguiente detalle:

"Ydraste Luisa Haydee C. Chalita Ernesto Felipe s/Accidente ley 9688"

$ 3.645,32

"Silva Felipe Saturnino C/Nubiko SA S/Acción Declarativa"

$ 26.510,00

El cálculo del FG es determinado por la Coordinación de Sistemas, a través del Departamento de Estudio y Estadísticas, el cual optó por calcular el FG en base al art. 10 apartado c) ítem I de la Ley 24.557 mediante experiencias previas de ejecución del mismo.

Para una correcta estimación del excedente, se contemplaron tres elementos determinantes:

1) Montos reclamados al Fondo de Garantía en períodos anteriores

2) Cantidad de posibles demandantes al Fondo de Garantía en el ejercicio correspondiente, según lo establece el artículo 29 de Ley 24.557

3) Probabilidad de recibir reclamos correspondientes a ejercicios económicos anteriores

Debido a que el propio FG de la Ley mencionada no poseía experiencia por no contar con series de datos empíricos que permitan realizar estimaciones de su afectación, consideró la ejecución financiera del FG de la Ley de Accidentes de Trabajo Nro. 24.028 entre el año 1992 y el 2001, cuya información fue provista por el Responsable del Fondo de Garantía de la ANSES, ponderándolo por la cantidad de posibles demandantes según lo establece la Ley sobre Riesgos del Trabajo. Asimismo como dicho fondo estaba destinado a los casos de insolvencia de todos los empleadores, cubriendo un amplio universo de empresas que hoy se encuentran mayoritariamente afiliadas a alguna ART, el organismo procedió a determinar los porcentajes de los potenciales gestadores de demandas al FG, en base a información disponible de AFIP, Encuesta Permanente de Hogares (EPH) y el Censo Nacional de Población y Vivienda, a saber:

a) Que no se encuentren afiliado a una aseguradora;

b) Que no se hallan autoasegurado;

c) Que no sean empleadores del sector público;

Luego de la depuración antes mencionada, se procede a calcular el impacto originado por un incremento en las prestaciones respecto del anterior sistema, como así también las mejoras a las prestaciones impulsadas en diferentes proyectos modificatorios de las prestaciones de la LRT.

Finalizando el procedimiento, se incorpora la probabilidad de recibir reclamos de prestaciones correspondientes a los periodos no prescritos, reservando en consecuencia el 50% de los valores estimados oportunamente para los ejercicios económicos Nros. 4 y 5.

NOTA 16 - PROYECTO DE RESERVA DEL FONDO DE GARANTIA

El FG para el período 30 de junio de 2002 al 30 de junio 2003, fue determinado por el Departamento de Estudios y Estadísticas en $ 6.850.000,00 para cubrir las prestaciones potenciales correspondientes a la ejecución del FG, según el mecanismo establecido en la nota precedente, quedando determinado el excedente de dicho fondo en $ 18.721.603,22

NOTA 17 - ESTADO DE LOS LIBROS CONTABLES Y LEGALES

Como consecuencia de la Nota 13 apartado b), mediante diligencia de fecha 10 de octubre de 2000, fueron secuestrados los libros contables y legales del FG. Fue solicitada la entrega de los mismos, ante el juzgado interviniente, con la finalidad de proceder a la transcripción correspondientes, no dando el mismo lugar a dicho pedido.

Por tal motivo hemos procedido a la compra de los libros contables necesarios, los que han sido rubricados por el auditor interno, procediendo a la transcripción de los estados contables finalizados con fecha 30 de junio de 2000, 30 de Junio de 2001 y los presentes estados contables.

e. 2/5 N° 413.282 v. 2/5/2003