DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 231/2003

Prorrógase la entrada en vigencia de la Disposición Nº 88/2003, prorrogada por su similar Nº 169/2003, referida a las reinscripciones en el Registro de Mandatarios.

Bs. As., 30/4/2003

VISTO las Disposiciones D.N. Nº 169/03 y 201/03, y

CONSIDERANDO:

Que por la primera de las normas mencionadas en el VISTO se dispuso la prórroga de la puesta en vigencia de las Disposiciones D.N. Nº 88/03 —por la que se modifica el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor Título I, Capítulo XII—y D.N. Nº 89/03 —por la que se establece la reinscripción de los mandatarios inscriptos en el Registro de Mandatarios que lleva esta Dirección Nacional— fijándose asimismo el plazo en que se daría comienzo a la misma.

Que mediante Disposición D.N. Nº 201/03 se estableció la fecha de entrada en vigencia de los Formularios "59" Identificación del Mero Presentante y "59M" Identificación del Mandatario, fijándose al igual que respecto de la Disposición mencionada precedentemente como fecha de vigencia la del 5 de mayo de 2003.

Que razones operativas tornan necesario prorrogar la entrada en vigencia de las normas mencionadas, estableciendo al mismo tiempo un nuevo plazo para la presentación a la reinscripción de los mandatarios.

Que las facultades para el dictado de la presente surgen del artículo 2º, incisos a) y c) del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1º — Prorrógase hasta el 26 de mayo de 2003 la entrada en vigencia de la Disposición D.N. Nº 88/03, prorrogada por Disposición D.N. Nº 169/03, modificatoria del Digesto de Normas Técnico-Registrales Título I, Capítulo XII.

Art. 2º — Prorrógase hasta la fecha indicada en el artículo anterior la entrada en vigencia de la Disposición 89/03 y modifícase el plazo que ella establece para solicitar la reinscripción de los mandatarios inscriptos en el Registro de Mandatarios que lleva esta Dirección Nacional el cual comenzará en el día 26 de mayo de 2003 y concluirá el día 24 de julio de 2003.

Art. 3º — Prorrógase hasta la fecha indicada en el artículo 1º la entrada en vigencia de la Disposición D.N. Nº 90/03, la que fuera establecida oportunamente por Disposición D.N. Nº 201/03.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Jorge Landau.