Administración Federal de Ingresos Públicos

OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución General 1499

Procedimiento. Vencimientos fijados para el período comprendido entre los días 21 de abril y 22 de mayo de 2003, ambas fechas inclusive. Presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

Bs. As., 2/5/2003

VISTO las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, por la Resolución General N° 1392 (AFIP) y Resolución General N° 19 (INARSS), y

CONSIDERANDO:

Que los acontecimientos que son de dominio público, originados en los fenómenos meteorológicos relacionados con el desborde producido en la cuenca del río Salado, han afectado a distintas secciones departamentales de la Provincia de Santa Fe, imposibilitando a determinados contribuyentes y responsables cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso de pago.

Que en consecuencia, se entiende razonable contemplar la situación descrita, respecto del Departamento La Capital y de determinados distritos de los Departamentos San Cristóbal, Las Colonias, San Justo, San Javier, Garay, 9 de Julio y Vera, disponiendo las fechas hasta las cuales las mencionadas obligaciones serán consideradas cumplidas en término.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso, de pago, a cargo de los contribuyentes y responsables que desarrollen su principal actividad económica en jurisdicción del Departamento La Capital y los distritos afectados de los Departamentos San Cristóbal, Las Colonias, San Justo, San Javier, Garay, 9 de Julio y Vera de la Provincia de Santa Fe, correspondientes a los impuestos y recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados entre los días 21 de abril y 29 de mayo de 2003, ambas fechas inclusive, se considerarán cumplidas en término, siempre que se satisfagan hasta el día 30 de mayo de 2003, inclusive.

(Expresión "22 de mayo de 2003" sustituida por la expresión "29 de mayo de 2003" por art. 1° de la Resolución General N°1500/2003 B.O. 13/5/2003)

Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Alberto R. Abad.