INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 1087/2003

Bs. As., 28/4/2003

VISTO lo establecido por el artículo 3° del Decreto N° 1536/02, de fecha 20 de Agosto de 2002, las Resoluciones Nros. 1282/02/INCAA de fecha 16 de Octubre de 2002 y 0285/03/INCAA, de fecha 10 de Febrero de 2003 y el proyecto elevado por la Gerencia General del Instituto en base a la propuesta elaborada por la Unidad de Administradores Gubernamentales del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 0285/03/INCAA se aprobaron las aperturas organizativas de primer y segundo nivel del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que en el artículo 4° de la Resolución mencionada en el VISTO se estableció que dentro, del plazo de SESENTA (60) días corridos desde la entrada en vigencia de la misma se aprobaría la apertura organizativa de tercer y cuarto nivel del Organismo.

Que resulta conveniente proseguir la reorganización del Instituto mediante la definición de la división del trabajo correspondiente a las unidades organizativas de tercer y cuarto nivel, expresada como las acciones que cada una de ellas debe desarrollar.

Que la reorganización propuesta concurre a una mayor transparencia en el funcionamiento del Organismo.

Que a fin de cumplir con el buen funcionamiento del Organismo, es necesario nombrar a los agentes para ocupar los cargos, de acuerdo a la estructura organizativa.

Que asimismo, corresponde se nombre a los agentes que ocuparán los cargos administrativos en cada una de las Gerencias, Departamentos, Divisiones y Secciones.

Que en la Resolución mencionada en el primer considerando no se ha efectuado la cobertura de todos los cargos allí mencionados, por lo que corresponde designar al Jefe del Departamento de Capacitación de la Gerencia de Desarrollo Educacional.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete.

Que conforme el artículo 3° del Decreto N° 1536/02 es facultad del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES establecer la estructura organizativa del Organismo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse las aperturas organizativas de tercer y cuarto nivel del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según los Anexos I, Organigrama.

ARTICULO 2° — Cada una de las Gerencias determinará las acciones que le correspondan a cada una de las Divisiones y Secciones dependientes de las mismas.

ARTICULO 3° — Nómbrase a los agentes mencionados en el ANEXO II de la presente para ocupar los cargos allí mencionados, los que a partir del 1 de Mayo de 2003 gozarán de estabilidad (régimen Ley de Contrato de Trabajo, SINAPA o la reglamentación que al efecto se dicte conforme Decreto N° 1536/02, según corresponda). Se deja constancia que aquellos agentes que al momento del dictado de la presente Resolución se encontraban encuadrados dentro del Régimen del SINAPA seguirán en el mismo y aquellos agentes que adquieren estabilidad a partir del dictado de la presente no importa la creación de un nuevo SINAPA.

ARTICULO 4° — Nómbrase a los agentes mencionados en el ANEXO III de la presente Resolución para cumplir las funciones de las distintas Gerencias, Departamentos, Divisiones y Secciones, los que a partir del 1 de Mayo de 2003 gozarán de estabilidad (régimen Ley de Contrato de Trabajo, SINAPA o la reglamentación que al efecto se dicte conforme Decreto N° 1536/02, según corresponda). Se deja constancia que aquellos agentes que al momento del dictado de la presente Resolución se encontraban encuadrados dentro del Régimen del SINAPA seguirán en el mismo y aquellos agentes que adquieren estabilidad a partir del dictado de la presente no importa la creación de un nuevo SINAPA.

ARTICULO 5° — Nómbrase en el cargo de Jefe de Capacitación del Departamento de Capacitación de la Gerencia de Desarrollo Educacional a Pablo Esteban WISZNIA, con D.N.I. N° 16.559.337.

ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JORGE COSCIA, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

e. 20/5 N° 414.900 v. 20/5/2003