HOMENAJES
Decreto 1234/2003
Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 1034/94, con la finalidad de actualizar la nómina de los integrantes de la Comisión Permanente Nacional de Homenaje al Teniente General Juan Domingo Perón.
Bs. As., 21/5/2003
VISTO los Decretos Nros. 1034/94, 1573/94 y 622 del 26 de abril de 1995 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1034/94 se creó en jurisdicción de la PRESIDENCIA DE LA NACION, una Comisión Honoraria de Homenaje y Conmemoración del 20° Aniversario del fallecimiento del ex Presidente de la Nación, Teniente General D. Juan Domingo PERON.
Que, asimismo, la citada Comisión se integró con personalidades vinculadas a la trayectoria del ex Presidente de la Nación.
Que, posteriormente, por Decreto N° 1573/94 se le acordó carácter permanente y nacional al organismo de que se trata, denominándose COMISION PERMANENTE NACIONAL DE HOMENAJE AL TENIENTE GENERAL JUAN DOMINGO PERON.
Que, atento el tiempo transcurrido, resulta necesario actualizar la nómina de los integrantes de la citada Comisión.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99 incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 1034/94 por el siguiente:
"ARTICULO 2° — La citada Comisión estará integrada por las siguientes personas:
Angel Federico ROBLEDO
José María CASTIÑEIRA DE DIOS
Alberto Luis ROCAMORA
Mariano Alejandro PAZ
Irma ROY
Antonio Francisco CAFIERO
Ricardo OBREGON CANO
Juan José TACCONE
Carlos Arturo JUAREZ
Benito Enrique CHAVEZ
Manuel QUINDIMIL
Lorenzo Antonio PEPE
Nélida Antonia DOMINGUEZ de DE MIGUEL
Jesús Abel BLANCO
Esther Haydée PEREYRA ARANDIA de PEREZ PARDO
Lecio Linng ROMERO
Roberto DI SANDRO
Oscar Jorge CASTELLUCCI
Ernesto Jorge TENENBAUM".
Art. 2° — La Comisión invitará a los ex Presidentes de la Nación vinculados con la trayectoria del Teniente General Juan Domingo PERON a formar parte de la misma, en carácter honorario.
Art. 3° — Derógase el artículo 3° del Decreto N° 1034/94.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Jorge R. Matzkin.