MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 123/2003

Modifícase el Decreto N° 357/2002, con la finalidad de reordenar las responsabilidades de las distintas áreas de la citada Jurisdicción, en función de nuevas competencias asignadas.

Bs. As., 2/6/2003

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorios y complementarios y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley citada en el Visto se establecieron los ministerios que conforman la organización de la Administración Pública Nacional y sus competencias.

Que por el Decreto N° 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en función de las nuevas competencias asignadas.

Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de responsabilidades y competencias, en función de la necesidad del reordenamiento mencionado.

Que este reordenamiento requiere una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos propuestos.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, - Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional - el Apartado XIV correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente artículo se acompaña.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II, al Artículo 2° del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, — Objetivos—, el Apartado XIV correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — El JEFE DE GABINETE DEL SEÑOR MINISTRO, será considerado, para los efectos del presente Decreto, con rango de Secretario.

Art. 4° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 993/91 (t.o. 1995).

Art. 5° — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la jurisdicción.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Rafael A. Bielsa.

Anexo al artículo 1°

XIV.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

— SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

• SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

• SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL

• SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA

• SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR

— SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

• SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA Y MERCOSUR

• SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERNACIONAL

— SECRETARIA DE CULTO

• SUBSECRETARIA DE CULTO

Anexo al artículo 2°

XIV.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

OBJETIVOS:

1.- Entender desde el punto de vista de la política exterior en las relaciones con todos los países y los organismos internacionales, y coordinar con las otras Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los diversos aspectos de la política exterior y su armonización en base a los criterios funcionales y geográficos.

2.- Formular las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nucleares y espaciales, los vinculados a territorios y espacios marítimos bajo disputa de la soberanía en el Atlántico Sur, las cuestiones de derecho internacional, de política migratoria y del desarrollo de zonas de frontera, en los asuntos internacionales relativos a la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, política de desarme, seguridad y terrorismo internacional, operaciones de mantenimiento de paz preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, preservación de los recursos del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así como del espacio aéreo.

3.- Entender en la determinación de la política, la elaboración de planes y programas, y en la representación del Estado Nacional ante los organismos internacionales en materia de derechos humanos y en aquellas relativas a la condición y situación de la mujer, dentro del ámbito de la política exterior, e intervenir en la reforma de la legislación nacional en dichas materias.

4.- Formular la planificación de la política antártica e intervenir en la ejecución de la actividad antártica.

5.- Colaborar en la formulación y ejecución del programa internacional denominado CASCOS BLANCOS, ampliando las políticas y determinando las acciones de asistencia humanitaria internacional, ayuda de emergencia y rehabilitación para el desarrollo a nivel internacional, su implementación, financiación y ejecución, en coordinación con los Organismos competentes del sistema de NACIONES UNIDAS y con la CRUZ ROJA INTERNACIONAL.

6.- Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de asuntos consulares, y elaborar las instrucciones a las representaciones consulares relativas a la aplicación de las normas que fijan normas administrativas.

7.- Formular y ejecutar las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a las cuestiones de política migratoria en coordinación con la autoridad migratoria nacional.

8.- Entender en la promoción y difusión de la imagen de la República en el exterior coordinando, previamente, con los organismos que correspondan, como así también en la política cultural exterior.

9.- Entender en la concesión del derecho de asilo y en la condición de refugiado.

10.- Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos, y de las misiones diplomáticas y consulares, para asegurar la eficiencia y dinámica de los servicios, y asegurar el asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del Ministerio.

11.- Entender en la política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación internacional propuestas y las alternativas de financiación.

12.- Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión económica, financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios y de los demás bienes del Ministerio.

13.- Entender y asesorar en los asuntos en que se deban aplicar los principios y las normas del derecho internacional público y privado.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS:

1.- Entender en la coordinación institucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y los Organismos y Autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal, Entes Regionales e Instituciones intermedias.

2.- Intervenir en materia institucional en lo referente a las relaciones con las sociedades y entidades de carácter civil, como así también en los organismos no gubernamentales, en el ámbito de las relaciones internacionales.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL

OBJETIVOS:

1.- Administrar y controlar los recursos vinculados con la gestión económica, financiera y patrimonial de la jurisdicción.

2.- Actuar en la planificación y en las actividades relativas a los servicios de infraestructura, de mantenimiento y servicios y los demás bienes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

3.- Asistir al Secretario en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

4.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

5.- Intervenir en la política y establecer los cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional, y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación propuestas y alternativas de financiación.

6.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

7.- Intervenir en la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, como así también la planificación de las actividades de administración.

8.- Coordinar la aplicación de políticas de administración y gestión de recursos humanos.

9.- Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

10.- Instruir los sumarios administrativos disciplinarios y otras investigaciones administrativas ordenadas en la jurisdicción.

11.- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

12.- Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

13.- Prestar asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del Ministerio, tramitar rogatorias judiciales y pedidos de extradición con la intervención del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

14.- Prestar apoyo a la Junta Calificadora del personal del Servicio Exterior y a los órganos del personal del Servicio Civil.

SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA

OBJETIVOS:

1.- Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la integración política con los países latinoamericanos, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace;

2.- Programar los objetivos y formular las estrategias de negociación y planificación de las actividades ante los Organismos Internacionales, conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de desarrollo tecnológico, vinculadas con la región, coordinando con las demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial y extraministerial.

SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR

OBJETIVOS:

1.- Realizar las gestiones internacionales de carácter bilateral o multilateral con los países de AMERICA DEL NORTE, EUROPA, AFRICA, ASIA Y OCEANIA, relacionados con temas políticos, como así también la identificación y la elaboración de los objetivos de política exterior, así como los vinculados con las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR y ANTARTIDA, la seguridad y los recursos de los espacios marítimos relevantes del Atlántico Sur. Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones que se realicen en los Organismos Internacionales, con excepción de los pertenecientes a LATINOAMERICA y EL CARIBE.

2.- Realizar el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación permanente de las relaciones internacionales en temas vinculados a la seguridad internacional y a los asuntos estratégicos, las relaciones exteriores en materia de defensa, las cuestiones de desarme y los asuntos nucleares y espaciales.

3.- Colaborar en la programación de los objetivos y planificación de las actividades ante reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros en que la República sea parte, organismos y entidades internacionales, así como en las instrucciones que corresponde impartir en cada caso, y en su ejecución.

4.- Intervenir en las acciones de los asuntos internacionales relativos a la lucha contra el uso indebido de las drogas, narcotráfico, seguridad y terrorismo internacional, política de desarme, operaciones de mantenimiento de paz, derechos humanos, en materia de la condición y situación de la mujer dentro del ámbito de la política exterior, preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente. Intervenir en la concesión del derecho de asilo y en la condición de refugiado.

5.- Intervenir en la promoción y difusión de la imagen de la República en el exterior, coordinando, previamente, con los organismos que correspondan, como así también en la política cultural exterior.

SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS:

1.- Formular desde el punto de vista de la política exterior, los cursos de acción a seguir en materia de negociaciones económicas y comerciales tanto bilaterales como multilaterales con todas las Naciones con las que la REPUBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, con los Organismos Regionales y Subregionales, propendiendo a la integración económica entre las que componen el continente americano, profundizando dicha integración con las naciones latinoamericanas y conducir la política a fin de cumplimentar lo señalado.

2.- Entender en la política y cursos de acción a seguir en materia de promoción comercial y todo lo relacionado con la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos preferentes, de naturaleza económica, comercial y financiera, proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su ejecución.

3.- Entender en toda negociación entre las autoridades provinciales y los representantes de terceros países que implique alguna obligación en la que se prevean garantías por parte del ESTADO NACIONAL.

4.- Promover las políticas y estrategias de la República en materia de negociaciones económicas y comerciales bilaterales y las multilaterales a través de los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales, e impartiendo las directivas e instrucciones a las Representaciones de la República ante gobiernos extranjeros, Organismos Internacionales Económicos y Comerciales y en las delegaciones en las que participe en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales, interviniendo también en aquéllas de naturaleza monetaria y financiera.

SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA Y MERCOSUR

OBJETIVOS:

1.- Diseñar políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo económico y a la integración bilateral con los diferentes países de AMERICA DEL NORTE, CENTRAL, DEL SUR y EL CARIBE, y la integración económica multilateral a nivel regional y continental.

2.- Concretar los objetivos prioritarios planteados en la política exterior con respecto al MERCOSUR, a la ALADI y al ALCA, implementando los mecanismos de integración entre ambos procesos.

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERNACIONAL

OBJETIVOS:

1.- Ejecutar la política comercial internacional, promoviendo la oferta de los productos y servicios nacionales atendiendo a la demanda de los mercados extranjeros, incluyendo la promoción de naturaleza comercial y participar en las actividades de promoción de inversiones y turismo.

2.- Intervenir en la elaboración de las instrucciones y directivas para las Representaciones de la República y delegaciones oficiales en el aspecto comercial internacional.

SECRETARIA DE CULTO

OBJETIVOS:

1.- Entender en la formulación de políticas referidas a las relaciones de la República con la Santa Sede y con la Soberana y Militar Orden de Malta y en lo inherente a la conclusión de los instrumentos internacionales, incluyendo la negociación y celebración de comodatos y acuerdos que se relacionen con la materia religiosa y/o culto en los que participe la República, y en lo inherente a las reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros y entidades internacionales que se relacionen con la materia religiosa y/o culto.

2.- Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica Apostólica y Romana, así como en la centralización de las gestiones que ante las Autoridades Públicas hiciera la Iglesia, las entidades y las personas de culto católico, especialmente con relación a asuntos episcopales y otros asuntos eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto Católico Apostólico y Romano, así como en el otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.

3.- Actuar en todo lo inherente a las relaciones de Gobierno con todas las iglesias cristianas no católicas y católicas, y las demás organizaciones religiosas que funcionan en el país, así como en la centralización de las gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren las mismas. Entender en el registro de las entidades religiosas no católicas e institutos de vida consagrada, que ejerzan su actividad en el territorio Nacional y asistir al señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a efecto de garantizar la libre profesión de su culto a todos los habitantes de la Nación.

SUBSECRETARIA DE CULTO

OBJETIVOS:

1.- Identificar, planificar y coordinar las políticas atinentes a las relaciones del Estado Nacional con la Iglesia Católica Apostólica y Romana, la Conferencia Episcopal Argentina, Arzobispado y Obispado, Institutos de Vida Sagrada y otras personas eclesiásticas y el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento de las normativas del culto católico.

2.- Programar los objetivos y formular las estrategias atinentes a las relaciones del Estado Nacional con las Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica y Romana.

3.- Intervenir en las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Cultos y su cancelación.