MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Disposición Nº 77/2003

Delegación de Facultades Jurisdicción Administrativa. Funcionarios de la D.G.I.

Bs. As., 27/6/2003

VISTO, el Decreto Nº 871/03, publicado en el Boletín Oficial de fecha martes 15 de abril de 2003,y

CONSIDERANDO:

Que a través de la norma mencionada se faculta a la Dirección General Impositiva a resolver en determinados supuestos la apelación o consentimiento de las sentencias del Tribunal Fiscal de la Nación.

Que por las razones expuestas en los fundamentos del Decreto Nº 871/03, se prevén ciertas hipótesis en que la Dirección General Impositiva está autorizada para resolver, sin cumplir con la elevatoria de autorización ministerial que contempla el artículo 193 de la Ley Nº 11.683, t.o. en 1.998, reformado por Ley Nº 25.720.

Que por razones de competencia y especialización, corresponde establecer la dependencia que entenderá en la sustanciación y decisión de dichos procedimientos, delegando la función respectiva.

Que la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva resulta ser la dependencia indicada para pronunciarse en tal sentido, debiéndose destacar que la misma tenía encomendada dicha función con anterioridad a la reforma establecida por la Ley Nº 25.720.

Que la Dirección de Asuntos Legales Administrativos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DISPONE:

ARTICULO 1º — Delegar en el Subdirector General de la Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva la facultad de autorizar el consentimiento o apelación de las sentencias contrarias a la posición fiscal, dictadas por el Tribunal Fiscal de la Nación, en los supuestos y condiciones establecidos por el Decreto Nº 871/03.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva, Administración Federal de Ingresos Públicos.

e. 30/6 Nº 419.267 v. 30/6/2003