MERCOSUR/CMC/DEC. N° 06/03

ACUERDOS EMANADOS DE LA XXIII REUNION DE MINISTROS DEL INTERIOR DEL MERCOSUR, DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA Y DE LA REPUBLICA DE CHILE

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 07/96, 14/96 y 12/97 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que en los términos del Artículo 8, inciso VI del Protocolo de Ouro Preto, compete al Consejo del Mercado Común pronunciarse sobre los Acuerdos remitidos por las Reuniones de Ministros;

Que los avances alcanzados en el ámbito de la Reunión de Ministros del Interior, son esenciales para la consolidación del MERCOSUR.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

Art. 1 — Aprobar los Acuerdos firmados en el ámbito de la XXIII Reunión de Ministros del Interior por el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile:

— Acuerdo sobre Complementación del Plan General de Seguridad Regional en Materia de Contrabando y Tráfico Ilícito de Productos Derivados del Tabaco entre los Estados Parte del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, que consta como Anexo I.

— Acuerdo sobre Complementación del Plan General de Seguridad Regional en Materia de Robo de Mercaderías en Tránsito entre los Estados Parte del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, que consta como Anexo II.

— Acuerdo sobre Complementación del Plan General de Seguridad Regional en Materia de Piratería entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, que consta como Anexo III.

— Acuerdo sobre Conformación de una Red de Comunicaciones entre los Estados Parte del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, que consta como Anexo IV.

Art. 2 — Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXIV CMC - Asunción, 17/VI/03