DECRETO 491/2003
MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Decláranse, bien de interés histórico
nacional al sector de la traza urbana de Carmen de Patagones, partido
de Patagones, provincia de Buenos Aires; monumentos históricos
nacionales a determinados inmuebles; lugares históricos nacionales a
diversos sitios de la mnecionada ciudad y bienes de interés histórico y
cultural de la Nación a los trofeos existentes en la Iglesia Parroquial
de Nuestra Señora del Carmen y a los archivos conservados en el Museo
Histórico Regional "Emma Nozzi", también de la ciudad de Carmen de
Patagones. Modificación del Decreto Nº 5407/62, en relación con la
nueva localización de los restos del Comandante Luis Piedrabuena, en la
citada Iglesia Parroquial.
Bs. As. 21/7/2003
VISTO el expediente Nº 3409/2002 de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, por el cual se propone la declaración como
bien de interés histórico nacional del casco antiguo de CARMEN DE
PATAGONES, en reconocimiento a su calidad de poblado histórico; de
algunos inmuebles y objetos como monumentos históricos nacionales;
lugares históricos nacionales; y bienes de interés histórico y cultural
de la Nación, y del sepulcro del Comandante Luis PIEDRABUENA como
monumento histórico, modificando en forma parcial lo dispuesto por el
decreto 5407 del 12 de junio de 1962, a los fines de actualizar el
lugar donde descansan sus restos, y
CONSIDERANDO:
Que la fundación de Carmen de Patagones por Francisco de Viedma el
22 de abril de 1779 fue parte del Plan Patagónico, instituido por el
Rey Carlos III mediante real orden del 23 de marzo de 1778 para
formar una red de nuevas poblaciones a fin de consolidar la
soberanía sobre el litoral patagónico.
Que como única población subsistente del sistema mencionado, Carmen
de Patagones fue durante muchos años el último baluarte austral de
la presencia rioplatense en el Atlántico Sur, y como tal defendió
los intereses argentinos en muchas circunstancias, pero
especialmente en la heroica jornada del 7 de marzo de 1827, cuyos
trofeos conserva la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del Carmen
de dicha ciudad.
Que constituyó un centro de confluencia cultural y relaciones
comerciales entre las comunidades indígenas de la región, y todas
ellas con la población hispano - criolla local y con la comarca
bonaerense.
Que esa pacífica y constante convergencia étnica y cultural fue
reconocida, entre otros, por San Juan Bosco, quien dispuso
establecer allí el primer centro misional salesiano para la
Patagonia, y por monseñor José Fagnano y sor Ángela Vallese quienes
concretaron un proyecto de la Iglesia Católica para fundar en Carmen
de Patagones el Colegio de Santa María de las Indias, para la
educación común, interétnica, de niñas criollas e indígenas.
Que en la misma ciudad han tenido residencia figuras muy ilustres de
la historia nacional, como Ambrosio Mitre y su hijo el General
Bartolomé Mitre, el Comodoro Martín Rivadavia, y el Comandante Luis
Piedrabuena, este último nativo del lugar.
Que por el decreto 5407/1962 fue declarado monumento histórico el
sepulcro donde descansaban los restos del Comandante Luis
Piedrabuena, en el Cementerio de la Recoleta, de la Ciudad de Buenos
Aires, los que posteriormente, el 24 de agosto de 1987, fueron
trasladados al mausoleo erigido en la iglesia de Nuestra Señora del
Carmen, en Carmen de Patagones, por lo que corresponde modificar
dicha declaratoria, incluyendo su actual ubicación.
Que la citada Ciudad de Carmen de Patagones conserva un conjunto de
edificios construidos a partir de fines del siglo XVIII, algunos de
los cuales son testimonios memorables del acervo histórico nacional
y también muestras significativas de tipologías arquitectónicas
particulares.
Que, en cuanto conjunto urbano, mantiene una red de calles con
formas adaptadas a la topografía y un perfil característico de casas
bajas escalonadas en la barranca del río Negro, con las torres del
antiguo fuerte y de la iglesia matriz, en el sitio más alto,
generando un paisaje armonioso y original, por lo poco común en
nuestro país.
Que el Museo Histórico Regional " Emma Nozzi" del Banco de la
Provincia de Buenos Aires, conserva en su sede de Carmen de
Patagones el archivo documental más antiguo y valioso del sur
argentino.
Que el Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires a través de
los decretos 2141/1986 y 8578/1986 ha declarado al casco antiguo de
Carmen de Patagones como centro histórico provincial y polo de
desarrollo turístico de la provincia de Buenos Aires, y como de
interés provincial a las acciones para su preservación,
revitalización y recuperación del patrimonio habitacional.
Que la municipalidad del Partido de Patagones, en el marco del
convenio celebrado el 22 de abril de 1986 con la Comisión Nacional
de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, la provincia de
Buenos Aires y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, ha
promulgado las ordenanzas municipales 1571/1987 y 478/1990 con la
delimitación y normativa de conservación y puesta en valor del
centro histórico de la ciudad.
Que en Carmen de Patagones la topografía del terreno en pendiente
determinó que sus primeros pobladores excavaran viviendas en el
talud de la barranca, formando las denominadas cuevas maragatas.
Que la división parcelaria posterior ha deslindado los lotes de tal
manera que esas cuevas han resultado incorporadas a la parcela
trasera y de cota superior a aquella donde se asienta el edificio
principal.
Que en dos casas históricas existen cuevas en esa situación y su
salvaguarda requiere una afectación parcial de aquel sector del
subsuelo del predio a cuya superficie resultan jurídicamente
integradas.
Que la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares
Históricos aconseja la declaratoria como bien de interés histórico
nacional del casco antiguo de Carmen de Patagones en reconocimiento
de su calidad de poblado histórico.
Que la misma Comisión propone además, declaratorias específicas de
monumentos históricos nacionales para algunos edificios memorables;
de lugares históricos nacionales para los predios donde otros
existieron, y como bienes de interés histórico y cultural de la
Nación los trofeos del 7 de marzo de 1827 y los fondos documentales
del Museo Histórico Regional " Emma Nozzi" del Banco de la Provincia
de Buenos Aires.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido en el
art. 4 de la ley 12665 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º.- Declárase bien de interés histórico nacional, en
reconocimiento de su calidad de poblado histórico, al sector de la
traza urbana de Carmen de Patagones, Partido de Patagones, provincia
de Buenos Aires, delimitado por: la costa norte del río Negro desde
la calle Bernardino Rivadavia hasta encontrarse con la proyección de
la línea que determina la separación de la parcela 13 del resto de
las parcelas que conforman la quinta 123; la línea separatoria
constituida por la división de la quinta 124 con la manzana 124 a,
exceptuando la incorporación al casco histórico de la parcela 9 -
quinta 124 y las construcciones existentes en ella, las que también
deberán respetar lo normado para las edificaciones del área
histórica; la vivienda ubicada sobre la intersección de la calle
Pérez Brito y la proyección de la calle F. Pita ubicada sobre la
parcela 7 - quinta 125; la línea demarcatoria - siempre con criterio
frentista - que prosigue a través de las calles Pérez Brito y su
continuación Zambonini, hasta llegar a Marcelino Crespo y por ésta
con continuación sobre calle 7 de Marzo hasta Bernardino Rivadavia,
y por ésta hasta su intersección con el río Negro.
Art. 2º.- Decláranse monumentos históricos nacionales a cada uno de
los inmuebles siguientes situados en la ciudad de Carmen de
Patagones, Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires:
1) Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del Carmen, ubicada en
Comodoro Rivadavia 175 (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción
C, manzana 262, parcela 3);
2) Antigua vivienda del vecino fundador Bernardo Bartuille, hoy Casa
de la Cultura de la municipalidad de Patagones, ubicada en Mitre y
Comodoro Rivadavia (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C:
manzana 274, parcela 8);
3) Casa histórica "La Carlota", actual anexo del Museo Histórico
Regional " Emma Nozzi" ubicada en Mitre y Bynon (Datos catastrales:
secc. 1, circunscripción C: manzana 275, parcelas 12 y 13);
4) Antigua vivienda de la familia Rial, conocida también como "Casa
de Mitre" y como "Rancho de Rial" con su cueva maragata anexa,
ubicada en Mitre S/N (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C,
manzana 273, parcela 15 c y afectación parcial de subsuelo de la 15
b por la cueva maragata);
5) Antigua casa de la Real Hacienda conocida también como "Capilla
Vieja" - ex sede de la Firma Aguirre y Murga y del Colegio Salesiano
de Santa María de las Indias y de las sucursales de los bancos de la
provincia de Buenos Aires y de la Nación Argentina - actualmente
llamada "Casa Histórica del Banco de la Provincia de Buenos Aires en
Carmen de Patagones" y sede del Museo Histórico Regional " Emma
Nozzi" del mismo Banco con su cueva maragata anexa, ubicada en José
Juan Biedma 62/64 (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C,
manzana 282, parcela 1d y afectación parcial de subsuelo de las
parcelas 1a y 1b por las cuevas maragatas);
6) Antigua casa de Andrés García, ubicada en Mitre y Bynon (Datos
catastrales: secc. 1, circunscripción C, manzana 282, parcela 8); y
7) Casa que perteneció al Cardenal Juan Cagliero, actual anexo del
Museo Histórico Regional " Emma Nozzi" del Banco de la Provincia de
Buenos Aires, ubicada en José J. Biedma 56/58. (Datos catastrales:
secc. 1, circunscripción C, manzana 282, parcela 2b).
Art. 3º.- Decláranse lugares históricos nacionales a los siguientes
sitios de la ciudad de Carmen de Patagones, Partido de Patagones,
provincia de Buenos Aires:
1) Solares del Antiguo Fuerte de Nuestra Señora del Carmen y su
Plaza de Armas, ubicados entre las calles 7 de Marzo, Bynon, Doctor
Baraja y Olivera (Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C,
manzanas 262 y sin número, correspondiente a la actual Plaza "7 de
Marzo");
2) Solar de la casa natal del Comandante Luis Piedrabuena ubicado en
calle Roca y ribera del río Negro (datos catastrales: secc. 1,
circunscripción C, manzana sin número correspondiente al paseo
costanero);
3) Solar de la casa particular de Ambrosio Mitre y su familia,
ubicado en calle Harostegui sin número, entre Villegas y Zambonini
(Datos catastrales: secc. 1, circunscripción C, manzana 227, parcela
10);
4) Solar que ocupó la vivienda familiar del Comodoro Martín
Rivadavia, ubicado en la calle Comodoro Rivadavia y Alsina, actual
Sucursal Patagones del Banco de la Provincia de Buenos Aires. (Datos
catastrales: secc. 1, circunscripción C, manzana 225, parcela 8).
Art. 4º.- Decláranse bienes de interés histórico y cultural de la
Nación, a los trofeos de la heroica acción del 7 de marzo de 1827,
existentes en la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del Carmen, y
a los archivos conservados en el Museo Histórico Regional " Emma
Nozzi" del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la Ciudad de
Carmen de Patagones, Partido de Patagones, provincia de Buenos
Aires.
Art. 5º.- Modifícase en forma parcial el art. 1 del decreto 5407 del
12 de junio de 1962 en lo concerniente a la declaratoria de
monumento histórico del sepulcro donde descansaban a esa fecha los
restos del Comandante Luis Piedrabuena, cambiando el lugar de su
ubicación en la sepultura que ahí se menciona del Cementerio de la
Recoleta de la Ciudad de Buenos Aires, por su nueva localización en
el mausoleo erigido en la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora del
Carmen, en la Ciudad de Carmen de Patagones, provincia de Buenos
Aires.
Art. 6º.- La Comisión Nacional
de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos realizará las gestiones
y procedimientos establecidos en los arts. 3, 4 y 6 de la ley 12665,
modificada por la ley 24252 ; arts. 1 y 2 del decreto 9830/1951,
y en los arts. 8 (modificado por el decreto 144643/1943 ), 9 , 10
y 11 de su decreto reglamentario 84005/1941, notificando a las partes
interesadas los alcances y contenidos de las disposiciones citadas y
las responsabilidades previstas en el art. 8 de la ley citada en primer
término y en los arts. 40 , 41 y 42 de su reglamentación, así como
también practicará las inscripciones correspondientes en los Registros
Catastrales y de la Propiedad Inmueble.
Art. 7º.- Comuníquese,
publìquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. - KIRCHNER - Alberto A. Fernández - Anibal D. Fernández