Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

ALIMENTOS ARGENTINOS

Resolución 65/2003

Delégase en la Dirección Nacional de Alimentación, la facultad para realizar todas las gestiones necesarias tendientes a obtener el registro de la recreación de la marca "Alimentos Argentinos una Elección Natural" y su versión en idioma inglés "Argentine Food a Natural Choice" ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial.

Bs. As., 23/7/2003

VISTO el expediente N° S01:0059660/2003 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, las Actas Nros. 2.118.813; 2.118.814; 2.118.815; 2.118.816; 2.118.818; 2.118.819; 2.118.820; 2.118.821; 2.118.822; y 2.118.823 del 28 de abril de 1999 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL,

CONSIDERANDO,

Que la DIRECCION NACIONAL DE ALIMENTACION ha tramitado las actuaciones para el registro de la marca "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL", y su versión en idioma inglés "ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE", registrados ambos en el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, bajo las Actas Nros. 2.118.813; 2.118.814; 2.118.815; 2.118.816; 2.118.818; 2.118.819; 2.118.820; 2.118.821; 2.118.822; y 2.118.823, todas del 28 de abril de 1999.

Que resulta necesario recrear el logotipo citado a efectos de otorgarle un sentido más dinámico y acorde con las necesidades de identificación de los diversos trabajos que se realizan.

Que en atención a que se está trabajando en el desarrollo de una marca para implementarla como sello de calidad y/o diferenciación, resulta conveniente proceder al registro de la marca recreada.

Que la DIRECCION NACIONAL DE ALIMENTACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION tiene entre sus misiones y funciones: Elaborar y proponer normas para el desarrollo y adopción de los modelos y sistemas voluntarios que permitan asegurar la calidad y diferenciación de productos, coordinando su accionar con los distintos organismos con competencia en la materia; proponer instrumentos y mecanismos de normalización y certificación de calidad de productos alimenticios; elaborar y proponer políticas de promoción de exportaciones tendientes a aumentar la competitividad de la producción agroalimentaria en los mercados externos; proponer planes y proyectos que permitan estimular el crecimiento de las economías sectoriales con incidencia regional.

Que la Ley N° 19.549 prevé en su artículo 1°, inciso b, que los trámites administrativos deben efectuarse con celeridad, economía, sencillez y eficacia.

Que el Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759/72, t.o. 1991, establece en su artículo 2°: que "... Los ministros, Secretarios de PRESIDENCIA DE LA NACION y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una normahubiere atribuido competencia exclusiva al inferior".

Que a fin de permitir a los funcionarios políticos concentrar su atención en las cuestiones fundamentales que hacen a la política de Gobierno, es imprescindible establecer mecanismos de delegación de funciones, de acuerdo a lo previsto por la legislación vigente en la materia.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público, la presente medida no implica costo fiscal alguno.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 25 del 27 de mayo de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Delégase en la DIRECCION NACIONAL DE ALIMENTACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la facultad para realizar todas las gestiones necesarias tendientes a obtener el registro de la recreación de la marca "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL" y su versión en idioma inglés "ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE" ante el INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI).

Art. 2° — La medida dispuesta por el artículo anterior no implica costo fiscal alguno.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.