MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición N° 423/2003

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 13/8/2003

VISTO la Ley N° 25.741 del 4 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de dicha Ley resulta necesario otorgar reflejo estructural y jurisdicción a la Aduana Oberá, en el ámbito de la Dirección Regional Aduanera Posadas.

Que a tal fin deben incorporarse las modificaciones pertinentes a la Disposición N° 128 del 9 de marzo de 1998 y sus modificatorias.

Que la modificación propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas y de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que el Comité de Análisis de Estructura Organizacional —Disposición N° 404/03 (AFIP)— ha tomado la intervención que le compete.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Crear una (1) unidad orgánica con nivel de División denominada "Aduana Oberá" en la Provincia de Misiones, dependiente jerárquicamente de la Dirección Regional Aduanera Posadas, existente en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

ARTICULO 2° — Crear tres (3) cargos de Jefe de Sección y dos (2) cargos de Jefe de Oficina para el cupo de las Direcciones Regionales Aduaneras del Interior.

ARTICULO 3° — Asignar a las unidades orgánicas que a continuación se detallan, la jurisdicción que en cada caso se indica:

ADUANA OBERA: Departamentos de Oberá, Caniguás, Guaraní y 25 de Mayo de la Provincia de Misiones.

ADUANA SAN JAVIER: Departamentos de San Javier, Leandro N. Alem, Concepción y Apóstoles de la Provincia de Misiones.

ADUANA POSADAS: Departamentos de Capital, Candelaria, San Ignacio, Libertador Gral. San Martín, de la Provincia de Misiones e Ituzaingó de la Provincia de Corrientes.

ARTICULO 4° — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A17 y C por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.

ANEXO C REGIONALES ADUANERAS

JURISDICCION ADMINISTRATIVA

CARGOS DE JEFATURA

SECCION

OFICINA

Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior

287 (*)

155 (*)

(*) Corresponde a las Aduanas del Interior. Hasta el 5% del cupo establecido a nivel de Sección podrá ser asignado a las Direcciones Regionales Aduaneras por la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior a propuesta de la Dirección Regional Aduanera respectiva y previa intervención del Comité de Análisis de la Estructura Organizacional (Disposición N° 890/98).

e. 15/8 N° 423.323 v. 15/8/2003