PRESIDENCIA DE LA NACION

CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES

COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS

SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Resolución N° 6/2003

Bs. As., 5/9/2003

VISTO la Ley N° 24.901, el Decreto N° 1193 del 8 de octubre de 1998 y el Acta N° 153 de la Reunión Ordinaria del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y,

CONSIDERANDO:

Que el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad ha presentado ante el citado Directorio un informe de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION donde se recomienda proceder a realizar una revisión de las Instituciones provenientes del Registro de Prestadores del INSSJP, que fueran incluidas en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad a partir de la Resolución DSPBAIPD N° 4 del 30/3/2000, a fin de ratificar o rectificar la categorización que sustentan.

Que el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad ha presentado a su vez al citado Directorio una propuesta de Programa Informático para dar cumplimiento a lo requerido por la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.

Que en la citada Reunión Ordinaria del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD se acordó que en el caso de instituciones correspondientes a una provincia adherida a la Ley N° 24.901 y con sus Juntas de Evaluación de Prestadores en funcionamiento, éstas deberán realizar la pertinente evaluación y remitir la misma al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad.

Que corresponde solicitar a las instituciones a evaluar toda la documentación que figura como requisito para ser incluido en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las funciones reconocidas al DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD por el artículo 5° apartado a) y e) del Anexo A del Decreto 1193/98 y de las atribuciones que se reconocen a su Presidente en el Reglamento de Funcionamiento (Resolución N° 1 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD en el apartado d) del texto que le corresponde).

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad a través de la Oficina del Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, a proceder a la re-evaluación de las instituciones prestadoras de servicios que fueran incorporadas a dicho registro mediante Resolución DSPBAIPD N° 4 del 30/3/2000.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JORGE E. MASCHERONI, Presidente, Comisión Nacional, Asesoria para la Integración de Personas Discapacitadas.

e. 26/9 N° 426.951 v. 26/9/2003