Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 92/2003

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Bs. As., 19/9/2003

VISTO el Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución N° 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto N° 691/2000.

Que las Entidades FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES CIVILES QUE AGRUPAN AL PERSONAL POLICIAL, MUTUAL DE AYUDA ENTRE FERROVIARIOS ACTIVOS Y JUBILADOS PERTENECIENTES A LA FRATERNIDAD, SECCION PERGAMINO F.C.G.B.M., ASOCIACION MUTUAL 12 DE ENERO, ASOCIACION MUTUAL MANANTIALES, ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE SALUD PUBLICA; han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que en función de los tipos de servicios que prestan a sus afiliados las Entidades COOPERATIVA DE CREDITO CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA y PREVER COOPERATIVA VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LIMITADA; han solicitado ampliación del código que les fuera otorgado a ambas mediante la Resolución Secretaría de Hacienda N° 36 del 24 de julio de 2003, correspondiendo adecuar en el Registro de Entidades dentro del mismo Código de Descuento a efectos de posibilitar a las mencionadas Instituciones dar cumplimiento con la totalidad de los servicios habilitados.

Que asimismo, la ASOCIACION MUTUAL AMIGOS DE BUENOS AIRES ha comunicado y documentado su cambio de denominación por la de ASOCIACION MUTUAL PERTENECER con ampliación de los servicios a prestar a los afiliados, por lo cual corresponde adecuar las modificaciones en el Registro de Entidades.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto N° 691/2000 y la Resolución S. H. N° 353/2000, razón por la cual corresponde corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el Código de Descuento; y adecuar aquéllas otorgándoles la incorporación de los dígitos correspondientes a los nuevos servicios a prestar en el código de descuento vigente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 2° — Autorizar la adecuación en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo II a la presente, otorgando a las mismas la ampliación del código de descuento por los servicios incorporados para cada una de ellas según se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 3° — Adecuar en el citado REGISTRO la denominación de la ASOCIACION MUTUAL AMIGOS DE BUENOS AIRES, reemplazándola por la de ASOCIACION MUTUAL PERTENECER, manteniendo el código de descuento oportunamente otorgado, con ampliación por los nuevos dígitos de servicios habilitados por la autoridad competente, que figura en el anexo II.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.

ANEXO I

DENOMINACION DE LA ENTIDAD

CODIGO DE

DESCUENTO

FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES CIVILES QUE AGRUPAN AL PERSONAL POLICIAL

12141

12142

12143

12144

12145

MUTUAL DE AYUDA ENTRE FERROVIARIOS ACTIVOS Y JUBILADOS PERTENECIENTES A LA FRATERNIDAD, SECCION PERGAMINO F.C.G.B.M.

12151

12152

12153

12154

12155

ASOCIACION MUTUAL 12 DE ENERO

12161

12162

12163

12164

12165

ASOCIACION MUTUAL MANANTIALES

.

12171

12172

12173

12174

ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE SALUD

PUBLICA

12181

12182

12183

12184

12185

ANEXO II

DENOMINACION DE LA ENTIDAD

CODIGO DE

DESCUENTO

ASOCIACION MUTUAL PERTENECER

11801

11802

11803

11804

COOPERATIVA DE CREDITO CONSULTORES

ASOCIADOS LIMITADA

50861

50862

50863

50864

50865

PREVER COOPERATIVA VIVIENDA; CREDITO Y

CONSUMO LIMITADA

50841

50842

50843