Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

PROGRAMA JEFES DE HOGAR

Resolución 213/2003

Readecuación del Componente Ayuda Económica No Reembolsable para la Provisión de Materiales, en el marco del mencionado Programa y con destino a la compra de materiales para subsidiar obras de infraestructura social y comunitaria en todos los municipios del país.

Bs. As., 30/9/2003

VISTO los Decretos Nros. 565 de fecha 3 de abril de 2002 y 39 de fecha 7 de enero de 2003, las Resoluciones M.T.E. y S.S. Nros. 312 de fecha 16 de abril de 2002, 420 de fecha 10 de junio de 2002, 173 de fecha 4 de abril de 2003 y 282 de fecha 21 de mayo de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 565/02 se creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR, destinado a jefes o jefas de hogar con hijos de hasta DIECIOCHO (18) años de edad, o discapacitados de cualquier edad, o a hogares donde la jefa de hogar o la cónyuge, concubina o cohabitante del jefe de hogar se hallare en estado de gravidez, todos ellos desocupados y que residan en forma permanente en el país.

Que por el Decreto N° 39/03 se prorrogó la vigencia del PROGRAMA JEFES DE HOGAR hasta el 31 de diciembre de 2003.

Que en virtud de lo dispuesto por el Artículo 14 del Decreto N° 565/02 se confirió al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el carácter de Autoridad de Aplicación del PROGRAMA JEFES DE HOGAR.

Que se hace necesario dictar normas complementarias que establezcan los procedimientos de asignación y supervisión del cumplimiento de las actividades que como contraprestación del beneficio dinerario realicen los beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR.

Que en el actual contexto de emergencia económica, los gobiernos locales presentan severas dificultades para disponer de recursos financieros para la realización de obras de infraestructura, por lo que resulta prioritario apoyar económicamente el desarrollo de proyectos de infraestructura social que impacten positivamente en las condiciones de vida de la población en situación de pobreza.

Que en el marco de dicha emergencia, resulta pertinente adecuar la normativa del COMPONENTE MATERIALES del PROGRAMA JEFES DE HOGAR a fin de que el mismo pueda ser implementado en todos los municipios del territorio nacional.

Que resulta oportuno optimizar las características de las tipologías previstas en el Componente e incluir otras que generen infraestructura de apoyo a la producción, en función de las potencialidades locales y las posibilidades de articulación con otros programas sociales u organismos nacionales.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 565/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1° — Readecuar el Componente de Ayuda Económica No Reembolsable para la Provisión de Materiales —COMPONENTE MATERIALES —, en el marco del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, a los efectos de mejorar su impacto y ampliar su cobertura.

Art. 2° — Deróganse las Resoluciones M.T.E. y S.S. N° 173/03 y 282/03.

Art. 3° — Los recursos que se transfieran en el marco del COMPONENTE MATERIALES estarán destinados a compra de materiales para subsidiar obras de infraestructura social y comunitaria en todos los municipios del país.

Art. 4° — Delégase en la SECRETARIA DE EMPLEO en forma exclusiva el dictado de toda aquella reglamentación necesaria para la ejecución del COMPONENTE MATERIALES.

Art. 5° — Delégase en la SECRETARIA DE EMPLEO, en forma conjunta con la SECRETARIA DE TRABAJO, el dictado de la reglamentación del seguimiento y supervisión del COMPONENTE MATERIALES.

Art. 6° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. — Carlos A. Tomada.