Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

Ley N° 14.324.

Sancionada: Agosto 25-1954

Promulgada: Sept. 24-1954

POR CUANTO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY:

ARTICULO 1° –– Ratifíquese la enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo a que se refiere el instrumento adoptado el 25 de julio de 1953, en la trigésima sexta reunión de la Conferencia General celebrada en Ginebra.

ARTICULO 2° –– Comuníquese al Poder Ejecutivo

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y cuatro.

A TESAIRE

A. J. BENITEZ

Alberto H. Reales

Eduardo T. Oliver

–––Registrada bajo el número 14.324 ––

Buenos Aires, 24 de setiembre de 1954

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese y dése a la dirección Nacional de Registro Nacional.

PERO –– Alejandro B. Giavarini. –– Jerónimo Remorino

DECRETO N° 16.185