Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 440/2003

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2003 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

Bs. As., 30/10/2003

VISTO el Expediente Nº 1649/2002 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2003 formulado por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, actuante en el área de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las Empresas Públicas y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente mencionado en el Visto, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION sobre la medida propiciada.

Que el Artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y el Decreto Reglamentado Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2003 del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, actuante en el área de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS SIETE ($ 52.309.907) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 14.483.695) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS DOCE ($ 37.826.212), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE ($ 52.906.169) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 50.318.935) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 2.587.234), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SEIS ($ 1.671.806) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2003 en PESOS NOVECIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO ($ 915.428), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).