Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 446/2003

Apruébanse el Plan de Acción y los Presupuestos de Caja y Recursos Humanos para el Ejercicio 2003 de la Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A.

Bs. As., 30/10/2003

VISTO el Expediente Nº S01:0119494/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la Resolución Nº 54 del 19 de junio de 2003 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por la cual se aprueba el Presupuesto del Ejercicio 2003 de la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO S.A., y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 2º de la mencionada resolución dispone que la empresa deberá elevar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por intermedio de la jurisdicción que corresponda, el Plan de Acción, y los Presupuestos de Caja, Remuneraciones, Recursos Humanos e Inversión Real Bruta y Financiamiento Asociado para el Ejercicio 2003, ajustados al Presupuesto aprobado por la misma.

Que por lo expresado precedentemente, se da cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 46 de la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, en lo referente a los contenidos básicos del presupuesto de la Entidad.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que emergen del Artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y del Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la citada ley.

Por ello,

EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y los Presupuestos de Caja y Recursos Humanos para el Ejercicio 2003 de la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO S.A., de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II al presente artículo, que forman parte integrante del mismo, los cuales corresponden al Presupuesto para dicho año aprobado por la Resolución Nº 54 del 19 de junio de 2003 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).