Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 147/2003

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Bs. As., 4/11/2003

VISTO el Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución N° 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto N° 691/2000.

Que las Entidades BANCO DE CORRIENTES SOCIEDAD ANONIMA, COOPERATIVA DE CREDITO Y VIVIENDA CENTRO COMERCIANTES DE LINIERS LIMITADA, "CONTINENTAL CAPITAL" COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LIMITADA, CIRCULO POLICIAL DE OFICIALES ASOCIACION MUTUAL POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL y "FINANRIB" COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO, VIVIENDA Y TURISMO LIMITADA han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto N° 691/2000 y la Resolución S. H. N° 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el código de descuento.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I de la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.

ANEXO I

DENOMINACION DE LA ENTIDAD

CODIGO DE

DESCUENTO

BANCO DE CORRIENTES SOCIEDAD ANONIMA

90502

 

 

COOPERATIVA DE CREDITO Y VIVIENDA CENTRO COMERCIANTES DE LINIERS

 

 

 

50941

50942

50943

50944

50945

 

"CONTINENTAL CAPITAL" COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO LIMITADA

 

 

 

50951

50952

50953

50955

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

80083

 

CIRCULO POLICIAL DE OFICIALES ASOCIACION MUTUAL POLICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

 

 

12201

12202

12203

12204

12205

FINANRIB COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO, VIVIENDA Y TURISMO LIMITADA

50961

50962