Ministerio de Salud

BECAS

Resolución 535/2003

Becas "Ramón Carrillo - Arturo Oñativia". Apruébanse el número de becas y sus respectivos montos.

Bs. As., 7/11/2003

VISTO el Expediente N° 1-2002-12899/03-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD y la Resolución Ministerial N° 392 del 12 de julio de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial N° 282/00 se crea un Sistema de Becas de Investigación para Profesionales denominadas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA".

Que mediante Resolución Ministerial N° 170 de fecha 25 de marzo de 2002 se constituyó en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD de este Ministerio la COMISION NACIONAL DE PROGRAMAS DE INVESTIGACION SANITARIA (CONAPRIS) con el propósito de fijar las Políticas y Estrategias sobre las Becas de Investigación en la Resolución Ministerial N° 392 de fecha 12 de julio de 2002.

Que a través de la Resolución Ministerial N° 392/02, se establecieron características diferentes para las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" y se fijaron las prioridades de los Programas de Investigaciones.

Que es objetivo de este Ministerio que las investigaciones en ciencias de la salud para entender los respectivos conocimientos y las investigaciones para resolver problemas, se aúnen transformándose ambas en Investigaciones estratégicas, que sirvan a la salud de la población, fijando las políticas del Ministerio que le competen.

Que cabe agrupar al conjunto de las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" que se otorgarán para el período 2004 de acuerdo a los ejes temáticos previstos.

Que se han agrupado, como becas de iniciación en investigación básica y clínica, becas de iniciación y perfeccionamiento en investigación clínica u operativa a nivel hospitalario, y como becas sobre programas sanitarios con apoyo institucional.

Que para Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" de PROGRAMAS COLABORATIVOS MULTICENTRICOS la CONAPRIS ha seleccionado como áreas temáticas consideradas prioritarias, el estudio a través del monitoreo y análisis de la situación de salud, Investigando sobre:

1. Muertes no institucionales y muertes por causas externas mujeres en edad Fértil: una dimensión oculta de la salud en Argentina, a través del CENTRO DE ESTUDIOS DE ESTADO Y SOCIEDAD-CEDES.

2. Equidad y Servicios de Salud Materno Infantil: identificación de iniquidades en la atención materno infantil, en el contexto de diferentes espacios sociales, a través del CENTRO INTERDISCIPLINARIO UNIVERSITARIO PARA LA SALUD (CINUS), FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS, UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA.

3. Aspectos Sociodemográficos de los accidentes de tránsito en áreas seleccionadas de Argentina. Diagnóstico y aportes para el diseño de políticas y programas de prevención, a través del CENTRO DE ESTUDIOS DE POBLACION-CENEP.

4. Conocimiento y actitud de los profesionales frente a la ley de salud sexual y procreación responsable y su programa de ejecución, a través de la ASOCIACION ARGENTINA PARA LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA- AASSER- y SOCIEDAD ARGENTINA DE PEDIATRIA-SAP.

5. Prevención del Tabaquismo en Adolescentes: Programa Multicéntrico y Cooperativo de Intervención en la Comunidad Escolar, a través de la FUNDACION FEDERACION ARGENTINA DE CARDIOLOGIA y la FUNDACION ARGENTINA DE CARDIOLOGIA.

6. Medicamentos: Biodisponibilidad y Bioequivalencia, en especial en Medicamentos Similares, a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA - ANMAT.

Que la ejecución de las Becas señaladas en la presente Resolución, aseguran un mejor y eficiente desarrollo de los recursos humanos en salud, mediante la formación de jóvenes investigadores.

Que también permiten la toma de decisiones en políticas en salud por sus investigaciones estratégicas.

Que es conveniente realizar el llamado a concurso en consonancia con el año académico de actividad, tal como lo propone la CONAPRIS.

Que se cuenta con la conformidad de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por la "Ley de Ministerios - T.O 1991", artículo 23, modificada por su similar N° 25.233, del Decreto N° 438/92, del Decreto N° 355/02, la Decisión Administrativa N° 24/02 y la Resolución Ministerial N° 233/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° — Agrúpense las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" a otorgarse en el período 2004 de la siguiente manera:

a) Becas de Iniciación en Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" para Investigaciones Básicas y Clínicas.

b) Becas de Iniciación y Perfeccionamiento en Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" Clínicas y Operativas a Nivel Hospitalario.

c) Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.

d) Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" de Programas Colaborativos Multicéntricos sobre:

1. Muertes no institucionales y muertes por causas externas mujeres en edad Fértil: una dimensión oculta de la salud en Argentina, a través del CENTRO DE ESTUDIOS DE ESTADO Y SOCIEDAD- CEDES.

2. Equidad y Servicios de Salud Materno Infantil: identificación de iniquidades en la atención materno infantil, en el contexto de diferentes espacios sociales, a través del CENTRO INTERDISCIPLINARIO UNIVERSITARIO PARA LA SALUD (CINUS), FACULTAD DE CIENICAS MEDICAS, UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA.

3. Aspectos Sociodemográficos de los accidentes de tránsito en áreas seleccionadas de Argentina. Diagnóstico y aportes para el diseño de políticas y programas de prevención, a través del CENTRO DE ESTUDIOS DE POBLACION-CENEP.

4. Conocimiento y actitud de los profesionales frente a la ley de salud sexual y procreación responsable y su programa de ejecución, a través de la ASOCIACION ARGENTINA PARA LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA—AASSER— y SOCIEDAD ARGENTINA DE PEDIATRIA-SAP

5. Prevención del Tabaqúismo en Adolescentes: Programa Multicéntrico y Cooperativo de Intervención en la Comunidad Escolar, a través de la FUNDACION FEDERACION ARGENTINA DE CARDIOLOGIA y la FUNDACION ARGENTINA DE CARDIOLOGIA.

6. Medicamentos: Biodisponibilidad y Bioequivalencia, en especial con Medicamentos Similares, a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA - ANMAT.

Art. 2° — Apruébanse el número de becas y sus respectivos montos para las categorías de becas definidas en el artículo precedente según las modalidades establecidas en el ANEXO I de la presente Resolución.

Art. 3° — Asígnese a la CONAPRIS, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD, las funciones de realizar la organización, la designación de jurados, la reglamentación de las condiciones para la inscripción y la reglamentación de las Becas de Investigación.

Art. 4° — Instrúyase a la CONAPRIS para que de cumplimiento a lo señalado en el artículo anterior a efectos de abrir la inscripción de las citadas Becas a partir del 10 de Noviembre y hasta el 19 de Diciembre de 2003 y para que una vez concluido el proceso de evaluación proponga y eleve al MINISTRO DE SALUD los nombres de los beneficiarios seleccionados con descripción de los Proyectos y fechas de iniciación, que deben estar resueltos antes del 30 de Marzo de 2004.

Art. 5° — El gasto que demande la ejecución de las Becas previstas en la presente Resolución será imputado a las partidas presupuestarias específicas del ejercicio correspondiente al año 2004.

Art. 6° — Los estipendios se abonarán en DOS (2) pagos semestrales.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Ginés M. González García.

ANEXO I

• Becas de Investigación "RAMON CARRILLOARTURO OÑATIVIA" para Investigaciones Básicas y Clínicas.

Monto total: PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) distribuidos de la siguiente manera: PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) para los Beneficiarios de la Beca, y PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) para la adquisición de insumos. Beca a tiempo completo.

• Cantidad total de Becas: VEINTIDOS (22).

Monto total: PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($ 330.000.-)

• Becas de Iniciación y Perfeccionamiento en Investigación "RAMON CARRILLO-ARTURO OÑATIVIA" a Nivel Hospitalario.

Becas de Iniciación: Monto total: PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) distribuidos de la siguiente manera: PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) para los Beneficiarios de la Beca, y PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) para la adquisición de insumos. Beca a tiempo completo.

Becas de Perfeccionamiento: Monto total: PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000.-) distribuidos de la siguiente manera: PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($ 14.400.-) para los Beneficiarios de la Beca, y PESOS TRES MIL SEISCIENTOS ($ 3.600.-) para la adquisición de insumos. Beca a tiempo completo.

Cantidad de Becas: Iniciación: VEINTICUATRO (24) becas;

Perfeccionamiento: VEINTISIETE (27) Becas.

Monto total a Nivel Hospitalario: PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 846.000.-)

• Becas de Investigación "RAMON CARRILLOARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.

Monto total: PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) distribuidos de la siguiente forma: PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 9.600.-) para los Beneficiarios de la Beca, PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700.-) destinados a la Institución, y ESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700) para la adquisición de insumos. Beca a tiempo parcial.

• Cantidad de Becas: VEINTE (20).

Monto total: PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-)

• Becas de Investigación "RAMON CARRILLOARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Colaborativos Multicéntricos.

Monto total: PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000.-).

Podrán asignarse hasta SESENTA (60) becas, de tiempo parcial, de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) cada una o Becas de monto menor cuya asignación estará sujeta a la propuesta del Comité de selección (jurados).

Las Becas de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) distribuidas en PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 9.600.-) para el Becario, DOS MIL SETECIENTOS($ 2.700.-) para insumos, y PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700.-) destinados a la institución respaldatoria.

a) Muertes no institucionales y muertes por causas externas en mujeres en edad fértil: hasta DIEZ (10) Becas de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada una. Monto total: CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-).

b) Equidad y Servicios de Salud Materno Infantil: Hasta DIEZ (10) Becas de QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada una. Monto total: CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-).

c) Aspectos Sociodemográficos de los accidentes de tránsito en áreas seleccionadas de Argentina: hasta DIEZ (10) Becas de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada una. Monto Total: CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-).

d) Conocimiento y actitud de los profesionales frente a la ley de salud sexual y procreación responsable y su programa de ejecución: hasta DOCE (12) Becas de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada una. Monto Total: CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000.-).

e) Prevención del Tabaquismo en Adolescentes: Programa Multicéntrico y Cooperativo de Intervención en la Comunidad Escolar: hasta DIEZ (10) Becas de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada una. Monto Total: CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-).

f) Medicamentos: Bioequivalencia y Biodisponibilidad. Formación de profesionales en dicha actividad: hasta OCHO (8) Becas de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada una. Monto Total: CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-).