CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 21/2003

Establécese que las solicitudes e instrucciones formuladas o impartidas a dependencias de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.922 son de responsabilidad y aplicación de esta última.

Bs. As., 13/11/2003

VISTO la Ley N° 24.922, su Decreto Reglamentario N° 748 de fecha 14 de julio de 1999, y el Decreto N° 214 de fecha 23 de febrero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.922 mencionada en el Visto establece el Régimen Federal de Pesca.

Que el Decreto N° 214 de fecha 23 de febrero de 1998 instituye como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.922 a la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, actual SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

Que en diversas oportunidades el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, sea mediante sus resoluciones o actas, requirió la actividad de dependencias de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.922, o impartió instrucciones a esas dependencias, identificando el órgano pertinente.

Que a fin de preservar el orden en los trámites administrativos, resulta necesario dejar establecido que en todas las solicitudes e instrucciones formuladas o impartidas por este CONSEJO FEDERAL PESQUERO a las dependencias de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.922, debe entenderse que fueron dirigidas a esta última.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, en virtud del artículo 9° de la Ley N° 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese que las solicitudes e instrucciones formuladas o impartidas por este CONSEJO FEDERAL PESQUERO a las depen- dencias de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.922, son de responsabilidad y aplicación de esta última.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Italo A. Sangiuliano. — Carlos A. Cantú. — Héctor M. Santos. — Oscar H. Padín. — Juan C. Braccalenti. — José M. Casas. — Omar M. Rapoport.