Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 1612

Resguardo Aduanero de Monte Caseros. Derogación de la Resolución General Nº 622-AFIP.

Bs. As., 10/12/2003

VISTO, los objetivos estratégicos incluidos en el Plan de Gestión 2003 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que los cambios en materia de política macroeconómica han favorecido las relaciones comerciales entre las localidades fronterizas de nuestro país con las de los países vecinos.

Que se hace necesario que esta ADMINISTRACION FEDERAL amplíe la cobertura de fiscalización operativa.

Que las razones expuestas en los considerandos anteriores implican tomar acciones sobre los pasos fronterizos en que se encuentran delegado el control aduanero en las Fuerzas de Seguridad.

Que a tal fin, como resultado del análisis y evaluación de la situación expuesta, las Direcciones Regionales Aduaneras han propuesto aquellos pasos fronterizos, que en una primera etapa, se retomará el control aduanero.

Que en ese orden de ideas, se considera pertinente asumir el control aduanero del Resguardo Aduanero de MONTE CASEROS, dependiente de la Dirección Regional Aduanera POSADAS - División Aduana de PASO DE LOS LIBRES - provincia de CORRIENTES, actualmente delegado en la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA mediante Resolución General Nº 622 (AFIP).

Que se cuenta con la conformidad de la Dirección Regional Aduanera POSADAS, las Subdirecciones Generales de Operaciones de Legal y Técnica Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 7º y 11º, del Decreto Nº 618 de fecha 10 de Julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Autorizar a la Dirección Regional Aduanera POSADAS - División Aduana de PASO DE LOS LIBRES - provincia CORRIENTES a que se adopten los recaudos pertinentes de recursos humanos y materiales a los fines de asumir el control aduanero del Resguardo de MONTE CASEROS.

Art. 2º — Habilitar el Paso Fronterizo MONTE CASEROS - BELLA UNION para la atención de los Regímenes de TRAFICO VECINAL FRONTERIZO y EQUIPAJE.

Art. 3º — Dejar sin efecto la Resolución General Nº 622 (AFIP).

Art. 4º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia de la presente a la DIRECCION NACIONAL DE POBLACION Y MIGRACIONES, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.