COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Decreto 1223/2003

Prorrógase la intervención del mencionado organismo descentralizado de la Secretaría de Comunicaciones y ratifícase la designación del actual Interventor.

Bs. As., 10/12/2003

VISTO las Leyes Nros. 19.798 y 25.561, los Decretos Nros. 731 del 12 de setiembre de 1989, 1185 del 22 de junio de 1990 y sus modificatorios, 521 del 19 de marzo de 2002 y 167 del 5 de junio de 2003, modificado por el similar Nº 189 del 12 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 19.798 se aprobó el Régimen Nacional de Telecomunicaciones.

Que mediante el Decreto Nº 731/89 y sus modificatorios, se fijó la política del Gobierno en materia de privatización y desregulación de las telecomunicaciones.

Que para controlar la correcta aplicación de dicha política, la protección de los usuarios y la plena competencia en el mercado, por el Decreto Nº 1185/90 se creó la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES bajo dependencia directa del Presidente de la República, la que por el Decreto Nº 660 del 27 de junio de 1996 pasó a constituir la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que mediante el Decreto Nº 521/02 se dispuso la intervención de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES por el período de vigencia de la Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario Nº 25.561.

Que por el Decreto Nº 167/03, modificado por el similar Nº 189/03, se dispuso mantener la intervención del mencionado organismo hasta el 10 de diciembre de 2003, como así designar Interventor de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al Contador Público D. Fulvio Mario MADARO (M.I. Nº 11.552.164), con las funciones, facultades y remuneración fijadas en su artículo 4º.

Que el proceso de reorganización iniciado por la Intervención, se encuentra en pleno desarrollo e involucra aspectos fundamentales que hacen a la reformulación de procedimientos de auditoría y control sobre las telecomunicaciones y en materia postal.

Que a fin de llevar a buen término las actividades de la Intervención, existen suficientes razones funcionales y operativas, que determinan la necesidad de continuar con la política de intervención de dicho organismo.

Que a tal efecto corresponde por el presente ratificar la designación del actual Interventor.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que el compete, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Prorrógase la Intervención de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hasta el 10 de diciembre de 2004.

(Nota Infoleg: Por art. 1° del Decreto N° 811/2004 B.O. 28/6/2004 se mantiene la Intervención, hasta el 10 de diciembre de 2004.)

Art. 2º — Ratifícase la designación del actual interventor, Contador Público Fulvio Mario MADARO (M.I. 11.552.164), quien continuará en el ejercicio de las funciones y facultades conferidas al Presidente y al Directorio de dicho Ente y percibirá la remuneración asignada al Presidente del Directorio.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido.