MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decisión Administrativa 322/2003

Modifícase el Anexo III de la Decisión Administrativa Nº 10/2002, dotando a las unidades organizativas correspondientes de los cargos con los niveles adecuados para desarrollar las tareas y asumir las responsabilidades que exige el cumplimiento de los objetivos de la política exterior.

Bs. As., 23/12/2003

VISTO la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, y lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 357/2002 y la Decisión Administrativa Nº 10/2002 se aprobó la estructura del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, correspondiente a los niveles políticos.

Que debido a la necesidad de atender los objetivos de política exterior, que comprometen procedimientos de carácter sustantivo y de apoyo, exigiendo parámetros de confiabilidad y calidad necesarios, se requiere de cargos que traduzcan perfiles que reúnan las más altas cualidades profesionales.

Que en virtud de ello, corresponde modificar el ANEXO III de la Decisión Administrativa Nº 10/2002, dotando a las unidades organizativas correspondientes de los cargos con los niveles adecuados para desarrollar las tareas y asumir las responsabilidades que exige el cumplimiento de los objetivos de política exterior del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que han tomado la intervención que les compete el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 16 inciso 12 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el ANEXO III de la Decisión Administrativa Nº 10/2002, el que quedará redactado conforme al ANEXO de la presente Decisión Administrativa, que forma parte integrante de la misma.

Art. 2º — La presente medida no irrogará gasto alguno.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Rafael A. Bielsa.