Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18.8.77

IMPUESTOS

Resolución General 95/2003

Incorpórase a la provincia de Jujuy en la nómina de jurisdicciones que han cumplido con los requisitos para su integración al régimen de percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías que ingresen en el territorio aduanero.

Bs. As., 29/12/2003

VISTO el Convenio celebrado con la Administración Federal de Ingresos Públicos para coordinar la implementación de un régimen de percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías que ingresen al territorio aduanero y la Resolución General N° 92 dictada por esta Comisión, y

CONSIDERANDO:

Que en la Resolución General N° 94 se hizo conocer la nómina de jurisdicciones adheridas hasta esa fecha a dicho régimen.

Por ello:

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18-8-77)

RESUELVE:

Artículo 1° — Incorpórase a la Provincia de Jujuy a los efectos de lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución General N° 92, a la nómina de jurisdicciones que han cumplido con los requisitos para su integración, a la fecha de puesta en marcha —2 de enero de 2004—, al régimen de percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las operaciones de importación definitiva a consumo de mercaderías que ingresen al territorio aduanero.

Art. 2° — Publíquese por (1) un día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.