MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución N° 421/2003

Bs. As., 29/12/2003

VISTO el Expediente N° S01:0100836/2003 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, titular de la concesión de los servicios ferroviarios metropolitanos de transporte de pasajeros de la Línea BELGRANO NORTE según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 430 de fecha 22 de marzo de 1994, solicita se apruebe la preadjudicación realizada en el Concurso de Precios para la preparación del Anteproyecto y Proyecto, Ingeniería Básica, Especificaciones Técnicas y Pliegos de Condiciones de la Licitación del Proyecto Definitivo de Remodelación de las VEINTIDOS (22) Estaciones de la citada Línea.

Que conforme la documentación que obra en el Expediente citado en el VISTO, el Anteproyecto e Ingeniería Básica a preparar incluyen la elaboración de las especificaciones técnicas y planos de planta, cortes y vistas de cada una de las estaciones de la Línea; planos de detalle de los elementos tipológicos proyectados, planillas de locales, especificaciones y terminaciones; planos con esquemas estructurales, planos de instalaciones sanitarias y eléctricas; y un presupuesto estimado de las obras a realizar.

Que complementariamente, el Anteproyecto debe adjuntar un Estudio de Impacto Ambiental y contemplar las obras de accesibilidad necesarias para facilitar la circulación de personas con capacidad y/o movilidad reducida, conforme el Decreto N° 914 de fecha 11 de mayo de 1997.

Que la documentación técnica a prepararse completa con la elaboración de los Pliegos de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación y con las Especificaciones Técnicas de las obras a realizar en cada una de las estaciones de la Línea.

Que en el marco de la Ley N° 25.561 de emergencia pública y el Decreto N° 2075 de fecha 16 de octubre de 2002, que declaró en estado de emergencia a la prestación de servicios correspondientes al sistema ferroviario de superficie y subterráneo de transporte de pasajeros en el Area Metropolitana de BUENOS AIRES, el ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION dictó la Resolución N° 115 de fecha 23 de diciembre de 2002, que aprobó las Bases de los Programas de Emergencia de Obras y Trabajos Indispensables para cada una de las empresas concesionarias, de acuerdo con un listado de obras y trabajos establecido como Anexo I de dicha resolución.

Que la obra de Remodelación de Estaciones encabeza el listado de obras y trabajos a realizar por FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, incorporado en el referido Anexo I de la Resolución N° 115/2002 citada precedentemente.

Que el Concesionario ha realizado un Concurso de Precios conforme la metodología establecida en el Régimen de Contrataciones por el que se regirán las obras y trabajos de los Programas de Emergencia durante el año 2003, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2° de la Resolución N° 115/2002.

Que conforme los resultados del Concurso de Precios realizado por FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, corresponde aprobar la preadjudicación de los trabajos del Anteproyecto, Ingeniería Básica, Especificaciones Técnicas y Pliegos de Condiciones de la Licitación para la realización del Proyecto Definitivo de la obra de Remodelación de VEINTIDOS (22) Estaciones de la Línea BELGRANO, NORTE a los Estudios PERALTA RAMOS - SEPRA ARQUITECTOS S.A. y FERNÁNDEZ PRIETO Y ASOCIADOS - INGENIEROS Y ARQUITECTOS S.A.

Que el monto a erogar por los trabajos precitados, que resulta de la preadjudicación de la licitación efectuada por el Concesionario, asciende a PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS VENTIUN MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 5.521.532,50-), siendo considerada dicha oferta admisible técnicamente y razonable desde el punto de vista económico, según se informa en lo actuado por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que además, y de acuerdo con lo normado en el Artículo 2° de la Resolución N° 115/2002 citada, el monto máximo a reconocer en concepto de gastos de gestión y dirección de obra, asciende a PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 445.863,75).

Que consecuentemente, la suma total a erogar, resultante de los montos precitados, asciende a PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON VENTICINCO CENTAVOS ($ 5.967.396,25).

Que el artículo 2° de la Resolución N° 115/2002 establece que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION podrá introducir adecuaciones a las Bases de los Programas de Emergencia de Obras y Trabajos Indispensables conforme las necesidades del Sistema y las disponibilidades que estime oportunas y convenientes en función de la aplicación de los precios máximos a que se hace referencia en el mencionado Artículo.

Que conforme lo expuesto en el considerando precedente, la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha dispuesto ampliar el alcance de los trabajos que deben ser realizados en la etapa previa al llamado a licitación para la ejecución de la obra, llevando el mismo a nivel de Proyecto.

Que en tal sentido, la empresa FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA ha presentado ante la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para su visado y aprobación, el Pliego de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Normas de Seguridad para Contratistas, Planos de Proyecto de Estaciones de la línea, Planos de Proyecto de Instalaciones de Estaciones, Planos y Documentación de Impacto Ambiental y Pliego de Especificaciones Técnicas de Estaciones, a fin de proceder al llamado a licitación para la ejecución de la obra.

Que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 4 del Decreto N° 2075/2002, el financiamiento y pago de las obras y trabajos indispensables de las Bases de los Programas de Emergencia provendrán de aportes presupuestarios, de los fondos recaudados en concepto de ingresos adicionales por tarifa destinados al Fondo de Inversiones constituido a partir de dichos ingresos y de otros aportes estatales.

Que consecuentemente, y en virtud de las prioridades establecidas en el Artículo 6° del Decreto N° 2075/2002, corresponde que los trabajos precitados se abonen mediante la partida de transferencias para el pago de erogaciones de capital de las concesiones ferroviarias metropolitanas establecida en el Presupuesto General de la Nación.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado intervención en las presentes actuaciones, aprobando técnicamente los trabajos realizados y efectuando el visado correspondiente en orden a las competencias que le incumben.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la medida a adoptar se encuadra en la Resolución N° 115 de fecha 23 de diciembre de 2002, del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y los Decretos N° 27 de fecha 27 de mayo de 2003 y N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1 ° — Apruébase la preadjudicación realizada por FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, titular de la concesión de los servicios ferroviarios metropolitanos de transporte de pasajeros de la Línea BELGRANO NORTE, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 430 de fecha 22 de marzo de 1994, para la realización de los trabajos del Anteproyecto y Proyecto de remodelación de las VEINTIDOS (22) estaciones de la citada Línea, que incluye Ingeniería Básica, Especificaciones Técnicas y Pliegos de Condiciones de la Licitación para la elaboración del Proyecto Definitivo relacionado con la oferta conjunta de los estudios PERALTA RAMOS - SEPRA ARQUITECTOS SOCIEDAD ANONIMA y FERNANDEZ PRIETO Y ASOCIADOS - INGENIEROS Y ARQUITECTOS SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 2° — Apruébase la Documentación técnica para el llamado a licitación para la ejecución de la obra detallada en el Artículo 1° de la presente Resolución, comprendiendo: Pliego de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Normas de Seguridad para Contratistas, Planos de Proyecto de Estaciones de la Línea, Planos de Proyecto de Instalaciones de Estaciones, Planos y Documentación de Impacto Ambiental y Pliegos de Especificaciones Técnicas de Estaciones.

ARTICULO 3° — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de pago del Anteproyecto y Proyecto indicados en el Artículo 1° de la presente Resolución, en la suma de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS VENTIUN MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 5.521.532,50) incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 4° — Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de gastos de gestión y dirección de la obra de los trabajos indicados en el Artículo 1° y 2° de la presente resolución, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 445.863,75) incluido el Impuesto al Valor Agregado.

ARTICULO 5° — La ejecución, fiscalización, certificación, pago y recepción de la obra y trabajos mencionados en los Artículos 1° y 3° de la presente Resolución, se ajustará al régimen establecido en los Artículos 13 y 14 del precitado Contrato de Concesión, y el Artículo 8° del Anexo I del Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996.

ARTICULO 6° — El gasto resultante de la aplicación de la presente Resolución será atendido con los recursos previstos en el presupuesto aprobado para el ejercicio 2004 correspondientes a la Partida: Jurisdicción 91 - Programa 94 - Subprograma 01 Actividad 01 - Inciso 5 - Partida Principal 2 – Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 2024.

ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 31/12 N° 436.437 v. 31/12/2003