Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 626/2003

Apruébanse el Plan de Acción y el Presupuesto del Ejercicio 2004 de Servicios de Radio y Televisión de la Universidad Nacional de Córdoba Sociedad Anónima, actuante en el área del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.

Bs. As., 23/12/2003

VISTO el Expediente N° 32.237/2003 copia, del Registro de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA, actuante en el área del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2004 formulado por SERVICIOS DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Titulo II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de las Empresas y Sociedades del Estado.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial, N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto del Ejercicio 2004 de SERVICIOS DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 10.318.800) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 12.665.800) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($ 2.387.000), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 11.653.800) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 12.665.800) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS UN MILLON DOCE MIL ($ 1.012.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL ($ 2.662.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.650.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero EQUILIBRADO para el Ejercicio 2004, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.